Diario Oficial de la República de Chile del 10/3/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 10 de Marzo de 2020

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Sección I - 6

Nº 42.600

I. Introducción
El año 2016 se introdujo al sistema de Educación Superior un nuevo mecanismo de financiamiento para las instituciones pertenecientes a éste. Este mecanismo, conocido como gratuidad, se incorporó en la ley de presupuestos, focalizándose en los estudiantes de los hogares pertenecientes al 50% más vulnerable que estuviesen matriculados en universidades estatales o en universidades privadas que manifestaran su voluntad de adscribir al financiamiento, previo cumplimiento de ciertos requisitos.
Posteriormente, en 2017, también por la vía presupuestaria, se amplió dicha política pública a los institutos profesionales y los centros de formación técnica, y en 2018, con la misma técnica legislativa, se incorporó como estudiantes elegibles para acceder a estudios gratuitos a aquellos provenientes del sexto decil de menores ingresos.
Asimismo, durante el año 2018 el financiamiento institucional para la gratuidad se consagró en forma permanente en la ley Nº 21.091, sobre educación superior.
Dicho cuerpo legal regula en detalle el financiamiento aludido en su título V, incorporando normas relativas a temas tales como los requisitos y condiciones que deben mantener las instituciones para recibir el financiamiento, los requisitos y condiciones de los estudiantes para acceder a la exención de cobro derivada de la gratuidad, las condiciones macroeconómicas que permitirán ampliar su aplicación a estudiantes provenientes de familias pertenecientes a los deciles de ingreso superiores, la regulación de aranceles, y la Comisión de Expertos para la regulación de aranceles, entre otros temas.
En dicho contexto, el presente documento se elaboró sobre la base de la propuesta presentada por la Subsecretaría de Educación Superior en adelante, la Subsecretaría a la Comisión de Expertos para la regulación de aranceles, y los comentarios y observaciones realizados por dicha comisión a la propuesta, según lo dispuesto en el artículo trigésimo séptimo de las disposiciones transitorias de la ley. Es así como, de acuerdo con el marco legal establecido en la ley precitada, las presentes bases técnicas contienen una metodología para calcular el arancel regulado de determinados grupos de carreras, así como los derechos básicos de matrícula y los costos de titulación o graduación, los que posteriormente se establecerán en el respectivo acto administrativo que disponga las primeras bases técnicas, lo cual marcará el inicio del régimen que consagra la ley.
Cabe señalar que, a inicios del presente año, la Subsecretaría diseñó y ejecutó un levantamiento de información que buscaba conocer la estructura de costos de las carreras y programas para su correcta agrupación y determinación de financiamiento, como parte de las tareas previas a la elaboración de la primera propuesta. Paralelamente, y de conformidad a lo ordenado por el legislador, se realizó una consulta a las instituciones adscritas al financiamiento para la gratuidad y a sus respectivas federaciones de estudiantes, sobre las observaciones que dichos actores

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Diario Oficial de la República de Chile del 10/3/2020 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date10/03/2020

Page count56

Edition count1245

First edition17/08/2016

Last issue19/03/2024

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