Periódico Oficial de Aguascalientes del 12/7/2021 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 2

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Julio 12 de 2021

A

GOBIERNO DEL ESTADO

C
R

CONTRALORÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

H

ACUERDO ADMINISTRATIVO POR EL QUE SE TRANSFIEREN POR PARTE DE LA CONTRALORÍA DEL
ESTADO DE AGUASCALIENTES, BIENES MUEBLES QUE FORMARON PARTE DE LOS RECURSOS
MATERIALES PROPIEDAD DEL EXTINTO ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO
RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, A
FAVOR SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES DIF ESTATAL.

IV

El LIC. ARNOLDO HERNÁNDEZ GÓMEZ PALOMINO, Contralor del Estado de Aguascalientes, cargo que ostenta con nombramiento otorgado por el Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, C.P.
Martín Orozco Sandoval, mediante Oficio SGG/N/134/2020, de fecha tres de julio del dos mil veinte, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27, fracciones II, XIII, XXV y 46 fracción XXXIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; y en el artículo 9º fracciones I, II, y XXV
del Reglamento Interior de la Contraloría del Estado de Aguascalientes, así como en los Artículos Tercero y Séptimo Transitorios del Decreto 346 expedido por la LXIV Legislatura del Congreso del Estado en el Periódico Oficial del Estado en fecha veintinueve de mayo de dos mil veinte en su edición extraordinaria, y la LIC. KARLA YAZMÍN ESPARZA LAZALDE, Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes, cargo que ostenta en virtud de la propuesta emitida por Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, el C.P. Martín Orozco Sandoval, mediante Oficio DCG/SGG/017/2021, de fecha nueve de marzo de dos mil veintiuno, ratificado por el Consejo Directivo de la Entidad, en la Primer Sesión Extraordinaria de dos mil veintiuno, celebrada el diez de marzo de ese mismo año, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 5o fracción I y último párrafo, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; en el artículo 15 fracciones I y II, y último párrafo, 42
fracciones I, V y XVI, de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes;
así como en lo dispuesto en el artículo 31 fracciones VII, IX y XVIII de la Ley del Sistema Estatal de Asistencia Social y de Integración Familiar, celebran el presente Acuerdo Administrativo y de conformidad a los siguientes
O

A

R

A

P

ANTECEDENTES:

C

I. Mediante Decreto 346 expedido por la LXIV Legislatura del Congreso del Estado en el Periódico Oficial del Estado en fecha veintinueve de mayo de dos mil veinte, en su edición extraordinaria, se extingue el Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal denominado Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Aguascalientes.

S

N

O

II. Conforme al lo dispuesto en el Artículo Tercero Transitorio del Decreto de referencia, se dispuso que con motivo de la extinción del Organismo Público Descentralizado de la Administracion Pública Estatal denominado Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Aguascalientes, se llevase a cabo la resolución de todos sus vínculos administrativos, legales, judiciales y financieros, así como la celebración de los acuerdos administrativos de transferencia y requeridos para resolver cualquier otro caso en él no previsto, con las Dependencias y/o Entidades de la Administración Pública Estatal, atendiendo a la naturaleza de su competencia de conformidad con las facultades que se establecen en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes y demás disposiciones aplicables.

LT
U

IV. En virtud de lo anterior, el Artículo Séptimo Transitorio del Decreto dispone que los bienes muebles del Organismo Público Descentralizado denominado Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Aguascalientes serán transferidos al Gobierno del Estado, a través de la Contraloría del Estado, al Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes y al Sistema de Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes, en los términos establecidos en los acuerdos administrativos de transferencia correspondientes.

A

V. Por lo tanto, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos Tercero y Séptimo Transitorios del Decreto, el Mtro. Dennys Eduardo Gómez Gómez, en carácter de Contralor del Estado, y L.A.E. Gisela Martínez Hernández, en su carácter de Directora del extinto Organismo Público Descentralizado denominado Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Aguascalientes, celebraron un Acuerdo Administrativo, mediante el cual el Gobierno del Estado, por conducto de la Contraloría, recibió bienes muebles propiedad del organismo.
VI. En consecución de lo dispuesto en los artículos Transitorios en comento, la Contraloría del Estado, puso a la vista del DIF Estatal los bienes aun resguardados en la Dependencia, para que lo que según su interés eligiese los que le fuesen transmitidos en propiedad; siendo los electos por la Entidad, y objeto del presente Acuerdo Administrativo, los que enseguida se enlistan:

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 12/7/2021 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date12/07/2021

Page count60

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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