Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/11/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O. P. DE CADIZ NUM. 223

Cádiz, Chiclana-Puerto II, Jerez de la Frontera, La Línea, Puerto Real, San Fernando, Sanlúcar, Villamartín-Arcos, Barbate-Alcalá-Conil, Ubrique y Algodonales, se integra asimismo en el Área los servicios de Igualdad, Participación Ciudadana, Cooperación Internacional y Consumo y Junta Arbitral.

Desarrolla su actividad bajo la dependencia directa del/a Diputado/a que tenga competencias genéricas/específica delegadas en este Servicio.

CUARTA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.

Podrán participar en la presente convocatoria quienes, ostentando la condición de personal funcionario de carrera, reúnan los requisitos exigidos en las presentes bases, tanto si se encuentran en servicio activo como si están en la situación a que hace referencia al artículo 62.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

En todo caso, tendrá la consideración de requisito exigido ostentar la condición de funcionario de carrera, pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A1, en los términos previstos en el artículo 32.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de acuerdo con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 101 de la precitada Ley, y en la relación de puestos de trabajo de la Diputación Provincial de Cádiz.

Cualquier otra condición alegada será considerada mérito.

QUINTA.- SUPUESTOS DE EXCLUSIÓN.

Queda excluido del derecho a participar en la convocatoria aquel personal funcionario de carrera en el que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a Las personas que se encuentren en situación administrativa de suspensión firme de funciones.

b Las personas que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular o de excedencia voluntaria por agrupación familiar, siempre que en uno u otro caso no hayan transcurrido dos años desde la declaración de alguna de dichas situaciones.

SEXTA.- REFERENCIA TEMPORAL.

Las condiciones exigidas en las presentes bases estarán referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

SÉPTIMA.- ADJUDICACIÓN DE PUESTOS.

La adjudicación de los puestos tiene el carácter de irrenunciable.

En el supuesto de haber obtenido simultáneamente otro destino, quien se encuentre en tal circunstancia vendrá obligado a comunicar la opción por la que opte en el plazo señalado por el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de personal al servicio de las Administraciones Públicas.

OCTAVA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

A efectos de presentación de solicitudes y demás documentación, será de aplicación lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica en la Diputación Provincial de Cádiz, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 118, de 24 de junio de 2019 y en la web de la propia Corporación www.dipucadiz.es, que establece que los participantes deberán relacionarse obligatoriamente a través de medios electrónicos, salvo que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, la convocatoria habilite la posible relación a través de medios no electrónicos, en los trámites de presentación de solicitudes y de documentación.

Las solicitudes podrán presentarse, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Las mismas deberán ir acompañadas de Curriculum Vitae en el que se hará mención expresa de la titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo ocupados y organismos en los que se desempeñaron, acciones formativas y jornadas, así como cualquier otro mérito que se estime pertinente. Los anteriores extremos deberán ser acreditados documentalmente.

Se podrá recabar de los participantes en la convocatoria aclaraciones o documentación adicional, cuando de la presentada no resulten suficientemente acreditados los datos alegados en relación con los requisitos exigidos.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas LPACAP, se podrá solicitar el cotejo de las copias aportadas por las personas interesadas, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original. No obstante, según lo indicado en el apartado 7 del artículo 28 de la LPACAP, los/as interesados/as se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

Las personas interesadas en participar en el procedimiento de provisión cursarán sus solicitudes mediante trámite telemático a través de la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz, clicando en el menú superior en TRÁMITES
DISPONIBLES, y desde ÁREAS TEMÁTICAS en Procesos selectivos-solicitud, Provisión de puestos y a continuación Convocatoria pública provisión puestos, mediante libre designación, Director/a de Servicio E-30010.001, E-30010.002, E-30010.003, E-30010.004, E-30010.006, E-30010.007, E-30010.008, E-30010.009 y E-30010.011

INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN EN PAPEL

Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial y normalizado que figura como documento Anexo II, que será facilitado por el Área de Función Pública y Recursos Humanos de la Diputación Provincial de Cádiz, planta baja del Palacio Provincial, sito en la Plaza España, s/n, de la citada localidad.

Podrá descargar el modelo de solicitud a través de la Sede electrónica de la propia Corporación, accesible en el enlace https sede.dipucadiz.es, desde ÁREAS TEMÁTICAS en Procesos selectivos-solicitud, Provisión de puestos, Convocatoria pública provisión puesto, Descargar impresos de solicitud, o bien Rellenar formulario para imprimir.

