Periódico Oficial de Baja California del 11/8/2023 (Sección II)

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Source: Periódico Oficial de Baja California (Sección II)

Página 4

PERIÓDICO OFICIAL

11 de agosto de 2023.

8.- Que de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 52 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, las disposiciones que la persona titular del Ejecutivo Estatal dicte en el uso de sus facultades, deberán estar autorizadas con la firma del Secretario General de Gobierno.
9.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 8 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, 2 y 3 de la Ley del Notariado para el Estado de Baja California, la persona Titular del Poder Ejecutivo está facultada para dictar los acuerdos necesarios y, en general proveer en la esfera administrativa todo lo que estime conveniente para el más exacto y eficaz cumplimiento de sus atribuciones, así como tomar las providencias que sean necesarias para el eficaz cumplimiento de la Ley del Notariado para el Estado de Baja California; por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- En virtud de haber cumplido con los requisitos exigidos y acreditados en los términos de los artículos 26 y 27 de la Ley del Notariado para el Estado de Baja California, y toda vez que resultó aprobada en el examen celebrado en fecha 25 de mayo de 2023, con una calificación de 8.2 ocho punto dos; de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del ordenamiento legal antes referido, expídase la Patente de Aspirante al Ejercicio del Notariado, a la Licenciada Esmeralda García Ruíz.
SEGUNDO.- Atendiendo a lo previsto en el artículo 41 de la Ley de Notariado para el Estado de Baja California, publíquese la Patente de Aspirante expedida, por única ocasión, en el Periódico Oficial del Estado, sin costo alguno para la interesada.
TERCERO.- Notifíquese personalmente el presente Acuerdo a la Licenciada Esmeralda García Ruíz.
CUARTO.- Comuníquese este Acuerdo a la Dirección del Archivo General de Notarías, a la Dirección del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado, así como al Consejo Directivo del Colegio de Notarios del Estado de Baja California, para los efectos legales a que haya lugar.
QUINTO.- Regístrese por la interesada la Patente de Aspirante expedida, ante las instancias señaladas en el artículo 40 de la Ley del Notariado para el Estado de Baja California.

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Periódico Oficial de Baja California del 11/8/2023 (Sección II)

TitlePeriódico Oficial de Baja California (Sección II)

CountryMexico

Date11/08/2023

Page count36

Edition count453

First edition28/01/2011

Last issue17/05/2024

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