Diario Oficial de la Federación del 22/03/2024

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Source: Diario Oficial de la Federación

Viernes 22 de marzo de 2024

DIARIO OFICIAL

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Su observancia deberá ser cumplida sin excepción alguna por todas las personas servidoras públicas adscritas al Instituto, sin menoscabo de su régimen de contratación, nivel jerárquico y/o denominación de puesto, quienes se comprometerán a firmar la Carta Compromiso que se encuentra publicada en el portal del Comité de Ética: http intranet.inm.gob.mx/index.php/comite-de-etica-del-inm/codigos-y-protocolos/
Cabe resaltar que el Código de Conducta no sustituye a la normatividad en materia de responsabilidad administrativa que resulte aplicable.
Glosario Acoso Laboral: Forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivo intimidar, excluir, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico o laboral-profesional. Se puede presentar en forma horizontal, vertical ascendente o vertical descendente, ya sea en el centro de trabajo o fuera de éste, siempre que se encuentre vinculado a la relación laboral.
Acoso sexual: Forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. Se produce en comportamientos verbales, físicos o ambos relacionados con la sexualidad.
Carta compromiso: Instrumento a través del cual la persona servidora pública manifiesta que conoce el Código de Conducta del Instituto Nacional de Migración, así como su voluntad y compromiso de actuar bajo los principios, valores y reglas de integridad, contenidas en el mismo.
Código de Conducta: Instrumentó emitido por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el que se específica de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores, reglas de integridad y compromisos contenidos en el presente Código de Ética, atendiendo a los objetivos, misión y visión de la dependencia o entidad de que se trate.
Código de Ética: Instrumento deontológico que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía.
Comité de Ética: Los órganos democráticamente integrados en los Entes Públicos referidos en los artículos 4, fracción III y 28 del Código de Ética, los cuales tienen a su cargo la implementación de acciones para generar y fortalecer una cultura de integridad gubernamental.
Conflicto de interés: La situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios de quien ejerce el servicio público puedan afectar el desempeño independiente e imparcial de su empleo, cargo, o comisión.
Cultura de Servicio Público: Se basa en el deseo de servir y brindar resultados a la Sociedad, poniendo a disposición de ésta el talento, conocimiento y capacidades existentes; al tiempo de observar y promover el cumplimiento de las leyes .y fortalecerla cultura Organizacional de las Instituciones.
Denuncia: Narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a una persona servidora pública del Instituto Nacional de Migración, durante su jornada laboral, respecto de posibles actos contrarios a lo dispuesto en el Código de Ética, al Código de Conducta; y por presuntos actos de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, así como de discriminación.
Discriminación: Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad o discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia o por cualquier otro motivo.
Eficiencia: Todas las personas servidoras públicas deben ejercer los recursos públicos con austeridad republicana, economía, racionalidad y sustentabilidad, logrando los mejores resultados a favor de la sociedad, incluyendo el cuidado de los recursos naturales.
Ética pública: Conjunto de principios, valores y reglas de integridad orientados al interés público, conforme a los cuales deben actuar todas las personas adscritas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, sin importar su nivel jerárquico, en aras de aspirar a la excelencia en el servicio público que logre contar con la confianza de la sociedad.

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Diario Oficial de la Federación del 22/03/2024

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date22/03/2024

Page count662

Edition count3421

First edition01/01/2011

Last issue10/05/2024

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