Periódico Oficial de Aguascalientes del 29/6/2020 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 2

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Junio 29 de 2020

A

GOBIERNO DEL ESTADO

O
IV
H C
R

INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES

Los integrantes del H. CONSEJO INTERIOR DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos 3, 5, 16 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 2, 5, 10, 31 y 41 fracción VIII de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; 7º fracción IV y 11 fracción III de la Ley del Instituto de Educación de Aguascalientes; 4º y 5 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes; así como el Artículo Séptimo Transitorio del Decreto Número 340, publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 25 de mayo de 2020; tenemos a bien expedir el REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

P

La Ley General de Educación establece que Toda persona tiene derecho a la educación, el cual es un medio para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal y profesional; como consecuencia de ello, contribuir a su bienestar, a la transformación y el mejoramiento de la sociedad de la que forma parte, así mismo señala que la aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta Ley corresponden a las autoridades educativas de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México y de los municipios.

A

R

A

Dicho lo anterior, el rector de la educación en el Estado de Aguascalientes lo es el Instituto de Educación de Aguascalientes, quien desde el 7 de junio de 1992 mediante Decreto 182 fue creado como el Instituto de Educación Básica y Normal del Estado de Aguascalientes con el objeto de asumir la responsabilidad política y la dirección de los servicios de educación básica -en ese entoncespreescolar, primaria y secundaria, así como la educación normal y demás para la formación de maestros, la especial, inicial, física y misiones culturales, convirtiéndose en la autoridad facultada y reconocida para aplicar y vigilar el cumplimiento de la legislación en materia educativa.

O

C

Posteriormente, mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 17 de enero de 1993 se cambió el nombre a Instituto de Educación de Aguascalientes, así mismo se adicionó planear, programar, organizar, supervisar y evaluar las instituciones de educación media superior, normar y supervisar academias y centros de capacitación para el trabajo y propiciar la coordinación y planeación de la educación superior en el Estado.

S

N

Así, con base en la Reforma Educativa del año 2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo del año 2019, mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3º, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en su Artículo Octavo Transitorio estableció el periodo de un año a fin de armonizar el Marco Jurídico en la materia, en relación a la expedición en fecha 30 de septiembre del año 2019 de la Ley General de Educación, la cual en su Artículo Sexto Transitorio ordena que dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, las Legislaturas de los Estados, en el ámbito de su competencia, deberán armonizar el marco jurídico de conformidad con el citado Decreto.

U

En cumplimiento a lo señalado en el párrafo que antecede, en fecha 25 de mayo de 2020, fueron publicados en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes mediante Decretos 341 y 340, la Ley de Educación del Estado de Aguascalientes y la Ley del Instituto de Educación de Aguascalientes, respectivamente.

LT

A

En este sentido, y a efecto de dar cumplimiento al Artículo Séptimo Transitorio del Decreto 340 de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, que establece que el Consejo Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes deberá expedir las adecuaciones al Reglamento Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes, a que se refiere la presente Ley en un término que no exceda de 120 días naturales, resulta necesario expedir el nuevo Reglamento Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes.
Por lo antes expuesto, este H. Consejo Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes expide el siguiente:
ARTÍCULO ÚNICO. Se expide el REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE
AGUASCALIENTES, para quedar como sigue:

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 29/6/2020 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date29/06/2020

Page count102

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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