Diario Oficial de la República de Chile del 20/2/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.584

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 20 de Febrero de 2020

INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
CVE 1728337
CONVALIDA ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS QUE INDICA
Resolución Núm. 284 exenta.- Santiago, 14 de febrero de 2020.
Vistos:

Sección I - 3

Lo dispuesto en el artículo 81º, letra a del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo; lo señalado en el Numeral 1, Nº 22 del artículo 1º del DS Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el art. quincuagésimo noveno de la ley Nº 19.882; la resolución Nº 6 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican; y las facultades que me confiere el art. 35º de la Constitución Política de la República de Chile, Decreto:
1.- Pónese término a contar del 13 de febrero de 2020 al orden de subrogancia establecido en decreto exento Nº 60 del 22.03.2018, del Ministerio de Salud.
2.- Establécese que, a contar del 13 de febrero de 2020, el orden de subrogancia al cargo de Director del Servicio de Salud Arauco, en caso de ausencia o impedimento del titular, será el siguiente:

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Lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, especialmente lo dispuesto en la letra f de su artículo 4º; en la ley Nº 19.880 de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.799, de 2002, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado mediante el decreto supremo Nº 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto supremo Nº 69, de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en el que consta el nombramiento de esta autoridad; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:

1.- Que el Subdirector de Tecnologías de Información y Comunicaciones ha informado la errónea revocación de uno de los certificados de firma electrónica que dispone esta autoridad para la firma de distintos actos jurídicos número de serie 0x4D419190644729F9, que suscribe en el ámbito de sus competencias, a saber:
títulos y certificados de marcas y patentes, libros de registros de marcas, estados diarios de marcas y actos administrativos emitidos a través de nuestro sistema de gestión documental Sigedoc.
2.- Que cada uno de los actos suscritos dentro del período firmado gozaba de una presunción de legalidad, que en cuanto a su firma electrónica debe ser saneada mediante la ratificación de la misma a la época de su dictación.
3.- Que conforme los principios de transparencia y publicidad, no formalización y economía procedimental, mediante el presente acto se ratificarán las firmas de todos los actos jurídicos suscritos, y determinables, tal y como se indica en la parte resolutiva, desde la fecha de su dictación original, esto es, retroactivamente, conforme lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 19.880.
Resuelvo:

Segundo orden de subrogancia Jefe Depto. Auditoría Servicio de Salud Arauco.

3.- El indicado orden de subrogancia solo podrá ser asumido si dichos cargos son desempeñados por personal titular del segundo nivel jerárquico de la planta del citado Servicio de Salud, nombrados a través del Sistema de Alta Dirección Pública.
4.- El Director subrogante asumirá sus funciones, en caso de ser necesario, a contar de la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.
Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Paula Daza Narbona, Ministra S de Salud.
Transcribo para su conocimiento decreto exento Nº 14 de 13 de febrero de 2020.- Saluda atentamente a Ud., Solana Terrazas Martins, Subsecretaria de Salud Pública S.
CVE 1728626
PONE TÉRMINO Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA AL
CARGO DE DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD RELONCAVÍ
Núm. 15 exento.- Santiago, 13 de febrero de 2020.
Visto:

Artículo primero: Convalídense todas las actuaciones administrativas suscritas por esta autoridad desde el 6 de enero de 2020, a las 17:49 hrs., y hasta el 4 de febrero a las 17:05 hrs. de 2020, según levantamiento de los datos pertinentes que ha efectuado el Subdirector de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, los que originalmente fueron suscritos con el certificado de firma electrónica instalado en el dispositivo criptográfico denominado token, número de serie 0x4D419190644729F9, el que fue revocado erróneamente por la empresa contratada al efecto, para otorgar el servicio de certificación de firma electrónica.

Artículo segundo: Déjase constancia que, conforme su naturaleza, se emitirán de oficio y gratuitamente, aquellos títulos y certificados que se hubieren emitido dentro del período de tiempo señalado en el artículo anterior.
Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Loreto Bresky Ruiz, Directora Nacional, Instituto Nacional de Propiedad Industrial.

Ministerio de Salud
SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES
CVE 1728628
PONE TÉRMINO Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA AL
CARGO DE DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD ARAUCO
Núm. 14 exento.- Santiago, 13 de febrero de 2020.
Visto:

Primer orden de subrogancia Subdirector/a Administrativo Servicio de Salud Arauco.

Lo dispuesto en el artículo 81, letra a del DFL N 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834 sobre Estatuto Administrativo; lo señalado en el Numeral I, N 22 del artículo 1 del DS N 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Art. quincuagésimo noveno de la ley N 19.882; la resolución N 6 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican; y las facultades que me confiere el Art. 35
de la Constitución Política de la República de Chile, Decreto:

1.- Pónese término a contar del 23 de enero de 2020 al orden de subrogancia establecido en decreto exento N 41 del 09.03.2018, del Ministerio de Salud.
2.- Establécese que, a contar del 23 de enero de 2020, el orden de subrogancia al cargo de Director del Servicio de Salud Reloncaví, en caso de ausencia o impedimento del titular, será el siguiente:
Primer orden de subrogancia Subdirector Administrativo Servicio de Salud.
Segundo orden de subrogancia Director Hospital de Puerto Montt.
Tercer orden de subrogancia Subdirector Administrativo Hospital de Puerto Montt.
3.- El indicado orden de subrogancia solo podrá ser asumido si dichos cargos son desempeñados por personal titular del segundo nivel jerárquico de la planta del citado Servicio de Salud, nombrados a través del Sistema de Alta Dirección Pública.

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Diario Oficial de la República de Chile del 20/2/2020 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date20/02/2020

Page count28

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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