Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/3/2020 - Sección 4ta.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Marzo 9 de 2020

A

3.

Cuarta Sección
Pág. 3

En caso de no estar inscrito en el Padrón Estatal de Contratistas deberá entregar la documentación indicada en el artículo 29 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
Documentación que compruebe fehacientemente su experiencia de obras similares en magnitud y superficie de construcción a la de la convocatoria, mediante copia de un contrato de obra pública en el cual se demuestre la Construcción de terracerías o movimiento de tierra en el cual las excavaciones la cantidad sea igual o mayor a 50,000 m3 y demostrar experiencia con contrato de obra pública en colocación de geomembrana y/o geotextil cuya cantidad sea igual o mayor a 15,000 m2. La Secretaría tendrá la total libertad de verificar la veracidad de los datos proporcionados previo a la inscripción.
Capacidad financiera del Licitante, comprobado mediante declaración anual normal ante la S.H.C.P.
del ejercicio 2018 o 2019.
Manifestación bajo protesta de decir verdad, en donde se indique el número y descripción de contratos vigentes a la fecha de inscripción, nombre ó razón social del cliente y los avances físicos financieros reconocidos por el contratante.
Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Opinión de cumplimiento de Obligaciones Fiscales ante el SAT, Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social, Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales ante la Secretaría de Finanzas del Estado y Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones del Infonavit. Los documentos solicitados en éste punto deberán ser sin excepción expedidos en sentido positivo.
En caso de que dos o más personas físicas o morales pretendan presentar conjuntamente una propuesta, a través de un convenio privado de asociación en participación, deberán de cumplir cada empresa con lo señalado en este numeral, pudiendo sumar la experiencia técnica y capacidad financiera, así como su respectivo contrato de asociación por participación tomando en cuenta lo estipulado en el quinto párrafo del Artículo 39 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios.

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PERIÓDICO OFICIAL

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No se permitirá la inscripción a la licitación y no se adjudicará el contrato a aquellas empresas que se encuentren en los supuestos indicados en el artículo 36 fracciones IV, V y VI. de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
No se permitirá la inscripción a aquellas empresas que tengan, al momento de la inscripción, un atraso mayor al 10% en tiempo en los contratos celebrados con la convocante. En caso de asociaciones en participación, basta con que uno de los socios se encuentre en condición de atraso para no permitir la inscripción o la recepción de propuestas de la asociación.
Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: El dictamen que se emita, estará sujeto a los criterios establecidos en la Legislación vigente y el contrato respectivo se adjudicará a aquel contratista que hubiese presentado la propuesta SOLVENTE que reúna los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Secretaria de Obras Públicas Municipales y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones. El fallo tendrá carácter de inapelable.
Las empresas que tengan interés en participar en estas licitaciones deberán tener domicilio fiscal en el estado de Aguascalientes, artículo 35 Fracc. I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
Las condiciones de pago son: Estimaciones quincenales contra avance de obra.
No podrán participar los contratistas que se encuentren en los supuestos del artículo 56 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
Se podrá verificar en cualquier tiempo la razonabilidad y la veracidad de la información proporcionada por el interesado de acuerdo con lo establecido para las visitas de verificación en la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.
Ninguna de las condiciones contenidas en la convocatoria, bases de licitación así como en las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.

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I.C. MARCO ANTONIO LICÓN DÁVILA
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rúbrica.

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Aguascalientes, Aguascalientes, 9 de marzo de 2020

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/3/2020 - Sección 4ta.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

CountryMexico

Date09/03/2020

Page count88

Edition count203

First edition31/12/2001

Last issue28/08/2023

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