Diario Oficial El Peruano del 5/1/2024

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Source: Diario Oficial El Peruano

BOLETÍN OFICIAL

Lima, viernes 5 de enero de 2024 I EL PERUANO

AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL

AVISO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION

Por medio del presente aviso y de conformidad con el artículo N 217 de la Ley General de Sociedades se comunica que con fecha 21 de diciembre de 2023, la Junta General de Accionistas de HPDM PERU S.A.C., con RUC Nº 20545752388, acordó por unanimidad reducir el capital social de S/ 84206,927.00 a S/ 75669,327.00 mediante la devolución en efectivo de aportes al capital social. En tal sentido, se acordó modificar el artículo cuarto del estatuto social.
Lima, 30 de diciembre de 2023.
Gerente General Julio Gallo Broel-Plater DNI N 07808555
075-2248813-1

POR ACTA DE FECHA 28-11-2023, EL TITULAR DE MI
ENVASE E.I.R.L. SR. VICTOR MENDOZA PAREDES, APROBO SU DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION, NOMBRANDO
COMO LIQUIDADORA A CFC CONSULTORIA
EMPRESARIAL & CORPORATIVA E.I.R.L. INSCRITA EN
LA PARTIDA 14187445 DEL REGISTRO DE PERSONAS
JURÍDICAS DE LIMA, LO QUE SE COMUNICA SEGÚN EL
ART. 82 DEL D.L. 21621.
LIMA, 30 DE NOVIEMBRE DEL 2023.
CFC CONSULTORIA EMPRESARIAL &
CORPORATIVA E.I.R.L. - LIQUIDADORA
075-2249374-1

AVISO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Por Juntas Generales de Accionistas de fechas 01 y 27
de diciembre de 2023 se aprobó y ratificó la disolución y liquidación de UNO GESTIONES INMOBILIARIAS S.A.C., nombrándose como liquidador al Sr. Pierre Gianfranco Loza Sanchez, identificado con DNI N 46531907, lo que se pone en conocimiento de todos los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 412º de la Ley N 26887 Ley General de Sociedades.
EL LIQUIDADOR
San Isidro, 27 de diciembre de 2023.
002-2249696-1

En materia de personal 4.1.1. El ingreso de nuevo personal solo es factible cuando se cuente con la plaza presupuestada, vacante y esté incluida en el Cuadro para Asignación de Personal CAP vigente, siendo, en todos los casos, efectuada por concurso público de méritos, a excepción de los cargos de confianza y los que se ocupen por mandato de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, dentro de las capacidades económicas financieras y presupuestales de las que la empresa disponga.
Estas reglas también son de aplicación para los siguientes casos:
a La contratación para cubrir plazas por cese del personal cualquiera sea su forma de extinción del vínculo laboral.
b La contratación temporal por suplencia de personal y/o ante cualquier emergencia que pudiera suscitarse, para mantener la continuidad en la prestación de los servicios de saneamiento de la empresa.
c Cuando sea indispensable para la prestación de los servicios, así como a consecuencia de la aplicación de la estructura de la empresa, siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada y esté incluida en el CAP; en todos los casos necesariamente se realizará por concurso público de méritos.
d En caso de integraciones, en atención al artículo 16 del TUO del Decreto Legislativo N 1280, aprobado por Decreto Supremo N 005-2020-VIVIENDA, se podrá contratar nuevo personal cuando la necesidad de atender el incremento operativo o cuando el incremento y/o recepción de nueva infraestructura sanitaria lo requiera, previa suscripción del contrato de explotación correspondiente; y conforme a las capacidades económicas que la empresa disponga.
En todos los casos señalados se deberá elaborar un informe técnico legal que sustente los motivos y la necesidad de contratación de personal, el mismo que deberá estar alineado a la normatividad vigente.
4.1.2. Las labores operativas y administrativas realizadas fuera del horario de trabajo serán compensadas conforme a lo establecido en la Directiva aprobada por la empresa.
4.1.3. Para realizar cualquier variación a las escalas remunerativas, beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones, la empresa deberá seguir lo estipulado en el artículo 7 del Decreto Supremo N 281-2023-EF, que aprueba el presupuesto consolidado de Ingresos y Egresos para el año Fiscal 2024 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

4.2.

