Diario Oficial El Peruano del 29/11/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, lunes 29 de noviembre de 2021

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE PUNO
NOTIFICACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO UBICARSE
SU DOMICILIO, NO IDENTIFICADOS O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO , que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de Intendencia decretando los actos administrativos.
La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento notificado o solicitarlo a través de la mesa de partes virtual ingresando a www.sunat.gob.pe. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 160 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.

RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN

ACTA DE INCAUTACIÓN

N560-2021-SUNAT/3H0500 del 19.11.2021 181-0205-2017-0001326 del 30.09.2017
N562-2021-SUNAT/3H0500 del 19.11.2021

181-2016-0205-001112 del 09.10.2016

DETERMINACION
ARTICULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía detallada en el Acta de Incautación N181-0205-2017-0001326 de fecha 30.SET.2017,de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar la DEVOLUCIÓN de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N181-2016-0205-001112 de fecha 09.OCT.2016,al propietario de la mercancía incautada,previa presentación de la documentación que acredite su derecho.

RESOLUCIÓN
INTERVENIDO/
ACTA SIGEDA
DETERMINACION
DE DIVISIÓN
INFRACTOR
N 181-0400- ARTICULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada,mediante Acta SIGEDA N181-0400-2005-000107 de fecha 13.FEB.2005,de conformidad con lo establecido en el artículo CHAMBI
N000539-2021SUNAT/3H0500 MAMANI,WALTER 2005-000107 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros,Ley N28008; ARTÍCULO SEGUNDO.- Sancionar a WALTER CHAMBI MAMANI identificado con DNI N01997384 y sin RUC,con una multa ascendente a S./6,418.00seis del 02.11.2021 con DNI 01997384 de 13.02.2005 mil cuatrocientos dieciocho con 00/100 soles,respecto de las mercancías consignadas en el Acta SIGEDA N181-0400-2005-000107 del 13.FEB.2005,de conformidad con lo establecido en el literal a del artículo 39 de la Ley de los Delitos Aduaneros,Ley N28008. ARTÍCULO TERCERO.-Oficiar a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Puno,una vez consentida o firme quede la presente Resolución,a efectos de que se aplique la sanción de SUSPENSIÓN de licencia de conducir a WALTER CHAMBI MAMANI,identificado con DNI N01997384 y Licencia de Conducir NU-01997384,por el término de un 01 año,a fin que registre la sanción como antecedente en el registro de conductores,conforme a los considerando expuestos en la presente Resolución,debiéndose proceder con levantar la sanción impuesta una vez cumplido el periodo descrito. ARTÍCULO CUARTO.- Sancionar con el INTERNAMIENTO TEMPORAL del vehículo con placa de rodaje NUH-2268,marca METROPOLITANO,modelo SCANIA,por un período de sesenta60
días calendario,el cual deberá computarse a partir de la fecha de su captura o cuando sea puesto a disposición de la Administración Aduanera;debiendo requerir a Candelaria Canaza Quispe,identificada con DNI
N02050309,propietaria del vehículo,en un plazo de cinco05 días hábiles de notificada la presente Resolución,pongan a disposición de la Administración Aduanera el vehículo con placa de rodaje NUH-2268,a fin de dar cumplimiento a la sanción de INTERNAMIENTO TEMPORAL,bajo apercibimiento de OFICIAR a la Jefatura de la Dirección Territorial PNP Puno,para la ubicación y captura del vehículo,con la finalidad de que sea internado en el depósito oficial de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones,siendo una vez cumplida la sanción de internamiento deberá devolverse el vehículo el vehículo a su legitimo propietario,conforme a los considerandos antes expuestos. Contiene L/C N 2021-608
N000539-2021- CANAZA QUISPE, N 181-0400- ARTICULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada,mediante Acta SIGEDA N181-0400-2005-000107 de fecha 13.FEB.2005,de conformidad con lo establecido en el artículo SUNAT/3H0500 CANDELARIA con 2005-000107 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros,Ley N28008; ARTÍCULO SEGUNDO.- Sancionar a WALTER CHAMBI MAMANI identificado con DNI N01997384 y sin RUC,con una multa ascendente a S./6,418.00seis de 13.02.2005 mil cuatrocientos dieciocho con 00/100 soles,respecto de las mercancías consignadas en el Acta SIGEDA N181-0400-2005-000107 del 13.FEB.2005,de conformidad con lo establecido en el literal a del artículo DNI 02050309
del 02.11.2021
