Diario Oficial El Peruano del 9/12/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

Lima, jueves 9 de diciembre de 2021 I EL PERUANO

12. FORMA DE PAGO: Efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA
NACIÓN, en Soles S/.

Se recomienda el uso de protector facial a modo preventivo

13. GRAVÁMENES: Los que se indican. Una vez adjudicados los bienes registrables, se ordenará, de corresponder, se deje sin efecto toda carga o gravamen registrados en SUNARP que pese sobre el bien, salvo las anotaciones de demanda, de conformidad con el artículo 116 numeral 10 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.

Mantener el distanciamiento social de 1.5 metros durante toda la estancia en el lugar donde se desarrollará el remate

Evitar aglomeraciones durante el ingreso y salida del local

Desinfección de manos y uso de alcohol evitar tocarse los ojos, nariz y boca

Se dará preferencia de ingreso a los postores que acrediten dicha condición, de acuerdo al aforo permitido.

14. ADVERTENCIA: Los bienes se rematan dónde están y como están, en el estado en que se encuentren, a la vista y sin lugar a reclamo posterior, SIENDO DE CARGO DE LOS INTERESADOS VERIFICAR
LA INFORMACION DE LA PARTIDA REGISTRAL, EL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL BIEN, REALIZAR PREVIAMENTE LAS VERIFICACIONES Y CONSTATACIONES, REVISAR ZONIFICACIÓN
Y/O LIMITACIONES Y/O OBLIGACIONES DE ORDEN MUNICIPAL Y/O REGLAMENTO INTERNO DE
LOS INMUEBLES QUE LES INTERESE ADJUDICARSE Y EN GENERAL CUALQUIER SITUACIÓN E
INFORMACIÓN RELACIONADA A LOS BIENES MATERIA DE REMATE; CONDICIONES QUE SON
DE PLENO CONOCIMIENTO DE LOS POSTORES Y ADJUDICATARIOS. De conformidad a las normas vigentes, SUNAT transfiere la propiedad del inmueble adjudicado y es de cargo del adjudicatario la desocupación del inmueble, de ser el caso y conforme ley. Asimismo, corresponde al adjudicatario efectuar el pago de alcabala de acuerdo a ley.
15. AFORO MÁXIMO PERMITIDO: 30 personas.

No se permitirá el ingreso a las personas que no cumplan con dichas condiciones de bioseguridad.
La participación como postor en el remate es completamente gratuita.
Podrá asistirse al evento en ropa casual, o formal, de preferirlo, acorde con la seriedad propia del acto público a desarrollarse.
Para cualquier consulta o sugerencia favor escribir a los Martilleros Públicos: NECIOSUP FABERIO JOSE
LUIS: neciosup.faberio@gmail.com, teléfono 949424378,; PANESI MORENO ALDO LUIS apanesi@gmail.com , teléfono 3483951-994208442. Para mayor información ingresar al link: http rematestributarios.sunat.gob.pe/
ó contactarnos al teléfono 964408217 o 965066935.
BASE LEGAL:

En cumplimiento del Plan de Vigilancia, Prevención y Control de la COVID 19 de la SUNAT, se tomarán las siguientes medidas de bioseguridad, previas al ingreso al local donde se desarrollará el remate:

Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo 133-2013-EF y normas modificatorias.

Uso de doble mascarilla una quirúrgica de tres pliegues debajo y sobre ella una mascarilla comunitaria o una KN95 o N95

Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT y normas modificatorias.

Reglamento de la Ley del Martillero, aprobado mediante Decreto Supremo 008-2005-JUS.

005-2019264-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL
ADUANERO
NOTIFICACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO

COMUNICADO

De conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del inciso e del artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N. 135-99-EF y normas modificatorias, la SUNAT cumple con NOTIFICAR
la presente publicación, al deudor tributario que a continuación se detalla:

PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS E INFORMES TÉCNICOS
SOBRE ARBITRIOS MUNICIPALES 2022

CONTRIBUYENTE
: NO IDENTIFICADO
: -----------DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
: -----------LIQUIDACIÓN DE
COBRANZA
MONTO
: -----------ACTA DE
: Nº 316-0300-2018-000094
INCAUTACIÓN
del 03.07.2018
RESOLUCIÓN DE
: Nº 000104-2021-SUNAT/322200
DIVISIÓN
del 02.12.2021
RESUELVE:
ARTICULO ÚNICO. - Declarar el COMISO de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 316-0300-2018000094, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Se hace de conocimiento que la citada resolución podrá ser impugnada - reclamada dentro de los veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, de conformidad con el artículo 49 de la Ley N.
28008, en concordancia con el artículo 137 del Texto Único Ordenado del Código Tributario; caso contrario se le otorgará a la resolución ahora notificada la calidad de consentida.
Cabe indicar que de considerar presentar un recurso impugnatorio, debe ser ingresada a través de la MESA DE PARTES VIRTUAL: http
orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personasm e nu / c e n t r o - d e - t ra m i t e s - v i r t u a l / m e s a - d e partes-virtual, mediante la opción de solicitud electrónica, considerando que, como usuario de este servicio, será responsable del contenido y registro de la información que presente, teniendo el carácter de Declaración Jurada; asimismo, le sugerimos registrarse con su RUC y autenticar con la Clave SOL; asimismo, se precisa que como contribuyente o ciudadano puede recibir orientación a través de nuestra central de consultas 0-801-12-100; 315-0730 o desde 4000
desde celulares o al correo electrónico xxxxv@
sunat.gob.pe. Cualquier información pueden acercarse a la Intendencia Nacional de Control Aduanero, ubicada en Av. Gamarra N. 680 Chucuito - Callao - Callao, de 8:30h a 16:30h, o comunicarse al siguiente número: Teléf. 634-3600, Anexo 20667.

El Diario Oficial El Peruano con la finalidad de cumplir en la forma y plazos establecidos por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, respecto a la publicación de ordenanzas ratificadas por la Municipalidad de Lima Metropolitana, hace de conocimiento público lo siguiente:

005-2019260-1

005-2018509-1

Las solicitudes efectuadas por los Gobiernos Locales para la publicación de Ordenanzas e Informes Técnicos sobre Arbitrios Municipales, se recibirán hasta el mediodía del viernes 24 de diciembre de 2021.
Para el envío de los archivos electrónicos se deberá considerar lo siguiente:
1.

Las solicitudes se enviará a los siguientes correos según su condición de pago::
Correo para publicaciones crédito : normaslegales@editoraperu.com.pe Correo para cotizaciones contado : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe
2.
3.
4.
5.

6.
7.

Adjuntar las solicitudes de publicación, indicando código de crédito si lo tuvieren, o en todo caso adjuntar el depósito por publicación.
Adjuntar en un solo PDF los documentos a publicar, de cuyo contenido se debe advertir el orden de la normas con sus anexos para su publicación.
Adjuntar el archivo Word con todos sus anexos, ordenados de la misma manera que el PDF del documento original.
Los cuadros deben ser trabajados en el mismo archivo Word como TABLAS, no se aceptarán como imágenes, gráficos o archivos vinculados. En los casos que las tablas sean mayores a una página, se admitirá en archivo Excel.
Los cuadros de fórmulas deben ser consignados también como TABLAS.
Con relación a las cotizaciones, no se admitirá el cambio del documento PDF original o de sus archivos digitales. En el supuesto que hubiera cambios, deberán presentar una nueva solicitud de cotización.
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
AI VISTAMAR S.A.
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE EIRL
POR ACTA DE DECISIÓN DE TITULAR DE FECHA
01.12.2021 SE ACORDÓ LA DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE LA EMPRESA PARADISE PIZZA
EIRL CON R.U.C. N 20601510406, DESIGNÁNDOSE COMO LIQUIDADORA A CECILIA
ELENA SANRINDO L,I CON D.N.I. N 07227947.
LIMA, 01 DE DICIEMBRE DE 2021.
CECILIA ELENA SANRINDO LI
DNI N 07227947
LIQUIDADORA
002-2019078-1

Por Junta General de Accionistas de fecha 01
de diciembre del 2021, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad AI VISTAMAR S.A.
nombrándose como liquidador al señor ANDRES
ADOLFO ZUBIATE HENRICI, identificado con DNI
N 08746570, lo que se hace de conocimiento conforme a lo establecido en el artículo 412 de la Ley General de Sociedades.
Lima, 01 de diciembre del 2021
EL LIQUIDADOR
009-2019429-1
002-2019083-1

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Diario Oficial El Peruano del 9/12/2021

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date09/12/2021

Page count48

Edition count2747

First edition01/01/2016

Last issue06/06/2024

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