Diario Oficial El Peruano del 25/1/2024

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETÍN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, jueves 25 de enero de 2024

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE PUNO
NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO UBICARSE
SU DOMICILIO, NO IDENTIFICADOS O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO , que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de Intendencia decretando los actos administrativos.
La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento notificado o solicitarlo a través de la mesa de partes virtual ingresando a www.sunat.gob.pe. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 160 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
INTERVENIDO
NO IDENTIFICADO

ACTA DE INCAUTACIÓN
DETERMINACIÓN
Acta de Incautación N 181 ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 181 -0205 -2019
-000646 de fecha 03.JUN.2019, en aplicación del artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008, conforme a los argumentos -0205 -2019 -000646 de expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
fecha 03.JUN.2019

NO IDENTIFICADO

Acta de Incautación N 181 ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 181 -0205 -2020
-000241 de fecha 06 .JUL .2020, en aplicación de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008.
-0205 -2020 -000241 de fecha 06 .JUL .2020

DOCUMENTO
Resolución de División Nº 001052-2023
-SUNAT/3H0500 del 04.10.2023
Resolución de División N.º 001078-2022
-SUNAT/3H0500 del 06.10.2023
Resolución de División N.º 001398-2023
-SUNAT/3H0500 del 20.12.2023
Resolución de División N.º 001345-2023
-SUNAT/3H0500 del 13.12.2023

Acta de Incautación N 181
CHURA QUISPE
-0300 -2019 -000217, de MERCEDES
fecha 23.SEP.2019
identificado con DNI N
41146906

Resolución de División N.º 001354-2023
-SUNAT/3H0500 del 14.12.2023

LIDIA ENRIQUEZ
CONDORI, identificada con DNI N 02420598 y RUC N 10024205989

Acta de SIGEDA N 181
-0400 -2020 -000031 de fecha 23.JUL.2020

Resolución de División N.º 001419-2023
-SUNAT/3H0500 del 20.12.2023

ANDRÉS AGUILAR
HUICHI con DNI N
01835880 y RUC N
10018358803

Acta SIGEDA N 181-04002020-000017 de fecha 02.JUL.2020

Resolución de División N.º 001421-2023
-SUNAT/3H0500 del 20.12.2023

ELIZABETH LUZMILA
ALBERTO CUTIPA, identificada con DNI Nº 47983607 SIN RUC

Acta de Incautación Nº 181
- 0800 -2023 - 000024 de fecha 12.05.2023

Resolución de División N.º 001424-2023
-SUNAT/3H0500 del 20.12.2023

VILMA JANET TICONA Acta de Incautación Nº 181
-0300 - 2023 -000007
QUISPE, identificada con DNI Nº 43307700
SIN RUC

Resolución de División N.º 001426-2023
-SUNAT/3H0500 del 20.12.2023
RESOLUCIÓN DE
DIVISIÓN N.º 0014272023
-SUNAT/3H0500 del 20.12.2023

FRANCISCO TICONA Acta de Incautación N 181
-0300 -2023 -000071 de CALLI, identificado con fecha 12.06.2023
DNI N 02003585
SIN RUC
Acta de Incautación N 181
CONDOR MORENO
-0201 -2020 -000190 de CESAR ORLANDO , fecha 14.07.2020
identificad o con DNI N
43636156 y con RUC
N 10436361560

Resolución de División N.º 001429-2023
-SUNAT/3H0500 del 23.12.2023

Resolución de División N.º 001437-2023
-SUNAT/3H0500 del 23.12.2023
Resolución de División N.º 001445-2023
-SUNAT/3H0500 del 23.12.2023

