Diario Oficial de la República de Chile del 8/3/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 9 de Marzo de 2019

la adopción de planes adecuados frente a la necesidad de evacuación y rescate de personas, y en la posterior rehabilitación de los bienes y la atención de las personas afectadas por la catástrofe.
3.- Que, asimismo, ha sido necesario atender la seguridad pública en las zonas afectadas, disponiéndose para ello una adecuada coordinación de los órganos de la Administración del Estado, para evitar que cundiera una situación de desorden o pánico.
4.- Que, en dicho contexto, a través del apuntado decreto supremo N68, se declaró el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en la Región del Biobío, con excepción de las comunas de Concepción y Talcahuano, por un lapso de 30 días, contado desde su publicación en el Diario Oficial.
5.- Que, las medidas adoptadas en virtud de dicha declaración, si bien han resultado efectivas para garantizar la mantención del orden público, y asistir a la población de la zona afectada por esa calamidad pública, son parte de un proceso que continúa desarrollándose en esa zona del territorio nacional, manteniéndose asimismo las condiciones de hecho que hicieron necesaria la declaración de estado de excepción constitucional.
6.- Que, al respecto, el artículo 8º de la ley N18.415, Orgánica Constitucional de los estados de excepción, dispone en su inciso primero que el estado de catástrofe puede declararse por un plazo máximo de 90 días, sin perjuicio de la facultad del Presidente de la República para solicitar su prórroga o una nueva declaración si subsisten las circunstancias que han motivado la declaración original, como ocurre en la especie.
7.- Que, teniendo en cuenta lo anteriormente señalado,
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la Administración del Estado, para evitar que cundiera una situación de desorden o pánico.
4.- Que, en dicho contexto, a través del apuntado decreto supremo N67, se declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en la Región de la Araucanía, con excepción de la comuna de Temuco, por un lapso de 30 días, contado desde su publicación en el Diario Oficial.
5.- Que, las medidas adoptadas en virtud de dicha declaración, si bien han resultado efectivas para garantizar la mantención del orden público, y asistir a la población de la zona afectada por esa calamidad pública, son parte de un proceso que continúa desarrollándose en esa zona del territorio nacional, manteniéndose asimismo las condiciones de hecho que hicieron necesaria la declaración de estado de excepción constitucional.
6.- Que, al respecto, el artículo 8º de la ley N18.415, Orgánica Constitucional de los estados de excepción, dispone en su inciso primero que el estado de catástrofe puede declararse por un plazo máximo de 90 días, sin perjuicio de la facultad del Presidente de la República para solicitar su prórroga o una nueva declaración si subsisten las circunstancias que han motivado la declaración original, como ocurre en la especie.
7.- Que, teniendo en cuenta lo anteriormente señalado,
Nº 42.299

Decreto:

Artículo primero: Prorróguese el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado en la Región de la Araucanía, con excepción de la comuna de Temuco, mediante el decreto supremo N67, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo adicional de 30 días, a contar del vencimiento del período previsto en dicho acto administrativo.

Artículo segundo: Renuévese, por el mismo período, la designación como Jefe de la Defensa Nacional en la Región de la Araucanía, con excepción de la comuna de Temuco, del General de Brigada del Ejército, señor Rodrigo Pino Riquelme, con las mismas facultades que se establecieron en el decreto supremo N67 de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Alberto Espina Otero, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Ximena Risco Fuentes, Subsecretaria del Interior S.
CVE 1558494
PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN
CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO CON
EXCEPCIÓN DE LAS COMUNAS DE CONCEPCIÓN Y TALCAHUANO, POR EL LAPSO QUE INDICA
Núm. 119.- Santiago, 4 de marzo de 2019.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32º N5, y 41, de la Constitución Política de la República de Chile; en la Ley N18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción; en el decreto supremo N68, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y en la resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y;
Considerando:

1.- Que, según se diera cuenta en el decreto supremo N68, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, durante el periodo correspondiente a la temporada 2018-2019, han tenido lugar en la Región del Biobío, con excepción de las comunas de Concepción y Talcahuano, un total de 316 incendios forestales declarados. Tal cifra ha representado un incremento de un 36% respecto del periodo inmediatamente anterior, y a su vez, un aumento de un 28% en relación con el promedio del último quinquenio en la Región; y que, en lo que respecta a la superficie afectada por esta situación de catástrofe, ha alcanzado a un total de 1.914,15 hectáreas, circunstancia que se tradujo en un aumento de superficie comprometida de un 136%, comparado con la temporada anterior.
2.- Que, lo anterior se ha constituido como una calamidad pública, que ha generado el requerimiento de eficiencia y eficacia en el uso de recursos, y la organización de personas por parte de los servicios públicos competentes, tanto durante los procesos de combate y extinción de los incendios forestales, como en
Decreto:

Artículo primero: Prorróguese el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado en la Región del Biobío, con excepción de las comunas de Concepción y Talcahuano, mediante el decreto supremo N68, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo adicional de 30 días, a contar del vencimiento del período previsto en dicho acto administrativo.
Artículo segundo: Renuévese, por el mismo período, la designación como Jefe de la Defensa Nacional en la Región del Biobío, con excepción de las comunas de Concepción y Talcahuano, del Contraalmirante de la Armada, señor Carlos Huber Vio, con las mismas facultades que se establecieron en el decreto supremo N68, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Alberto Espina Otero, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Ximena Risco Fuentes, Subsecretaria del Interior S.
CVE 1558495
PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN
CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN LAS COMUNAS DE MARIQUINA
Y PANGUIPULLI, POR EL LAPSO QUE INDICA
Núm. 120.- Santiago, 4 de marzo de 2019.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32º N5, y 41, de la Constitución Política de la República de Chile; en la Ley N18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción; en el decreto supremo N69, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y en la resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y;
Considerando:
1.- Que, según se diera cuenta en el decreto supremo N69, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, durante el periodo correspondiente a la temporada 2018-2019, han tenido lugar en las comunas de Mariquina y Panguipulli, correspondientes a la Región de Los Ríos, un total de 9 incendios forestales declarados. Tal cifra ha representado un incremento de un 125% respecto del periodo inmediatamente anterior, y a su vez, un aumento de un 50% en relación con el promedio del último quinquenio en la zona; y que, en lo que respecta a la superficie afectada por esta situación de catástrofe, ha alcanzado a un total de 258
hectáreas, circunstancia que se tradujo en un aumento de superficie comprometida de un 301%, comparado con el último quinquenio.

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Diario Oficial de la República de Chile del 8/3/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date08/03/2019

Page count104

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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