39 de la Ley de los Delitos Aduaneros,Ley N28008. ARTÍCULO TERCERO.-Oficiar a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Puno,una vez consentida o firme quede la presente Resolución,a efectos de que se aplique la sanción de SUSPENSIÓN de licencia de conducir a WALTER CHAMBI MAMANI,identificado con DNI N01997384 y Licencia de Conducir NU-01997384,por el término de un 01 año,a fin que registre la sanción como antecedente en el registro de conductores,conforme a los considerando expuestos en la presente Resolución,debiéndose proceder con levantar la sanción impuesta una vez cumplido el periodo descrito. ARTÍCULO CUARTO.- Sancionar con el INTERNAMIENTO TEMPORAL del vehículo con placa de rodaje NUH-2268,marca METROPOLITANO,modelo SCANIA,por un período de sesenta60
días calendario,el cual deberá computarse a partir de la fecha de su captura o cuando sea puesto a disposición de la Administración Aduanera;debiendo requerir a Candelaria Canaza Quispe,identificada con DNI
N02050309,propietaria del vehículo,en un plazo de cinco05 días hábiles de notificada la presente Resolución,pongan a disposición de la Administración Aduanera el vehículo con placa de rodaje NUH-2268,a fin de dar cumplimiento a la sanción de INTERNAMIENTO TEMPORAL,bajo apercibimiento de OFICIAR a la Jefatura de la Dirección Territorial PNP Puno,para la ubicación y captura del vehículo,con la finalidad de que sea internado en el depósito oficial de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones,siendo una vez cumplida la sanción de internamiento deberá devolverse el vehículo el vehículo a su legitimo propietario,conforme a los considerandos antes expuestos.
N 181-0400- ARTICULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada,mediante Acta SIGEDA N181-0400-2017-000161 de fecha 09.FEB.2017,de conformidad con lo establecido en el PARIAPAZA
N000524-20212017-000161 artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros,Ley N28008; ARTÍCULO SEGUNDO.- Sancionar a RUDY EDUARDO PARIAPAZA SUPO identificado con DNI N70768302 y sin RUC,con una multa ascendente a SUPO,RUDY
SUNAT/3H0500
de 09.11.2017 S./205.00Doscientos cinco con 00/100 soles,respecto de las mercancías consignadas en el Acta SIGEDA N181-0400-2017-000161 del 09.NOV.2017,de conformidad con lo establecido en el literal a del artículo EDUARDO con del 26.10.2021
DNI 70768302
39 de la Ley de los Delitos Aduaneros,Ley N28008;declarándose responsable solidario de esta multa a la empresa ETTUC S.R.L.,con RUC N20448660304,conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución. ARTÍCULO TERCERO.- Sancionar a la empresa ETTUCC S.R.L., con RUC N20448660304,con una multa ascendente a S./205.00Doscientos cinco con 00/100 soles,respecto de las mercancías consignadas en el Acta SIGEDA N181-0400-2017-000161 del 09.NOV.2017,de conformidad con lo establecido en el literal a del artículo 39 de la Ley de los Delitos Aduaneros,Ley N28008;declarándose responsable solidario de esta multa a RUDY EDUARDO PARIAPAZA SUPO,identificado con DNI N70768302,sin RUC,conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución. ARTÍCULO CUARTO.Oficiar a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Puno,una vez consentida o firme quede la presente Resolución,a efectos de que se aplique la sanción de SUSPENSIÓN de licencia de conducir a RUDY EDUARDO PARIAPAZA SUPO,identificado con DNI N70768302 y Licencia de Conducir NU-70768302,por el término de un 01 año,a fin que registre la sanción como antecedente en el registro de conductores,conforme a los considerando expuestos en la presente Resolución,debiéndose proceder con levantar la sanción impuesta una vez cumplido el periodo descrito. ARTÍCULO QUINTO.- Sancionar con el INTERNAMIENTO TEMPORAL del vehículo con placa de rodaje NZ0R-962,marca RENAULT,modelo MASTER,con motor NM9TA876C009757 y chasis N93YMEN4KEEJ808417,por un período de sesenta60
días calendario,el cual deberá computarse a partir de la fecha de su captura o cuando sea puesto a disposición de la Administración Aduanera;debiendo requerir a ETTUCC SRL.,con RUC N20448660304,propietario del vehículo,en un plazo de cinco05 días hábiles de notificada la presente Resolución,pongan a disposición de la Administración Aduanera el vehículo con placa de rodaje NZ0R-962,a fin de dar cumplimiento a la sanción de INTERNAMIENTO TEMPORAL,bajo apercibimiento de OFICIAR a la Jefatura de la Dirección Territorial PNP Puno,para la ubicación y captura del vehículo,con la finalidad de que sea internado en el depósito oficial de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones,siendo una vez cumplida la sanción de internamiento deberá devolverse el vehículo el vehículo a su legitimo propietario,conforme a los considerandos antes expuestos. Contiene L/C N2021-602 Y N2021-603