005-2255548-1

NO IDENTIFICADO

Acta de SIGEDA N 1810400-2020 -000014 de fecha 13.JUN.2020,
ARTÍCULO PRIMERO . - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada, mediante Acta de SIGEDA N 181-0400-2020
-000014 de fecha 13.JUN.2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008.
ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 181 -0300
-2019 -000217, de fecha 23.SEP.2019, de conformidad con el Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. OFICIESE a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos Zona Registral Arequipa para que tome conocimiento y proceda conforme a sus atribuciones, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada, mediante Acta de SIGEDA N 181 -0400
-2020 -000031 de fecha 23.JUL.2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N
28008. ARTÍCULO SEGUNDO.- Sancionar a la persona de LIDIA ENRIQUEZ CONDORI, identificada con DNI N 02420598 y RUC N
10024205989, con una multa ascendente a S/ 1,686.00 Mil seiscientos ochenta y seis con 00/100 soles, respecto de las mercancías consignadas en el Acta SIGEDA N 181 -0400 -2020 -000031 del 23.JUL.2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 6
de la Ley de los Delitos Aduaneros ley N 28008 y modificatorias , para lo cual se deberá proceder con la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución .
Liquidación de Cobranza N 181-2023-1162
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada, mediante Acta de Incautación SIGEDA N 1810400-2020-000017 de fecha 02.JUL.2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N
28008. ARTÍCULO SEGUNDO. - Sancionar a la persona de ANDRÉS AGUILAR HUICHI con DNI N 01835880 y RUC N 10018358803, con una MULTA ascendente a S/ 23,188.00 Veintitrés mil ciento ochenta y ocho con 00/100 soles, respecto de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación SIGEDA N 181-0400-2020-000017 del 02.JUL.2020, de conformidad con lo establecido en el literal a del artículo 39
de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008 , debiéndose de proceder a generar la Liquidación de cobranza respectiva, conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución. ARTÍCULO CUARTO. - Sancionar a la persona de ANDRÉS AGUILAR HUICHI con DNI
N 01835880 y RUC N 10018358803 con la SUSPENSION de su Licencia de Conducir N U01835880, por el periodo de UN 01 año, de conformidad con el inciso a del artículo 39 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008, registrándose como antecedente en el Registro de Conductores, para lo cual se debe REMITIR la presente Resolución al Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC sede Puno a fin de que registre dicha sanción, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Liquidación de Cobranza N 181-2023-1235
ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación Nº 181 - 0800
-2023 - 000024 de fecha 12.05.2023, de conformidad con el Artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros. ARTÍCULO
SEGUNDO. - Sancionar a la persona de ELIZABETH LUZMILA ALBERTO CUTIPA, identificada con DNI Nº 47983607 SIN RUC, con una MULTA equivalente a cinco veces los tributos dejados de pagar, monto que asciende a la suma de S/. 5,718.00 Cinco mil setecientos dieciocho con 00/100 Soles , de conformidad con el Artículo 42 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, respecto de la mercancía consignada en el Acta de Incautación Nº 181 - 0800 -2023 -000024 de fecha 12.05.2023; para lo cual, se deberá procederse a la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
LIQUIDACIÓN DE COBRANZA N 181-2023-1199
ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en las Actas de Incautación Nº 181 -0300 - 2023
-000007, Nº 181 -0300 -2023 -000008, Nº 181 -0300 -2023 -000009, y 181 -0300 -2023 -000010, todas de fecha 28.02.2023, de conformidad con el Artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros. ARTÍCULO SEGUNDO. - Sancionar a la persona de VILMA JANET
TICONA QUISPE, identificada con DNI Nº 43307700 SIN RUC, con una MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar, monto que asciende a la suma de S/ 1,596.00 Mil quinientos noventa y seis con 00/100 Soles, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 28008
Ley de los Delitos Aduaneros, respecto de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 181 - 0300 -2023 -000007 de fecha 28.02.2023; para lo cual, se deberá procederse a la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
LIQUIDACIÓN DE COBRANZA N 181-2023-1203
ARTÍCULO ÚNICO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 181 -0300 -2023
-000071 de fecha 12.06.2023 Motor N 6D16S29192, en aplicación de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada mediante Acta de Incautación N 181 -0201
-2020 -000190 de fecha 14.07.2020, en aplicación de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros , Ley N 28008;
conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a la persona de CONDOR MORENO CESAR ORLANDO , identificad o con DNI N 43636156 y con RUC N 10436361560, con una MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, monto que asciende a la suma de S/ 1,891 .00 Mil ochocientos noventa y uno con 00/100 soles , respecto de las mercancías incautadas mediante el Acta de Incautación N 181 -0201 -2020 -000190 de fecha 14.07.2020 , en aplicación de lo previsto en el Artículo 36 de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N 28008; para lo cual, se deberá proceder a la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Liquidación de Cobranza N 181-2023-1209
ALEJANDRO QUISPE Acta de Incautación N 181 ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 181 -0205 -2022
-0205 -2022 -000273 del -000273 del 25ABR2022 , en aplicación a Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley 28008, de conformidad a los considerandos CHIPANA, con DNI N
expuestos en el presente informe. ARTÍCULO SEGUNDO. - Sancionar a la persona de ALEJANDRO QUISPE CHIPANA, con DNI N
25ABR2022
01777404 y número de 01777404 y número de RUC 10017774048, con una MULTA ascendente a una multa equivalente a S/ 2 664.00 Dos mil seiscientos sesenta RUC 10017774048
y cuatro con 00/100 soles, respecto de las mercancías consignadas en el N 181 -0205 -2022 - 000273 del 25ABR2022, en aplicación de lo establecido en el Artículo 36 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008; para lo cual, se deberá proceder con la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente; conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Liquidación de Cobranza N 181-2023-1249
NO IDENTIFICADO
Acta de Incautación N 181 ARTÍCULO PRIMERO . Declarar el CO MISO A DMINISTRATIVO de las mercancías incautadas consigna das en el Acta de Incautación N
181 -0201 -2020 -000371 de fecha 24 de noviembre de 2020, conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los -0201 -2020 -000371 de Delitos Aduaneros , conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
fecha 24.NOV.2020

Acta de Incautación N 181
EDWIN PALOMINO
-0205 -2021 -000786 del MAMANI, identificado 01.DIC.2021
con DNI N 80019637 y RUC N 10800196375

ARTÍCULO PRIMERO. Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 181 -0205 -2021
-000786 del 01.DIC.2021, en aplicación del Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros , Ley N28008, conforme a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. Sancionar a la persona de, EDWIN PALOMINO
MAMANI, identificado con DNI N 80019637 y RUC N 10800196375, con una MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, monto que asciende a la suma de S/ 997.00 Novecientos noventa y siete con 00/100 Soles , respecto de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 181 -0205 -2021 -000786 de fecha 01.DIC.2021 , de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N 28008; para lo cual se deberá generar la liquidación de cobranza respectiva, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Liquidación de Cobranza N 181-2023-1260

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Diario Oficial El Peruano del 25/1/2024

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date25/01/2024

Page count36

Edition count2743

First edition01/01/2016

Last issue15/05/2024

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