Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/3/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O. P. DE CADIZ NUM. 46

que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
En el supuesto de tratarse de personas extranjeras deberán superar una prueba previa, ante el órgano de selección nombrado para valorar la convocatoria a la que se presenten, donde demuestren conocimiento suficiente del idioma español. Esta prueba será calificada de apto o no apto. Quienes, de entre estas personas, hubiesen realizado los estudios oficiales en España o procedan de países cuyo idioma oficial sea el castellano serán eximidas de este requisito por el órgano de selección.

b Edad: tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad para la jubilación forzosa.

c Titulación: estar en posesión del título señalado en el anexo correspondiente para cada plaza convocada. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su homologación oficial; además, se adjuntará al título su traducción jurada.

d Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que aspira. En el supuesto de discapacidad deberá acreditarse la compatibilidad de ésta con el desempeño de las tareas de la plaza a la que se pretende acceder. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el órgano de selección adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de modo que gocen de igualdad de oportunidades.
El certificado de discapacidad se entregará junto a la solicitud de participación en el proceso selectivo.

e Habilitación: no haber sido separado/a o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme, mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. En el caso de personal laboral, no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido/a disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

f Compatibilidad: no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para prestar servicios en la Administración Local.

g Tasas: haber abonado la Tasa por Derechos de Examen, conforme a lo establecido en la base cuarta y lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal número 19 reguladora de los derechos de examen por concurrencia a pruebas selectivas convocadas por el Ayuntamiento de San Fernando.
Únicamente procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los casos, y con las condiciones y alcance, fijados en su Ordenanza reguladora.

3.2.- Las personas aspirantes, independientemente de los anteriores, además deberán reunir aquellos requisitos que se establezcan específicamente para cada plaza en los anexos a esta convocatoria.

3.3.- Los requisitos precedentes deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera de este Ayuntamiento. Y cuando se trate de requisitos de capacidad para el desempeño de las funciones públicas también deberán preservarse a lo largo de la carrera profesional.

3.4.- Quienes resulten titulares de las plazas quedarán sujetos al régimen general de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

CUARTA. - SOLICITUDES

4.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas deberán presentar sus solicitudes, debidamente cumplimentadas, en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES
contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

4.2.- Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial y normalizado que figura como Anexo de las presentes bases y que será facilitado gratuitamente en el Área de Desarrollo de la Administración del Ayuntamiento de San Fernando, Oficina de Atención a la Ciudadanía, sita en la Plaza del Rey s/n, de San Fernando. El modelo también se encuentra disponible a través de la sede electrónica del Ayuntamiento en la siguiente URL https sede.sanfernando.es
En la tramitación de las solicitudes las personas aspirantes tendrán en cuenta que las solicitudes se dirigirán a la alcaldesa de la Corporación, Plaza del Rey s/n, C.P. 11100, San Femando Cádiz.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud, pudiendo demandar su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

4.3.- A la solicitud, debidamente cumplimentada, se acompañará justificante de pago acreditativo de haber abonado el importe de los derechos de examen establecida en la Ordenanza Fiscal número 19 citada. Las exenciones y bonificaciones sobre la tasa se ajustarán a lo establecido en dicha Ordenanza Fiscal.

4.4.- Y en caso de discapacidad o de solicitar reducción o exención de tasa, además:
- Justificación de la exención o reducción de la tasa por derechos de examen.
- Copia del Certificado acreditativo de discapacidad igual o superior al 33%.
- Solicitud de adaptación de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas Base TERCERA, apartado 1.d, en caso de requerirlo el/la aspirante, acompañada de Dictamen Técnico Facultativo de calificación del grado de discapacidad, emitido por el órgano técnico competente.

7 de marzo de 2024

4.5.- Presentación Electrónica.

La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos de Pruebas Selectivas de la sede electrónica del Ayuntamiento, https sede.sanfernando.es, siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica @firma. La presentación por esta vía permitirá:
a Anexar en línea el modelo oficial.
b Anexar documentos a la solicitud.
c Anexar el justificante del pago.
d El registro electrónico de la solicitud.

4.6.- Presentación Presencial.
a Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial, al que se accederá a través de la sede electrónica del Ayuntamiento en la siguiente URL https sede.
sanfernando.es o bien recogiéndola en el Registro General del Ayuntamiento, sito en Plaza del Rey s/n, en horario de apertura de la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
b La presentación de la solicitud, así como de toda la documentación necesaria, se realizará en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De presentarse la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia que se remita sea fechada y sellada por la Oficina de Correos antes de ser certificada. De no ser así no podrá estimarse como presentada en fecha. El/la remitente también podrá exigir que se feche y selle la primera hoja de la copia, fotocopia u otro tipo de reproducción del documento original que se quiera enviar, que servirá como recibo acreditativo de la presentación de la solicitud ante el órgano administrativo competente.

4.7.- Los derechos de examen serán los señalados para cada plaza en los anexos a esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Fiscal número 19 de este Ayuntamiento y se ingresarán mediante pago electrónico a través del sistema de pagos habilitado en la sede electrónica del Ayuntamiento https sede.
sanfernando.es
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en tiempo y forma.

Procederá, previa solicitud de la persona interesada, a la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible presentación de la solicitud o se constate abono de mayor cuantía a la exigida. La exclusión definitiva del proceso selectivo de cualquier aspirante o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.

QUINTA. - ADMISIÓN DE ASPIRANTES

5.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes y dentro del mes siguiente, se dictará Resolución declarando aprobada la lista de las personas aspirantes admitidas y excluidas. Las listas certificadas se expondrán en los lugares establecidos en la Base PRIMERA, apartado 5.

Un extracto de dicha resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz con indicación de:
a Lugar en que quedan expuestas las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, que contendrán los apellidos y nombre, DNI, en su caso, causas que hayan motivado la exclusión.
b El plazo para la subsanación de defectos que se concede a las personas aspirantes excluidas u omitidas.
c El lugar, día y hora de comienzo del primer ejercicio y, en su caso, de la fase de concurso.
d La designación nominal de integrantes del Tribunal Calificador.

5.2.- Las personas aspirantes excluidas u omitidas en dichas relaciones dispondrán de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las relaciones.

Transcurrido dicho plazo, las subsanaciones y reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en Resolución de Alcaldía declarando definitivamente aprobada la lista de aspirantes admitidos.

5.3.- Contra la Resolución a la que se refiere la Base QUINTA apartado 1, así como contra las que resuelvan la subsanación de defectos u omisión a que se refiere la Base QUINTA apartado 2, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.

5.4.- En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres y datos personales se recogen correctamente en la pertinente relación de admitidos.

SEXTA. - TRIBUNAL CALIFICADOR

6.1.- El Tribunal Calificador, compuesto mayoritariamente por personal funcionario designado por la Alcaldía, estará integrado por:
a Presidente/a b Secretario/a c Cuatro Vocales.

6.2.- Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

El personal suplente nombrado para componer el Tribunal Calificador podrá actuar indistintamente en relación con su respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión, en la que no se podrá actuar simultáneamente.

6.3.- La Presidencia y las Vocalías actuarán con voz y voto. La Secretaría del Tribunal Calificador actuará con voz y sin voto, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.4.- Todos los miembros del Tribunal Calificador, titulares y suplentes, deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para la plaza objeto de la

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/3/2024

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date07/03/2024

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Last issue06/06/2024

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