Diario Oficial El Peruano del 15/12/2023

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial El Peruano

BOLETÍN OFICIAL

Lima, viernes 15 de diciembre de 2023 I EL PERUANO

Pasaporte N
HG366864

JUAN AURELIO
ALEDO CIUDAD

K37KBM

CANADA

YV1CM59H541121530

Volvo
2004

0193J06002023000091

Cedula N
95630240

CYNTHIA
YAHAIRA
CARREÑO
FIESTAS

OEB480

ARGENTINO

8AP372316F6100196

Fiat
2014

0193J06002023000092

Pasaporte N
205149359

MYNOR
EDUARDO
HERRERA
FLORES

M548FVS

GUATEMALA

9F2B81258EAC17934

Akt
2014

0193J06002023000093

Cedula N
70420045

CÉSAR
AUGUSTO RUIZ
TABORDA

IFU484

COLOMBIA

3MZBM4276GM112973

Toyota
1998

0193J06002023000094

Pasaporte PHILIP WINKEL
N CHRISTIAAN
NM564B735

YBS65E

COLOMBIA

9FMKD0721KF011409,
Honda
2019

0193J06002023000095

Pasaporte N
X9338022

SEBASTIEN
LUISIER

LAE552

COLOMBIA

MPC03441

Chevrolet
1992

0193J06002023000116

Pasaporte N
18CA42530

GRATIANNE
MILAINE
PLATEAU
PLATEAU

SV2042,
CHILE

KN2FAD2A1WC080161

Asia
1998

0193J06002023000117

Pasaporte N
C0M68VHJ0

ROBERT
ROHRDANZ

LYI39E

COLOMBIA

2002

0193J06002023000118

DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
Y NUMERO

INFRACTOR

Cedula N
79972811

YEISON
ENRIQUE
RUBIO LUNA

PLACA

AYR50

NACIONALIDAD
PLACA

COLOMBIA

3VWFE21C62M431391 Volkswagen
CHASIS

MD2DJB3Z86VA00695

MARCA

Bajaj
AÑO RESOLUDE
CION DE
FAB DIVISION

2007

0193J06002023000115

ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con MULTA al Sr. JUAN AURELIO ALEDO
CIUDAD por un monto ascendente a la suma de S/ 15,026.00 QUINCE
MIL VEINTISEIS CON 00/100 SOLES; correspondiente al valor FOB del vehículo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 200 de la Ley General de Aduanas y de acuerdo a la sanción aplicable a la infracción P37 del Literal D de la Sección II de la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Asimismo, debe tomarse como fecha de comisión de la infracción el día 31/03/2023 para la determinación de los intereses correspondientes en virtud de los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con MULTA a la Sra. CYNTHIA YAHAIRA
CARREÑO FIESTAS por un monto ascendente a S/ 15,943.00 QUINCE
MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 00/100 SOLES, correspondiente al valor FOB del vehículo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 200 de la Ley General de Aduanas y de acuerdo a la sanción aplicable a la infracción P37 del Literal D de la Sección II de la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución. Asimismo, debe tomarse como fecha de comisión de la infracción el día 31/03/2023 para la determinación de los intereses correspondientes en virtud de los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con MULTA al Sr. MYNOR EDUARDO
HERRERA FLORES por un monto ascendente a la suma de S/
6,318.00 SEIS MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 SOLES, correspondiente al valor FOB del vehículo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 200 de la Ley General de Aduanas y de acuerdo a la sanción aplicable a la infracción P37 del Literal D de la Sección II de la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución. Asimismo, debe tomarse como fecha de comisión de la infracción el día 31/03/2023 para la determinación de los intereses correspondientes en virtud de los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con MULTA al Sr. CÉSAR AUGUSTO
RUIZ TABORDA por un monto ascendente a la suma de S/ 62,809.00
SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON 00/100 SOLES, correspondiente al valor FOB del vehículo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 200 de la Ley General de Aduanas y de acuerdo a la sanción aplicable a la infracción P37 del Literal D de la Sección II de la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución. Asimismo, debe tomarse como fecha de comisión de la infracción el día 31/03/2023 para la determinación de los intereses correspondientes en virtud de los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con MULTA al Sr. PHILIP WINKEL
CHRISTIAAN por un monto ascendente a la suma de S/ 6,634.00
SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES, correspondiente al valor FOB del vehículo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 200 de la Ley General de Aduanas y de acuerdo a la sanción aplicable a la infracción P37 del Lite ral D de la Sección II de la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución. Asimismo, debe tomarse como fecha de comisión de la infracción el día 31/03/2023 para la determinación de los intereses correspondientes en virtud de los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con MULTA al beneficiario del Régimen de Vehículos para Turismo Sr. SEBASTIEN LUISIER por un monto ascendente a la suma de S/ 5,105.00 CINCO MIL CIENTO CINCO
CON 00/100 SOLES, correspondiente al valor FOB del vehículo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 200 de la Ley General de Aduanas y de acuerdo a la sanción aplicable a la infracción P37 del Literal D de la Sección II de la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución. Asimismo, debe tomarse como fecha de comisión de la infracción el día 31/03/2023 para la determinación de los intereses correspondientes en virtud de los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con MULTA al Sr. GRATIANNE MILAINE
PLATEAU PLATEAU por un monto ascendente a S/ 18,238.00
DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100
SOLES, correspondiente al valor FOB del vehículo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 200 de la Ley General de Aduanas y de acuerdo a la sanción aplicable a la infracción P37 del Literal D de la Sección II de la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución. Asimismo, debe tomarse como fecha de comisión de la infracción el día 31/03/2023 para la determinación de los intereses correspondientes en virtud de los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con MULTA al Sr. ROBERT ROHRDANZ
por un monto ascendente a S/ 4,729.00 CUATRO MIL SETECIENTOS
VEINTINUEVE CON 00/100 SOLES, correspondiente al valor FOB del vehículo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 200 de la Ley General de Aduanas y de acuerdo a la sanción aplicable a la infracción P37 del Literal D de la Sección II de la Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Asimismo, debe tomarse como fecha de comisión de la infracción el día 31/03/2023 para la determinación de los intereses correspondientes en virtud de los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

