Diario Oficial de la República de Chile del 4/3/2019 - Secciones I-IV

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Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 4 de Marzo de 2019

Adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana Cuba del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.
11. Conjuntos de Principios para la Protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de Detención o Prisión.
Adoptado por la Asamblea General en su Resolución N 43-173, de 09.12.1998.
ÍNDICE
PROTOCOLOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO

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e El Decreto Supremo Nº1.364, de fecha 13.11.2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Establece Disposiciones Relativas al Uso de la Fuerza en las intervenciones para el mantenimiento del orden público;
f La Orden General Nº2.287, de fecha 14.08.2014, publicada en el B/O.
Nº4561, que aprobó la actualización de los Protocolos de intervención para el mantenimiento del orden público;
g La necesidad de dar eficacia al derecho, de acuerdo a parámetros operativos y jurídicos que garanticen la eficiencia y eficacia del servicio policial, con pleno respeto a los derechos fundamentales que emanan de la naturaleza humana, y mediante procedimientos estandarizados que garanticen el respaldo legal de la intervención policial y;
h Las atribuciones conferidas al General Director de Carabineros en los artículos 51 y 52, letras h y p, de la Ley Nº18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile; y en el artículo 19º, del Reglamento de Documentación, Nº22, de Carabineros de Chile.

Nº 42.295

Se ordena:

1.- Apruébanse los nuevos Protocolos de Intervención para el Mantenimiento del Orden Público y se dispone su revisión y actualización cada cuatro años por parte de la Subdirección General de Carabineros, sea corrigiéndolos, sustituyéndolos o agregando otros, según lo dispuesto en el inciso segundo del Decreto Nº1.364, de fecha 13.11.2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
2.- Dispónese que todas las actividades de Carabineros a nivel nacional, relativas al resguardo del derecho de reunión y al mantenimiento del orden público, se enmarquen dentro de los lineamientos, criterios, principios y etapas que establecen los protocolos respectivos.
3.- Derógase la Orden General Nº2.287, de fecha 14.08.2014, citada en el literal f, de los Visto.
Publíquese en el Diario Oficial, en el Boletín Oficial y en la página web institucional.- Mario Alberto Rozas Córdova, General Director Carabineros de Chile.
CARABINEROS DE CHILE

PROTOCOLOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO

NORMAS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
APLICABLES A LA FUNCIÓN POLICIAL Y ABREVIATURAS EMPLEADAS

1. Declaración Universal de Derechos Humanos Declaración Universal.
Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A III, de 10 de diciembre de 1948.
2. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Pacto INDC.
Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A XXI, de 16 de diciembre de 1966. Fecha de publicación y vigencia en Chile: 29 de abril de 1989.
3. Convención Americana sobre Derechos Humanos Convención Americana.
Suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969. Fecha de publicación y vigencia en Chile: 5 de enero de 1991.
4. Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Convención contra la Tortura.
Adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 39/46, de 10 de diciembre de 1984. Fecha de publicación y vigencia en Chile: 26 de noviembre de 1988.
5. Convención sobre los Derechos del Niño Convención Derechos del Niño.
Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989. Fecha de publicación y vigencia en Chile: 27 de septiembre de 1990.
6. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belem do Pará.
Adoptada en Belem do Pará, Brasil, en el 24º Período de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, 6 de septiembre de 1994. Fecha de publicación y vigencia en Chile: 11 de noviembre de 1998.
7. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.
Fecha de publicación de vigencia en Chile el 05.03.1968, Decreto 709.
8. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley Código de Conducta.
Adoptado por la Asamblea General en su resolución 34/169, de 17 de diciembre de 1979.
9. Directrices para la Aplicación Efectiva del Código de Conducta para Funcionarios encargados de Hacer Cumplir la Ley Directrices.
Resolución 1989/61 del Consejo Económico y Social de 24 de mayo de 1989.
10. Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley Principios Básicos.

1 RESGUARDO DEL DERECHO DE MANIFESTACIÓN
1.1. Protección de manifestantes.
2 RESTABLECIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO
2.1 Intervención en manifestaciones Lícitas con autorización.
2.2 Intervención en manifestaciones Lícitas sin autorización.
2.3 Intervención en manifestaciones Ilícitas violentas.
2.4 Intervención en manifestaciones Ilícitas agresivas.
2.5 Trabajo de vehículo lanza agua.
2.6 Trabajo de vehículo táctico de reacción.
2.7 Empleo de disuasivos químicos.
2.8 Empleo de escopeta antidisturbios munición no letal.
2.9 Empleo de armas de fuego.
3 DESALOJOS
3.1 Desalojo frente a ocupación o usurpación de inmueble.
3.2 Desalojo de establecimientos educacionales de enseñanza básica y media.

4 PROCEDIMIENTOS CON INFRACTORES DE LEY
4.1 Ingreso a Establecimiento Educacional de Enseñanza Básica y Media para la detención de manifestantes en comisión de delitos flagrante.
4.2 Privación de Libertad de manifestantes adultos.
4.3 Privación de Libertad de N.N.A. Niños, niñas y Adolescentes.
4.4 Traslados de imputados.
4.5 Registro de personas privadas de libertad.
5 TRABAJO CON EL INDH, DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE
LA NIÑEZ, PERSONAS Y ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y
MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
5.1 Coordinación con Instituto Nacional de Derechos Humanos INDH y la Defensoría de los Derechos de la Niñez.
5.2 Trato y diálogo con los Medios de comunicación social.
5.3 Trato con personas, organizaciones de la sociedad civil.
6 ANEXOS
6.1 Categorización de las Armas de Fuego.
6.2 Glosario.

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TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date04/03/2019

Page count36

Edition count1245

First edition17/08/2016

Last issue19/03/2024

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