Gaceta Oficial de la República de Panamá del 16/1/2024
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Source: Gaceta Oficial de la República de Panamá
No. 29950
Gaceta Oficial Digital, martes 16 de enero de 2024
REPÚBLICA DE PANAMÁ
-
MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
GOBIERNO NACIONAL -
Resolución No. 460
De 10 de octubre de 2023
La Ministra de Desarrollo Social en uso de sus facultades legales, Que, mediante apoderada legal, la organizac1on denominada ASOCIACIÓN DE
TRABAJADORES SOCIALES DE PANAMÁ, debidamente inscrita al Folio No. 2961 de la Sección Mercantil del Registro Público de Panamá, cuyo presidente y representante legal es la señora KENIA EMÉRITA BATISTA ARAUZ, mujer, panameña, mayor de edad, con cédula de identidad personal No. 8-363-697, solicitó al Ministerio de Desarrollo Social, el reconocimiento como organización de carácter social sin fines de lucro;
Que, para fundamentar su petición, la organización presentó la siguiente documentación:
, 1.
Poder y memorial, dirigido a la Ministra de Desarrollo Social, solicitando el reconocimiento como organización de carácter social sin fines de lcro. fjs.1-4
2. Copia autenticada por la Dirección Regional de Cedulación de Panamá Centro, de la cédula de identidad personal de la representante legal de la organización. fj.5
3. Certificación del Registro Público de Panamá, donde consta la vigencia y representación legal de la organización denominada ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE
PANAMÁ. fj.6
4. Copia autenticada de la Escritura Pública No. 2515 de 1 de diciembre de 1953, expedida por la Notaría Primera del Circuito de Panamá, por la cual se protocolizan los documentos que otorgan la personería jurídica a la organización denominada ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES
SOCIALES DE PANAMÁ. fjs.42-47
5. Copia autenticada de la Escritura Pública No. 212 de 11 dé enero de 1995, expedida por la Notaría Primera del Circuito de Panamá, por la cual se reforman los estatutos de la organización denominada ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE PANAMÁ. fjs.7-30
6. Pruebas documentales que demuestran, de manera fehaciente, que la asociación presta un servicio social. fjs.32-41y49-60;
Que corresponde efectuar el examen de todos los elementos de juicio, tendientes a la emisión de un criterio, por lo que, al analizarse la documentación aportada, se pudo constatar que, entre los principales fines y objetivos de la organización denominada ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES
SOCIALES DE PANAMÁ, visibles a fojas 16 a la 17 del expediente administrativo, la actividad principal que ésta realiza es:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Garantizar el cumplimiento de las leyes de trabajo social promulgadas en el país.
Promover la creación o modificación de las leyes de trabajo social requeridas para mantener una legislación adecuada.
Participar en la planificación, desarrollo y evaluación de programas de bienestar social de acuerdo con la política social del país.
Fomentar el perfeccionamiento social y mejoramiento del servicio de la profesión.
Propiciar entre los miembros el estudio, adopción y el cumplimiento del código de Ética Profesional.
Promover estudios de Post-Grado y establecer relaciones con organismos científicos y profesionales, nacionales e internacionales para mantener una continua renovación y capacitación de sus miembros.
Colaborar con las autoridades públicas, entidades privadas y organismos nacionales e internacionales en la formulación y ejecución de una política social dirigida a la incorporación de toda la población panameña en el proceso de desarrollo del país.
Propiciar la participación dinámica de sus miembros en las transformaciones sociales, económicas, políticas y culturales del país.
Coordinar esfuerzos con la Escuela de Trabajo Social y organismos e instituciones de Trabajo Social para establecer un vínculo que permita mejorar el nivel académico de profesionales y estudiantes.
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