Diario Oficial de la República de Chile del 25/6/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 25 de Junio de 2019

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
Unidad Jurídica Cursa con alcance la resolución N6, de 2019, de la Intendencia de la Región de la Araucanía N3.966.- Temuco, 10 de junio de 2019.
Esta Contraloría Regional ha dado curso al instrumento del rubro, en virtud del cual se delegan las facultades que en él se indican, en el entendido que se efectúa en favor del Gobernador de Malleco, y no como se señala en el resuelvo 1.

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3. Que, la jurisprudencia administrativa contenida en el dictamen N61.256, de 2011, ha precisado que la máxima autoridad regional, en ejercicio de la prerrogativa que le confiere la preceptiva reseñada, puede delegar en el Gobernador las facultades que la ley le señale como susceptibles de serlo, y que ésta podrá tener carácter general o particular, en la medida que la materia sobre la cual recaiga sea específica.
4. Que, sin perjuicio de lo anterior, se desprende del artículo 43 letra d de la Ley 18.575 de Bases de la Administración del Estado, el cual señala La responsabilidad por las decisiones administrativas que se adopten o por las actuaciones que se ejecuten recaerá en el delegado, sin perjuicio de la responsabilidad del delegante por negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones de dirección o fiscalización.
5. Que, es preciso recordar que esta Intendencia, como organismo integrante de la Administración del Estado, debe dar el ejemplo en la región, respecto al pleno cumplimiento de lo señalado en la ley N18.575 en su artículo 3 inciso segundo, en cuanto a que se deberá observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación, control; como asimismo a los principios de probidad y transparencia reconocidos en los artículos 8 de la Constitución Política de la República y 13, 52 y siguientes del referido texto legal, actuando con objetividad e imparcialidad y velando por el resguardo de los recursos públicos.
6. Que, el artículo 30 en concordancia con el artículo 26 letra a del DFL N22, citado en el numeral 4 de los Vistos, establecen que los Intendentes y Gobernadores deberán impulsar el progreso general del territorio a su cargo; procurarán levantar el nivel cultural y moral de la población; y propenderán a su bienestar, estimulando el trabajo y las actividades productoras. Para estos fines podrán concertar, con otras autoridades o representantes de servicios públicos o entidades privadas, programas de acción común. Asimismo en esta materia el Gobernador dentro de sus atribuciones tendrá el deber de atender a los fines de justicia social, educación, salubridad, trabajo, moralidad pública y asistencia, que corresponden a la misión gubernativa.
7. Que, en este contexto, según el documento contenido en el numeral 9 de los Vistos, la Gobernación Provincial de Malleco, solicita que se le delegue la facultad de este Intendente contenida en el artículo 2, letra i de la Ley N19.175, que señala Representar extrajudicialmente al Estado en la región para la realización de los actos y la celebración de los contratos que queden comprendidos en la esfera de su competencia.
8. Que, lo anterior radica en la necesidad de realización de convenios con organismos públicos y/o privados para la ejecución de programas de acción común, en beneficio de la población de la región.
9. Que, la Gobernación Provincial de Malleco, solicita se delegue facultades para firma de un convenio con la Secretaría Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región de la Araucanía, destinado a Programa Noche Digna 1, Componente 1, del Plan Invierno para personas en situación de calle, año 2019, para la Región de la Araucanía.
10. Que, se deberá velar por emplear los recursos fiscales en provecho del bienestar del universo de los beneficiarios objetivos del respectivo programa, no pudiendo ser empleados para fines ajenos a estos.
11. Que, en virtud de lo preceptuado en el los numerales 5 y 6 de los Vistos, en concordancia con la resolución N554, citada en el numeral 7 de los Vistos, el presente acto administrativo incide en materias sujetas a trámite de Toma de Razón ante la Contraloría General de la República.

Nº 42.388

Saluda atentamente a Ud., Rafael Díaz-Valdés Tagle, Contralor Regional de la Araucanía, Contraloría General de la República.
Al señor Intendente Región de la Araucanía Temuco.

Ministerio de Hacienda
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Dirección Nacional
CVE 1610247
MODIFICA RESOLUCIÓN N7.591 DEL 2 DE OCTUBRE DE 2012
Extracto
Mediante resolución exenta N2.853 del 11 de junio de 2019, del Director Nacional de Aduanas, se modificó la resolución N7.591 del 2 de octubre de 2012, que establece las instrucciones y plazos pertinentes para el envío de los mensajes electrónicos para contenedores vacíos entre puertos chilenos y la nave que los transporta corresponda a una nave con tráfico internacional.
Esta resolución entra en vigencia a contar del 1 de julio de 2019.
El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas www.aduana.cl.- José Ignacio Palma Sotomayor, Director Nacional de Aduanas.

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
Resuelvo:

1. Deléguese: en el Gobernación Provincial de Malleco, la facultad para firma de un convenio con la Secretaría Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región de la Araucanía, destinado a Programa Noche Digna 1, Componente 1, del Plan Invierno para personas en situación de calle, año 2019, para la Región de la Araucanía.
2. El gasto que irroguen los actos que se delegan en esta resolución se harán con cargo a la disponibilidad de fondos presupuestarios transferidos a cada Gobernación.
El Gobernador Provincial de Malleco deberá informar mensualmente al Intendente Regional de la Araucanía, sobre las contrataciones a honorarios, los avances y estado de ejecución de los convenios delegados en ejercicio de la presente resolución.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Jorge Atton Palma, Intendente Región de la Araucanía.

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SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

CVE 1610234
DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE
EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO
Resolución
Núm. 1.985 exenta.- Santiago, 19 de junio de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 5, 24 y 41 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N88, de 1953, del Ministerio de Hacienda; en el decreto N747, de 1953, del Ministerio de Economía y Comercio, actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en la ley N19.983; en la ley N21.131; en el decreto N52, de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y la resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

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Diario Oficial de la República de Chile del 25/6/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date25/06/2019

Page count28

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Last issue19/03/2024

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