Diario Oficial de la República de Chile del 29/4/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.341

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 29 de Abril de 2019

El sello holográfico contendrá la figura de una estrella de cinco puntas según consta en la imagen, la cual estará ubicada al centro del pictograma con las medidas indicadas en el cuadro precedente..
En el subtítulo Físicas del título Características Específicas del Documento Licencia de Conductor, sección Medidas de Seguridad del Documento:

Sección I - 3

Considerando:
1.- Que, la resolución exenta N388, de 2 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana estableció, como medida de gestión de tránsito en la ciudad de Santiago, determinadas vías exclusivas para el transporte público.
2.- Que, el artículo 10 del decreto ley N799, de 1974, que regula el uso y circulación de vehículos estatales, dispone que aquellos asignados a las autoridades que menciona el inciso tercero de su artículo 3º, pueden ser usados en actividades propias del cargo, sin restricciones.
3.- Que, dentro de dichas autoridades se comprenden a los Ministros de Estado, Subsecretarios, Contralor General de la República, Presidente, Ministros y Fiscal de la Corte Suprema y Presidentes de las Cortes de Apelaciones, quienes desempeñan primordialmente sus funciones en la ciudad de Santiago por lo que requieren, para el eficaz desempeño de sus altas investiduras, que se les otorguen toda clase de facilidades en sus desplazamientos vehiculares.
4.- Que, por lo anterior, resulta necesario autorizar que dichos vehículos puedan circular en las vías exclusivas establecidas en la resolución exenta N388, de 2007, citada en el Visto, debiendo las instituciones públicas a las cuales pertenecen dichas autoridades certificar la individualización de los vehículos exclusivamente destinados a estas, de conformidad con el mencionado decreto ley N799.
5.- Que, teniendo presente, además, que algunas de dichas autoridades, en sus desplazamientos vehiculares, son acompañadas, por motivos de seguridad personal, por vehículos escolta, resulta del todo conveniente extender también a dichos móviles la posibilidad de circular por estas pistas de uso exclusivo.
6.- Que, de conformidad con el artículo 3 letra f del DFL N1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en adelante, la ley 18.695, constituye una función privativa de los municipios el aseo y ornato de la comuna, para lo cual y, por medio de la unidad municipal correspondiente, deben ejecutarse labores de aseo de los bienes nacionales de uso público y proveerse el servicio de extracción de basuras, en especial el de residuos sólidos domiciliarios.
7.- Que, el artículo 11 del Código Sanitario, reforzando lo anterior, señala que los municipios deben proveer la limpieza de los lugares públicos y recolectar, transportar y eliminar las basuras residuos o desperdicios que se depositen o produzcan en la vía urbana.
8.- Que, siendo las vías exclusivas bienes nacionales de uso público, resulta evidente la necesidad de que aquellos vehículos destinados por el municipio a labores de aseo de estas, puedan circular por ellas mientras ejecuten dicha acción de limpieza.
9.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N1, de 2007, citado en el Visto, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.

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- Reemplázanse en el primer párrafo los símbolos > por mayor o igual a y < por menor o igual a.
- Reemplázase en el décimo párrafo donde señala: Llevará una o más figuras equivalentes a una impresión ópticamente variable u holograma con la forma que determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y, por el siguiente Llevará la figura equivalente a una impresión ópticamente variable u holograma con la forma establecida en el cuarto cuadro del presente Anexo, y..

Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Mónica Wityk Peluchonneau, Jefa División Administración y Finanzas.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División de Infraestructura y Regulación
Cursa con alcance el decreto N124, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones N10.871.- Santiago, 18 de abril de 2019.

La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica el decreto N170, de 2016, el que a su vez modifica en lo que interesa los decretos Nos 23, de 2000, y 97, de 1984, todos de ese origen.
Sin perjuicio de lo anterior, y atendido que, con posterioridad a la emisión del acto de la suma, el reseñado decreto N170, de 2016, entró en vigencia y produjo sus efectos, cumple con hacer presente que las modificaciones que ahora se disponen debe entenderse que se efectúan, en lo pertinente, a los también mencionados decretos Nos 23, de 2000, y 97, de 1984.
Con el alcance que precede se ha tomado razón del decreto del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
A la señora Ministra de Transportes y Telecomunicaciones Presente.

Secretaría Regional Ministerial XIII Región Metropolitana
CVE 1582420
MODIFICA RESOLUCIÓN N388 EXENTA, DE 2007, DE LA SECRETARÍA
REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
DE LA REGIÓN METROPOLITANA
Resolución
Núm. 2.627 exenta.- Santiago, 10 de abril de 2019.
Visto:

Lo dispuesto por los artículos 1º y 19 N8 de la Constitución Política de la República de Chile, la Ley N18.059; los artículos 107 y 113 del DFL N1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N83/85 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sobre Redes Viales Básicas; las resoluciones N39, de 1992 y N59, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta N388, de 2 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y sus modificaciones posteriores;
la resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Resuelvo:

1.- Modifícase el párrafo primero del resuelvo N2 de la exenta N388, de 2 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, en el sentido de agregar las siguientes letras j y k:
j Vehículos asignados a las autoridades señaladas en el inciso tercero del artículo 3º del DL N799, de 1974, para ser usados en actividades propias del cargo y, aquellos vehículos que escolten a los primeros por motivos de seguridad, cuando corresponda. Para acreditar la condición de los señalados vehículos las instituciones a las cuales pertenezcan dichas autoridades deberán remitir a esta Secretaría Regional una nómina con el detalle de dichos vehículos, la que deberá renovarse cada vez que exista una modificación de la misma.
k vehículos destinados o autorizados exclusivamente por las municipalidades para realizar labores de aseo de bienes nacionales de uso público y/o extracción y transporte de residuos sólidos domiciliarios.
El municipio, a través de la unidad que corresponda, para acreditar lo anterior, deberá certificar aquellos vehículos que cumplan las señaladas condiciones, enviando una nómina actualizada de los mismos a esta Secretaría Regional Ministerial, la que deberá renovarse cada vez que exista un cambio en la misma.
2. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Eddy Roldán Cabrera, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana de Santiago.

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Diario Oficial de la República de Chile del 29/4/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date29/04/2019

Page count36

Edition count1245

First edition17/08/2016

Last issue19/03/2024

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