El modelo también se encuentra disponible en la página web corporativa, www.dipucadiz.es entrando sucesivamente en los siguientes enlaces: Servicios, Función Pública y Recursos Humanos, Libre Designación.

23 de noviembre de 2023

Las solicitudes y documentación se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Cádiz, ubicado en el Edificio Roma, Avenida 4 de diciembre de 1977, número 11-12, C.P. 11071, de Cádiz, o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

NOVENA.- RESOLUCIÓN Y NOMBRAMIENTO.

Una vez comprobado que las personas candidatas cumplen con los requisitos exigidos y una vez acreditado el cumplimiento del procedimiento debido, el órgano competente de la Corporación resolverá motivadamente la convocatoria.

La resolución se ajustará a lo previsto en el artículo 36 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz conforme a lo establecido en el artículo 45 de la misma. Quedará así agotada la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En todo caso, el nombramiento requerirá el informe previo favorable del/la Diputado/a Delegado/a del Área a que pertenezca el puesto de trabajo convocado. El/la Diputado/a aludido/a emitirá su informe en el plazo de cinco días naturales, contados desde el siguiente a la fecha en que se le hubiera solicitado. De no emitir informe en el plazo indicado se considerará que éste es favorable.

El personal directivo estará sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que les hayan sido fijados.

En el caso de que la persona seleccionada tenga acreditada la condición de persona con limitaciones en la actividad, la Diputación Provincial vendrá obligada a realizar las adaptaciones precisas al puesto de trabajo, siempre que ello no requiera modificaciones exorbitantes o excepcionales.

Los nombramientos deberán realizarse en el plazo de un mes, contado desde la finalización de la presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse por un mes.

DÉCIMA.- TOMA DE POSESIÓN.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia de la persona designada, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, en su caso.

Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

DÉCIMO PRIMERA.- CESE.

El órgano competente de la Corporación podrá resolver con carácter discrecional el cese de la persona nombrada, debiendo motivar su decisión.

En ningún caso su cese generará derecho alguno a integrarse en la estructura de la Diputación Provincial de Cádiz fuera de los sistemas legales ordinarios de acceso.

DÉCIMOSEGUNDA.-PUBLICACIÓNDEACTOSADMINISTRATIVOS.

Los actos administrativos relativos a la presente convocatoria se publicarán en la web corporativa https www.dipucadiz.es, así como en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz.

DÉCIMO TERCERA.- RÉGIMEN JURÍDICO Y RECURSOS.

El artículo 32.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, introducido por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, determina el régimen y requisitos de los nombramientos del personal directivo en las Diputaciones Provinciales. Este régimen jurídico debe complementarse con lo dispuesto, con carácter básico, en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015 y la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 7/1985.

La convocatoria para la provisión de los puestos de trabajo, por el procedimiento de libre designación, se rige por las presentes Bases Específicas, de conformidad con lo previsto en la vigente Relación de Puestos de Trabajo de la Corporación y lo establecido en el Texto Consolidado del Estatuto del Personal con Funciones Directivas de Especial Responsabilidad, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 12 de diciembre de 2018, definitivamente aprobado mediante su publicación en el BOP de Cádiz núm. 82, de 3 de mayo de 2019.
Todo ello con sujeción a lo establecido en los artículos 78, 80 y siguientes del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2
de agosto, los artículos 101 y 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el artículo 141.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, así como en el Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, este último con carácter supletorio conforme a su artículo 1.3 en relación con el artículo 168 del Real Decreto Legislativo 781/1986.
ANEXO II
SOLICITUD DE ADMISIÓN A CONVOCATORIA PÚBLICA DE PROVISIÓN DE
PUESTO DE TRABAJO POR EL SISTEMA DE: libre designación concurso comisión servicios 1 DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE
NOMBRE Y APELLIDOS
N.I.F./N.I.E.
CORREO ELECTRÓNICO
TELÉFONO
MÓVIL
NOMBRE DE LA CONVOCATORIA A LA QUE CÓDIGO DE PUESTO
SE PRESENTA
F-NNNNN.NNN

2 FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el puesto al que se opta SI NO
Publicaciones, colaboraciones y trabajos SI NO
Titulaciones académicas directamente relacionadas con el puesto al que se concursa, distintas y de igual o superior nivel a las exigidas para acceder al Grupo/Subgrupo o Grupos/Sugrupos al que está adscrito el puesto SI NO

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/11/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date23/11/2023

Page count43

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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