005-2015713-1

AVISO
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TUMBES
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas detalladas a continuación que se ha decretado sanción de COMISO, MULTA y otros actos administrativos a través de las Resoluciones de División detalladas a continuación, en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros. Asimismo, En vista que se han suspendido los plazos administrativos, una vez culminado el estado de emergencia, la persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede solicitar copia del documento notificado, a través del correo electrónico solicitudestumbes@sunat.gob.pe, Mesa de Partes Virtual de la SUNAT, o acercarse a la Intendencia de Aduana de Tumbes ubicada en ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 - Eje Vial 01 - Aguas Verdes - Zarumilla -Tumbes, y podrá impugnar dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de culminado el estado de emergencia.
ACTA DE INCAUTACIÓN RESOLUCIÓN CONCLUSIÓN
- INMOVILIZACIÓN
DE DIVISIÓN
019-0300-2021-000183
019-3J0500COMISO
2021-000811
005-2015716-1

002-2014416-1

En cumplimiento y para los fines establecidos en el artículo 245 de la Ley N 26702- Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - informamos, que mediante Escritura Pública de fecha 28 de octubre de 2021, extendida ante Notario Público de Lima, Doctor Alejandro Paul Rodriguez Cruzado, se ha constituido un Patrimonio Fideicometido, conforme al Contrato suscrito entre Balzola Perú S.A.C., en calidad de Fideicomitente; Corfid Corporación Fiduciaria S.A., en calidad de Fiduciario; Cobra Instalaciones y Servicios S.A. y Cobra Perú S.A., en calidad de Fideicomisarios;
y Vladimir Martin Gutierrez Herrera, en calidad de Depositario.
CORFID CORPORACIÓN FIDUCIARIA S.A.
002-2015954-1

EDICTO
Ante la OR Callao - RENIEC, ELSA EUGENIA RAMAL
ZAVALA, identificada con DNI N 06694399, mediante el proveído N 002945-2021/ORCA/JR10LIM/GOR/
RENIEC, solicita la Rectificación Administrativa de su acta de nacimiento N 1012570075.
Para que aparezca consignado correctamente el nombre de la madre de la titular del acta como: BETSABÉ
EUGENIA ZAVALA MANRIQUE DE RAMAL, y no como erróneamente aparece consignado.
Se efectúa la publicación prevista en el Artículo 73 del D.S. N. 015-98-PCM.
Callao, 10 de noviembre del 2021
Mg. JOSE CRISTOBAL BELLMUNT ALLAIN
Jefe Oficina Registral - Callao Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 002-2015969-1

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Diario Oficial El Peruano del 29/11/2021

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date29/11/2021

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Edition count2747

First edition01/01/2016

Last issue06/06/2024

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