Diario Oficial de la República de Chile del 1/2/2019 - Secciones I-IV

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 1 de Febrero de 2019

2.- Déjese establecido que, don Carlos Francisco Charme Fuentes, tendrá derecho a percibir una asignación de Alta Dirección Pública de un 78%.
3.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo quincuagésimo séptimo, inciso segundo, de la ley Nº 19.882, el presente nombramiento se extenderá por un plazo de tres años, contados desde la fecha señalada en el numeral 1.- del presente decreto, pudiendo renovarse hasta dos veces por igual plazo.
4.- Impútese el gasto que irrogue el presente nombramiento al ítem 05.09.01.21.01, del presupuesto del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
5.- Remítase una copia del presente decreto a la Dirección Nacional del Servicio Civil.

el organismo que lo reemplace. Dichos montos serán aproximados al entero de diez mil más cercano.
5. Que, en este contexto, se ha procedido a verificar la información relativa a la variación presentada por el Índice de Inversión Adicional Regional INVA Regional;
el que de acuerdo a la publicación enviada por el Instituto Nacional de Estadísticas, alcanza al 8% para el anterior período noviembre 2017 - octubre 2018.
6. Que, en consecuencia, corresponde reajustar los montos del valor de compra para el año 2019, conforme la variación del Índice de Inversión Adicional Regional INVA Regional anteriormente indicada.
7. Que, por otra parte, en el marco de las facultades contempladas en el artículo 7 del decreto supremo N 44 de 2011, citado en el Visto, se ha estimado procedente incorporar un incentivo adicional de $10.800.000 diez millones ochocientos mil pesos para los siguientes vehículos:

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Rodrigo Ubilla Mackenney, Subsecretario del Interior.

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES

CVE 1539588
ESTABLECE PARA EL AÑO 2019 MONTOS DEL VALOR DE COMPRA
DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RENOVACIÓN DE BUSES, MINIBUSES, TROLEBUSES Y TAXIBUSES
Resolución
Núm. 149 exenta.- Santiago, 15 de enero de 2019.
Visto:

La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, N 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley N
20.378; la Ley N 18.059; la Ley N 18.696; el DL N 557; el DFL N 343, de 1953
y el DFL N 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; el decreto supremo N 44, de 2011, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior; la resolución exenta N 172 de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.

Nº 42.269

a Vehículo Saliente: Minibús con capacidad mayor a 0 plazas.
b Vehículo Saliente: Buses, Trolebuses y Taxibuses con capacidad entre 0 y 38 plazas inclusive.
c Vehículo Saliente: Buses, Trolebuses y Taxibuses con capacidad entre 39
y 67 plazas inclusive.
d Vehículo Saliente: Buses, Trolebuses y Taxibuses con capacidad mayor o igual a 68 plazas.
Este incentivo adicional se hará efectivo toda vez que el vehículo entrante posea las características que lo hagan utilizable por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible, según lo establecido en la resolución exenta N 172, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Resuelvo:

1 Establécense para el año 2019 los montos anuales del valor de compra, para los tipos de vehículos que se indican y para cada una de las combinaciones de antigedad de vehículo saliente y vehículo entrante, obtenidos a partir de la fórmula de cálculo contenida en Reglamento:
a Vehículo Saliente: Minibús con capacidad mayor a 0 plazas. Montos expresados en millones de pesos
Considerando:

1. Que, el 5 de septiembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial la ley N
20.378, que crea un mecanismo de subsidio de cargo fiscal, destinado a compensar los menores pagos que realizan los estudiantes en los servicios de transporte público remunerado de pasajeros.
2. Que, mediante decreto supremo N 44, de 2011, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior y Seguridad Pública, se aprobó el Reglamento del Programa Especial de Renovación de Buses, Minibuses, Trolebuses y Taxibuses, a que se refiere el artículo cuarto transitorio de la ley N
20.378, en adelante el Reglamento.
3. Que, el 31 de enero de 2018, se publicó en el Diario Oficial la resolución exenta N 114, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la cual determinó para el año 2018, los montos del valor de compra para cada una de las combinaciones de antigedad de vehículo saliente y entrante, de conformidad a lo establecido en el Reglamento.
4. Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 7 del Reglamento, corresponde al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, asesorar a los Gobiernos Regionales para efectos de la determinación de los montos anuales de valor de compra, los que serán publicados en el Diario Oficial previo a la convocatoria a que se refiere el mismo artículo, y se reajustarán anualmente dentro de los primeros cinco días hábiles de cada año, según la variación que en el periodo anterior haya experimentado el Índice de Inversión Adicional Regional INVA Regional, reportado por el Instituto Nacional de Estadísticas o
b Vehículo Saliente: Buses, Trolebuses y Taxibuses con capacidad entre 0 y 38 plazas inclusive. Montos expresados en millones de pesos

About this edition

Diario Oficial de la República de Chile del 1/2/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date01/02/2019

Page count596

Edition count1245

First edition17/08/2016

Last issue19/03/2024

Download this edition

Other editions