Diario Oficial de Yucatán del 5/8/2021
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Source: Diario Oficial de Yucatán
DIARIO OFICIAL
MÉRIDA, YUC., JUEVES 5 DE AGOSTO DE 2021.
PÁGINA 127
Egresos Presupuestarios
Egresos Presupuestarios
Egresos Presupuestarios
III = I - II
III = I - II
III = I - II
Estimado/Aprobado 6
Devengado 7
Recaudado/Pagado 8
III. Balance presupuestario Superávit o Déficit
III = I - II
III = I - II
III = I - II
IV. Intereses, Comisiones y Gastos de la Deuda 11
COG 9200, 9300, 9400
Y 9500
COG 9200, 9300, 9400 Y
9500
COG 9200, 9300, 9400
Y 9500
V= III + IV
V= III + IV
V= III + IV
Estimado/Aprobado 6
Devengado 7
Recaudado/Pagado 8
A. Financiamiento 12
CRI RUBRO 0
CRI RUBRO 0
CRI RUBRO 0
B. Amortización de la deuda 13
COG 9100
COG 9100
COG 9100
C = A - B
C = A - B
C = A - B
4. Egresos del Sector Paraestatal
III. Balance Presupuestario Superávit o Déficit
Concepto 5
V. Balance Primario Superávit o Déficit V= III + IV
Concepto 5
C. Financiamiento Neto
TRANSITORIOS
PRIMERO. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y surte efectos de manera obligatoria a partir del 1º de enero de 2022.
SEGUNDO. - Las Entidades Federativas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 7, segundo párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental deberán publicar el presente Acuerdo, en sus medios oficiales de difusión escritos y electrónicos, dentro de un plazo de 30 días hábiles siguientes a la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO. - En términos del artículo 15 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Secretario Técnico llevará un registro en una página de Internet de los actos que los entes públicos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México realicen para adoptar las decisiones del Consejo. Para tales efectos, los Consejos de Armonización Contable de las Entidades Federativas remitirán a la Secretaría Técnica la información relacionada con dichos actos a la dirección electrónica conac_sriotecnico@hacienda.gob.mx, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la conclusión del plazo fijado en el transitorio anterior.
En la Ciudad de México, siendo las once horas del día 14 de julio del año dos mil veintiuno, con fundamento en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64
del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, HAGO CONSTAR Y
CERTIFICO que el documento consistente en 5 fojas útiles, rubricadas y cotejadas, corresponde con el texto del ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL MANUAL DE CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL, aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su segunda reunión celebrada, en primera convocatoria, el 13 de julio del presente año, situación que se certifica para los efectos legales conducentes. El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, Juan Torres García.- Rúbrica.
IMPRESO EN LA DIRECCIÓN DEL DIARIO OFICIAL