Diario Oficial de la Federación del 01/03/2024

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Viernes 1 de marzo de 2024

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE MARINA
DECLARATORIA de abandono vía derelicto de tres embarcaciones y cuatro motores fuera de borda de la Capitanía de Puerto Regional en Acapulco, Guerrero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MARINA.- Secretaría de Marina.- Subsecretaría de Marina.- Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos.- Dirección General Adjunta de Capitanías de Puerto.- Capitanía de Puerto Regional en Acapulco, Guerrero.
DECLARATORIA DE ABANDONO VÍA DERELICTO
El C. Gamaliel Reyes Ramírez, Capitán de Puerto Regional en Acapulco, Guerrero; con fundamento en lo establecido por los artículos 14 segundo párrafo, 16 primer párrafo y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o primer y segundo párrafos, 2o fracción l, 26 y 30 fracciones IV, inciso b, V, incisos a y b, VII Ter y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracción I, 3, 4, 5, 6, 7 fracción I, 8 fracciones IX, XVII, XVIII y XXX, 9 fracciones IV, X y XV, 13 fracción II, 80 fracción VI, 171, 172, 173 y 174 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1, 3 fracción VI, 4 primer y segundo párrafos, 6 fracción XXI, 9, primer párrafo y 13 de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 2, fracción II, 3 fracciones II, inciso d y V, 6 apartado B, fracción VI, incisos g y l, 20 fracciones I, incisos a, b y f, II, III, XVIII y XXI, 21 y 22 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina; artículos PRIMERO, TERCERO fracción IX, inciso B, QUINTO y SEXTO, del ACUERDO Secretarial número 503 por el cual se establece la jurisdicción territorial y marítima de las Capitanías de Puerto, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 14
de diciembre de 2023; considerando los siguientes:
ANTECEDENTES
I.

El 22 de junio de 2018, mediante oficio sin número, personal naval adscrito a la entonces Octava Región Naval, actualmente Décima Segunda Región Naval con sede en Acapulco, Guerrero, puso a disposición de esta Capitanía, la embarcación menor tipo Go-Fast, color azul marino, sin nombre, sin matrícula, de 9.58 metros de eslora, manga 3.30 metros, puntal 1.20 metros, con 02 motores fuera de borda de 250 HP cada uno, ambos de marca Yamaha.

II.

El 9 de octubre de 2019, personal naval adscrito a la entonces Octava Región Naval, puso a disposición de esta Capitanía, la embarcación menor tipo Eduardoño, color blanco, sin nombre, sin matrícula, de 12 metros de eslora, manga 2.90 metros, puntal 1.30 metros, sin motores.

III.

El 5 de noviembre de 2019, mediante oficio sin número, personal naval adscrito a la entonces Octava Región Naval, puso a disposición de esta Capitanía, la embarcación menor tipo Go-Fast, color gris, sin nombre, sin matrícula, de 9.15 metros de eslora, manga 3.00 metros, puntal 91 centímetros, con 02 motores fuera de borda de 200 HP cada uno, ambos marca Yamaha.

IV.

El 25 de febrero de 2022, esta Capitanía, mediante oficio número 388/2022, solicitó a la Delegación Estatal en Acapulco, Gro., de la Fiscalía General de la República, información, respecto a si existía algún antecedente de reporte o denuncia de robo y/o extravío sobre las embarcaciones y motores referidos; desahogando lo solicitado con oficio número SPPB/40/2022 de fecha 03 de marzo de 2022 sic, en el sentido de no haber localizado antecedente alguno relacionado a las embarcaciones y motores en comento.

V.

El 4 de marzo de 2022, esta Capitanía, formuló acta administrativa número 002/2022 en la que hizo constar los resultados obtenidos de las inspecciones extraordinarias que se practicaron a las tres embarcaciones menores y cuatro motores, determinando en consecuencia que las embarcaciones se encuentran físicamente en mal estado y en condiciones de no navegabilidad, por lo que respecta a los cuatro motores fuera de borda, estos se encontraron en condiciones de no operatividad.

VI.

El 4 de marzo de 2022, esta Capitanía, emitió el acuerdo de Inicio de Procedimiento Administrativo de Declaratoria de Abandono Vía Derelicto e instruyó iniciar el procedimiento administrativo correspondiente notificando el acto vía edicto a los posibles propietarios de las tres embarcaciones menores y cuatro motores fuera de borda, de conformidad con lo establecido en los artículos 32, 35 fracción III, 37, 38 y 39 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; lo anterior a fin de

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Diario Oficial de la Federación del 01/03/2024

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date01/03/2024

Page count264

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First edition01/01/2011

Last issue22/05/2024

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