Diario Oficial de la República de Chile del 3/7/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 3 de Julio de 2019

Nº 42.394

Normas Generales PODER EJECUTIVO

Ministerio de Hacienda
RE
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N ES
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IA IÓ
L N

El parámetro remuneracional fijado en el inciso anterior es para una jornada ordinaria de trabajo de 44 o 45 horas semanales. Si la jornada fuere inferior a aquella, dicho parámetro se calculará en forma proporcional a una jornada de 44 horas.

CVE 1615227
FIJA PARÁMETRO REMUNERACIONAL Y PORCENTAJE DE LA
DIFERENCIA ENTRE DICHO PARÁMETRO Y LA REMUNERACIÓN
BRUTA MENSUALIZADA, DETERMINADA EN CONFORMIDAD A
LO PREVISTO EN EL DECRETO SUPREMO DEL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Nº 230, DE 2016, AL CUAL ASCENDERÁ LA ASIGNACIÓN
ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 3º DE LA LEY Nº 20.905, PARA EL
PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL MES DE JULIO DE 2019 Y EL
MES DE JUNIO DE 2020
Núm. 760.- Santiago, 24 de junio de 2019.
Visto:

Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República;
en el artículo 3º de la ley Nº 20.905, que regulariza beneficios de estudiantes, sostenedores y trabajadores de la educación que indica; el decreto supremo Nº 230, de 2016, del Ministerio de Educación que reglamenta la asignación para el personal que se desempeña en las funciones de director, educador de párvulos, técnicos de educación parvularia, administrativo y auxiliar en los Establecimientos de Educación Parvularia Financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles a que se refiere el artículo 3º de la ley Nº 20.905, y la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:

1.- Que la ley Nº 20.905 en su artículo 3º, establece que un decreto supremo del Ministerio de Hacienda, suscrito además por el Ministro de Educación, fijará anualmente el parámetro remuneracional y el porcentaje de la diferencia entre dicho parámetro y la remuneración bruta mensualizada, al cual ascenderá la asignación para el personal que desempeña las funciones que dicha disposición indica, en establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
2.- Que los valores que se establezcan regirán para el período comprendido entre el mes de julio de 2019 y el mes de junio de 2020.
3.- Que de acuerdo a la citada norma, el referido parámetro tendrá en consideración la remuneración bruta pagada por la Junta Nacional de Jardines Infantiles al personal de su dependencia que desempeña las funciones de director, educador de párvulos, técnico de educación parvularia, administrativo y auxiliar en los establecimientos que administra de manera directa, de acuerdo a los criterios definidos en el inciso segundo del artículo 4º del decreto supremo Nº 230, de 2016, del Ministerio de Educación.
Decreto:

Artículo 1º.- El parámetro remuneracional que se aplicará para el período comprendido entre los meses de julio de 2019 y junio de 2020, será el siguiente:

Artículo 2º.- Para el período comprendido entre el mes julio de 2019 y junio de 2020, la asignación del artículo 3º de la ley Nº 20.905 ascenderá a un 100% de la diferencia entre el parámetro indicado en el artículo anterior y la remuneración bruta mensualizada calculada de conformidad al reglamento del artículo 3º antedicho.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- ANDRÉS CHADWICK
PIÑERA, Vicepresidente de la República.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Francisco Matte Risopatrón, Jefe de Gabinete Ministerio de Hacienda.
CVE 1616428
DETERMINA EL COMPONENTE VARIABLE PARA EL CÁLCULO DEL
IMPUESTO ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN LA LEY N 18.502
Núm. 196 exento.- Santiago, 1 de julio de 2019.
Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 N 6 de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL N 7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, que Organiza las Secretarías del Estado; en la Ley N 18.502, que Establece Impuestos a Combustibles que señala; en la Ley N 20.765, que Crea Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles que indica; en la Ley N 20.794, que Extiende la cobertura del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles creado por la Ley N
20.765; en el decreto N 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento para la aplicación del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la Ley N 20.765 y sus modificaciones; en los oficios ordinarios N 421 y N 422, ambos de 1 de julio de 2019, de la Comisión Nacional de Energía; y en la Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:

Que, esta Cartera de Estado ha realizado las estimaciones referidas en el artículo 3 de la Ley N 20.765 y, respectivamente, en los artículos 3 bis y 8 de su Reglamento.
Decreto:

1.- Determínanse los siguientes componentes variables de los impuestos específicos establecidos en la Ley N 18.502, que Establece impuestos a los combustibles que señala, en virtud de lo señalado en el artículo 3 de la Ley N 20.765:
Componente Variable Gasolina Automotriz de 93 octanos en UTM/m3
0,1680
Gasolina Automotriz de 97 octanos en UTM/m3
0,0000
Petróleo Diésel en UTM/m3
0,3306
3 Gas Licuado del Petróleo de Consumo Vehicular en UTM/m
0,2871
Gas Natural Comprimido de Consumo Vehicular en UTM/1000m3
0,4362
COMBUSTIBLE

2.- Aplícanse a contar del día 4 de julio de 2019, los componentes variables expuestos en la tabla precedente, del numeral anterior.
3.- Determínanse, como consecuencia de lo anterior, las tasas de los Impuestos Específicos de los Combustibles establecidos en la Ley N 18.502, los cuales serán iguales a su componente base, considerando además el componente variable, que puede ser sumado o restado según lo previsto en el artículo 3 de la Ley N 20.765
y, lo dispuesto en el artículo 8 de su Reglamento.

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Diario Oficial de la República de Chile del 3/7/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date03/07/2019

Page count80

Edition count1245

First edition17/08/2016

Last issue19/03/2024

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