Diario Oficial de la Unión Europea del 21/5/2021 - Sección Legislación
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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación
21.5.2021
Diario Oficial de la Unión Europea
ES
L 180/1
II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN UE 2021/804 DEL CONSEJO
de 20 de mayo de 2021
por el que se aplica el artículo 15, apartado 3, del Reglamento UE n.o 747/2014 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE n.o 747/2014 del Consejo, de 10 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán, y por el que se derogan los Reglamentos CE n.o 131/2004 y CE n.o 1184/2005 1, y en particular su artículo 15, apartado 3, Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Considerando lo siguiente:
1
El 10 de julio de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento UE n.o 747/2014.
2
El 5 de marzo de 2021, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución 1591 2005 de dicho Consejo de Seguridad, decidió suprimir el nombre de una persona de la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.
3
Por lo tanto, procede modificar el anexo I del Reglamento UE n.o 747/2014 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento UE n.o 747/2014 se modifica como se establece en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 20 de mayo de 2021.
Por el Consejo El Presidente A. SANTOS SILVA
1 DO L 203 de 11.7.2014, p. 1.