3

019-2023003483

S/ 15,026.00

019-2023003485

S/ 15,943.00

019-2023003487

S/ 6,318.00

019-2023003489

S/ 62,089.00

019-2023003490

S/ 6,634.00

019-20233884

S/ 5,105.00

019-20233881

S/ 18,238.00

019-20233882

S/ 4,729.00

DETERMINACIÓN
ARTICULO PRIMERO: MODIFICAR la Resolución de División N 019- 3J0600/2023-000090 de la siguiente manera:
Donde dice: Que, mediante el Certificado de Ingreso Temporal CIT N 15-019-0205-2019-003292 se autorizó el ingreso al país al amparo del Reglamento para el Ingreso, Salida y Permanencia Temporal de Vehículos de Uso Particular para Turismo aprobado con el Decreto Supremo N 076-2017-EF, del vehículo con placa AYR50, chasis N MD2DJB3Z86VA00695, marca Bajaj, año de fabricación 2007 y de origen colombiano, a favor del beneficiario Sr. YEISON ENRIQUE RUBIO LUNA identificado con Cédula de Identificación N 79972811, registrándose como fecha y hora de paso: 26/06/2019 y 17:58:40 p.m.
respectivamente, con fecha de vencimiento para regularizar su salida hasta el día 23/09/2019;
Debe decir: Que, mediante el Certificado de Ingreso Temporal CIT N 15-019-0205-2019-004206 se autorizó el ingreso al país al amparo del Reglamento para el Ingreso, Salida y Permanencia Temporal de Vehículos de Uso Particular para Turismo aprobado con el Decreto Supremo N 076-2017-EF, del vehículo con placa BSE693, chasis N HZJ750038423, marca Toyota, año de fabricación 1998 y de origen colombiano, a favor del beneficiario Sr. GIL ARIALDO REY SIERRA identificado con Pasaporte N AW103642, registrándose como fecha y hora de paso: 09/08/2019 y 18:28:21 p.m. respectivamente, con fecha de vencimiento para regularizar su salida hasta el día 07/09/2019;

About this edition

Diario Oficial El Peruano del 15/12/2023

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date15/12/2023

Page count52

Edition count2745

First edition01/01/2016

Last issue26/05/2024

Download this edition

Other editions