En materia de bienes y servicios 4.2.1. La contratación de bienes y servicios se debe realizar de conformidad a lo dispuesto en la Ley N 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.
4.2.2. Los viajes nacionales al interior del país se limitarán a lo estrictamente necesario para el desarrollo de las actividades de operación de los servicios y de gestión de la empresa;
y, deberán ser aprobados por el Gerente General. Para los viajes de este último, estos deberán informar y coordinar con el Directorio.
4.2.3. El gasto mensual por servicios de telefonía móvil, servicio de comunicaciones personales PCS y servicio de canales múltiples de selección automática troncalizado en ningún caso puede exceder al monto resultante de la multiplicación del número de equipos por S/ 180,00 Ciento Ochenta y 00/100 Soles. Se considera, dentro del referido monto, el costo por el alquiler del equipo, así como al valor agregado al servicio, según sea el caso, la diferencia del consumo en la facturación será abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo, conforme al procedimiento que establezca la Gerencia de Administración y Finanzas.
4.2.4. El uso de vehículos, así como los gastos en combustible, lubricantes y repuestos, estará orientado exclusivamente al cumplimiento de las funciones y objetivos operativos y estratégicos de la empresa. Adicionalmente, en el marco de los objetivos estratégicos institucionales, la empresa evaluará y, de ser el caso, decidirá la adquisición de vehículos automotores por renovación de aquellos que cuenten con una antigedad mayor a 10
años, para el cumplimiento de sus funciones.
4.2.5. Los servicios de terceros quedan limitados a la realización de actividades eventuales, específicas, complementarias o suplementarias, distintas a las previstas para el personal de la empresa; y deben contar con la autorización del Gerente General.
4.2.6. No está permitido la realización de gastos en viáticos y pasajes con cargo a los recursos de la empresa para el personal que mantenga vínculo laboral con el OTASS destacado o designado para el puesto de dirección, gerencias de línea, asesoramiento o apoyo en la empresa, cuando la comisión de servicio es dispuesta por el OTASS; entendiéndose que si esta permitido, la realización de gastos en viáticos y pasajes, cuando las actividades a realizarse, son actos propios de la función, así como, las invitaciones de otras entidades del Estado.
4.2.7. Los mantenimientos preventivo y correctivo, así como su ejecución, deben ser prioritarios, teniendo como objetivo mantener operativa la maquinaria y equipo, la infraestructura y vehículos de la empresa, siendo responsabilidad de la Gerencia de Administración y Finanzas su oportuna atención; de igual forma, para todo el mobiliario de la empresa, siendo responsabilidad de la Gerencia de Administración y Finanzas.
4.2.8. El tratamiento preventivo y correctivo de los equipos de cómputo es responsabilidad de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, o quien haga sus veces, orientándose a evitar necesidades que generan mayor gasto.

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 076-2023-EPS EMAPAB S.A/GG
Bagua, 19 de diciembre del año 2023.
VISTO:
El INFORME N 109-2023-EPS EMAPAB. SA./GG, emitido y suscrito por la Gerencia General de la EPS EMAPAB S.A. de fecha 18 de diciembre del año 2023 y el Acta de Sesión Extraordinaria N 015-2023, de fecha 19 de diciembre del 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que la EPS EMAPAB S.A, fue creada mediante Acuerdo de Consejo Provincial de Bagua de fecha 22 de noviembre de 1991, el cual fue elaborado a Escritura Pública con fecha 12 de diciembre de 1991, y constituida como persona jurídica de derecho privado, bajo la forma de sociedad anónima constituyendo una empresa prestadora de servicio EPS de Agua Potable y Alcantarillado, siendo una empresa Pública de accionario municipal, descentralizado, autónomo con personería jurídica de derecho privado, patrimonio propio y con autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa;
Que, la EPS EMAPAB S.A. fue incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio RAT por el Consejo Directivo del Organismo Técnico de Administración de Servicios de Saneamiento OTASS mediante acuerdo de sesión de Consejo Directivo de OTASS N013-2018, del 19.09.2018, el cual fue ratificado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución ministerial N 375-2018-VIVIENDA;
Que, en ese sentido, la Comisión de Dirección Transitoria de la EPS EMAPAB S.A., en SESIÓN
EXTRAORDINARIA N 015-2023, de fecha 19 de diciembre del 2023, entre otros adopto el siguiente acuerdo:
Acuerdo N 1
1.1 Aprobar la Directiva denominada Medidas de Austeridad, Disciplina, Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal en la Empresa EPS EMAPAB S.A., para el Ejercicio Fiscal 2024.

