Periódico Oficial de Aguascalientes del 5/3/2012 - Sección 2da.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

Pág. 2

Segunda Sección
PERIODICO OFICIAL

GOBIERNO DEL ESTADO
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL
AGUASCALIENTES, AGS.
Proyecto de Acuerdo del 01 Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral en el Estado de Aguascalientes, por el que se designan a los ciudadanos que se desempeñarán como Capacitadores-Asistentes Electorales durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012, así como la lista de reserva para cubrir eventuales vacantes.
CONSIDERANDOS:
1. Que los artículos 41, párrafo segundo, base V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 104, 105, numeral 2; y 106 numeral 1, de Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, disponen que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable de la función estatal de organizar las elecciones federales, y que en ejercicio de esa función estatal, la certeza, la legalidad, la independencia, la imparcialidad y la objetividad son sus principios rectores.
2. Que dentro de los fines del Instituto Federal Electoral consignados en el artículo 105, numeral 1, incisos d y e del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se encuentran los de asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones, así como garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión.
3. Que el Instituto ejercerá sus funciones en todo el territorio nacional a través de 300 subdelegaciones, una en cada distrito electoral, tal y como lo señala el artículo 107 numeral 1 del Código de la materia.
4. Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 109
del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General, en su calidad de órgano superior de dirección del Instituto Federal Electoral, es el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.
5. Que de conformidad con el artículo 118, numeral 1, incisos b y z del Código Electoral Federal, es atribución del Consejo General vigilar la oportuna integración y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto, así como dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas sus atribuciones.
6. Que el artículo 144, numeral 1, incisos a, b y c, del citado Código, dispone que en cada uno de los 300 distritos electorales uninominales el Instituto contará con una subdelegación integrada por una Junta Distrital Ejecutiva, el Vocal Ejecutivo y el Consejo Distrital.

Marzo 5 de 2012

7. Que el artículo 146, numeral 1, inciso d y 289 del Código Electoral establece como atribución de las Juntas Distritales Ejecutivas presentar al Consejo Distrital para su aprobación, las propuestas de quienes fungirán como asistentes electorales el día de la Jornada Electoral, en tanto que el artículo 30, numeral 1, inciso k del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral dispone como atribución de los Consejos Distritales vigilar que se capacite a los asistentes en materia jurídico-electoral.
8. Que con fecha 30 de noviembre de 1999 el Consejo General aprobó el acuerdo mediante el cual se concentró en un solo funcionario los trabajos que realizaban el capacitador electoral y el asistente electoral para la integración de las mesas directivas de casilla y las actividades de asistencia, durante las etapas de preparación y desarrollo de la Jornada Electoral, así como de resultados y declaración de validez de las elecciones, criterio que fue ratificado en la primera parte del Considerando II de la Sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de fecha 22 de diciembre de 1999, recaída al expediente SUP-RAP-031/1999.
9. Que el Consejo General del Instituto Federal Electoral en sesión celebrada el 25 de julio de 2011, emitió el Acuerdo por el que se aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral, para el Proceso Electoral Federal 2011-2012 y por ende el Manual de Contratación de Supervisores Electorales y de Capacitadores-Asistentes Electorales.
10. Que en el marco del Plan Integral del Proceso Electoral Federal 2011-2012, el punto 5.4.2.2
relativo a la Capacitación Electoral, establece que la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electora y Educación Cívica coordinará y supervisará el proceso de reclutamiento, selección, contratación, capacitación, evaluación y desarrollo de las actividades en materia de capacitación y asistencia electoral que realicen los supervisores electorales SE y capacitadoresasistentes electorales CAE.
11. Que de acuerdo a lo que establece el artículo 152, numeral 1, incisos a y l del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, los Consejeros Distritales dentro del ámbito de su competencia, tienen la atribución de vigilar la observancia del mismo ordenamiento y de los acuerdos y resoluciones de las autoridades electorales del Instituto, así como supervisar las actividades de las Juntas Distritales Ejecutivas durante el proceso electoral.
12. Que los procedimientos de reclutamiento y selección de los capacitadores-asistentes electorales, se llevaron a cabo en tiempo y forma, cumpliendo con el contenido del Manual de Contratación de Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales anexo de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral aprobada por el Consejo General el de 25 de julio de 2011.
13. Que de conformidad con el Capítulo 5 del Manual de Contratación de Supervisores Electorales y de Capacitadores-Asistentes Electorales, una vez designados y contratados a los capacitadores-asistentes electorales, los Vocales de la Junta Distrital,

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 5/3/2012 - Sección 2da.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

CountryMexico

Date05/03/2012

Page count78

Edition count866

First edition10/01/2000

Last issue28/08/2023

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