Que, con el visto de la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Operaciones, Gerente Comercial, y de conformidad con las atribuciones conferidas al Gerente General a través del estatuto de la EPS EMAPAB S.A.;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la DIRECTIVA DENOMINADA MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA, CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL EN LA EMPRESA
EPS EMAPAB S.A., PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, que la Gerencia General, a través del área correspondiente, publique la Directiva en el Diario Oficial El Peruano y la Oficina de Tecnología de la Información la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de Transparencia de la EPS EMAPAB S.A. www.emapab.com.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Gerencia General, las Gerencias de Apoyo y Asesoría, cumplir y hacer cumplir la Directiva aprobada; y, al Órgano de Control Institucional, el control posterior del mismo.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE
EMAPAB S.A. AGUA BAGUA
Mg. Víctor H. Quiroz Ampuero GERENTE GENERAL

DIRECTIVA N 003-2023-EMAPAB S.A.
DIRECTIVA QUE APRUEBA LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA, CALIDAD DEL
GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL EN LA EMPRESA MUNICIPAL DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE BAGUA S.A., PARA EL EJERCICIO FISCAL
2024
1. OBJETIVO
La presente Directiva establece las medidas de austeridad, disciplina, calidad del gasto público y de ingresos del personal para el año fiscal 2024, en la EPS EMAPAB S.A.
2. ALCANCE.
Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de cumplimiento obligatorio en todas las Gerencias y Oficinas de la empresa prestadora, así como por todo el personal cualquiera que sea su modalidad de contratación.
3. BASE LEGAL
3.1. Ley N 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024.
3.2. Ley N 31954 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024.
3.3. Ley N 31955 Ley de Endeudamiento del Sector Público para el año fiscal 2024.
3.4. Decreto Legislativo N 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
3.5. Decreto Legislativo N 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
3.6. Decreto Supremo N 281-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba el presupuesto consolidado de Ingresos y Egresos para el año Fiscal 2024 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
4. MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA, CALIDAD DEL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL
PERSONAL
Las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público constituyen un conjunto de medidas necesarias para la racionalización del gasto, así como para el manejo adecuado y eficiente de los recursos. En ese sentido, en el marco legal de los sistemas administrativos se establecen las siguientes disposiciones:

AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL
En sesión de Junta General de Accionistas celebrada el 20 de diciembre de 2023, se acordó reducir el capital social de MACMILLAN PUBLISHERS S.A.C.
de S/ 25,000.00 a S/ 23,789.00, es decir en S/ 1,211.00;
mediante la amortización de 1,211 acciones comunes y el pago de un valor de reembolso con cargo a recursos líquidos de la Sociedad y cuentas patrimoniales capital y resultados acumulados. Se publica el presente aviso en cumplimiento de lo establecido por el artículo 217 de la Ley General de Sociedades.
Lima, 29 de diciembre de 2023
MACMILLAN PUBLISHERS S.A.C.
GERENTE GENERAL
002-2249937-1

4.1.
AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO

Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la DIRECTIVA DENOMINADA MEDIDAS DE
AUSTERIDAD, DISCIPLINA, CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL EN LA
EMPRESA EPS EMAPAB S.A., PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, remitida mediante el informe del visto, el cual cuenta con la aprobación de la Comisión de Dirección Transitoria de la EPS EMAPAB S.A.;

3

5. RESPONSABILIDAD
La Gerencia de Administración y Finanzas y la Oficina de Desarrollo y Presupuesto, o la que haga sus veces, serán las encargadas de la correcta aplicación de la presente Directiva; siendo todas las personas integrantes de la empresa las obligadas a su cumplimiento.
6. VIGENCIA
La presente Directiva es de aplicación durante el ejercicio presupuestal 2024 y entra en vigencia desde el 1 de enero de 2024.
7. DISPOSICIONES FINALES
En lo no previsto por esta directiva será de aplicación la Ley N 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024.
Bagua, 18 de diciembre de 2023
014-2250029-1

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Diario Oficial El Peruano del 5/1/2024

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date05/01/2024

Page count28

Edition count2745

First edition01/01/2016

Last issue26/05/2024

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