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Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 8/7/2020
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Source: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife
9014
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 82, miércoles 8 de julio de 2020
reclamación alguna al expediente de Modificación de Crédito 26/2020, de Crédito Extraordinario por aplicación del superávit; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con las modificaciones derivadas de la aplicación de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la nueva estructura de los presupuestos de las entidades locales; queda aprobado definitivamente el expediente referenciado, siendo su resumen por capítulos el siguiente:
CAPÍTULOS QUE AUMENTAN EN GASTOS
Capítulo 4
TOTAL
157.117,21
CAPÍTULOS QUE FINANCIAN INGRESOS
Capítulo 8
157.117,21 TOTAL
157.117,21
157.117,21
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179.4
del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, los legitimados del artículo 170.1 del citado texto normativo podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo contra la aprobación definitiva de la presente modificación presupuestaria, con arreglo a los motivos indicados en el apartado 2 de dicho artículo 170, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
En la Villa de El Sauzal, a 26 de junio de 2020.La Alcaldesa acctal., Fabiola Reyes Torres, firmado electrónicamente.
ANUNCIO
282123211
Habiendo transcurrido el plazo de exposición pública legalmente preceptuado sin haberse presentado reclamación alguna al expediente de Modificación de Crédito 27/2020, Suplemento de crédito como consecuencia del COVID-19; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con las modificaciones derivadas de la aplicación de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la nueva estructura de los presupuestos de las entidades locales; queda aprobado definitivamente el expediente referenciado, siendo su resumen por capítulos el siguiente:
CAPÍTULOS QUE
AUMENTAN EN GASTOS
Capítulo 4
TOTAL
103.677,79
103.677,79
CAPÍTULOS QUE
DISMINUYEN EN
GASTOS
Capítulo 2
103.677,79
TOTAL
103.677,79
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179.4
del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, los legitimados del artículo 170.1 del citado texto normativo podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo contra la aprobación definitiva de la presente modificación presupuestaria, con arreglo a los motivos indicados en el apartado 2 de dicho artículo 170, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
En la Villa de El Sauzal, a 26 de junio de 2020.- La Alcaldesa Accidental, Fabiola Reyes Torres.
ANUNCIO
282223213
Habiendo transcurrido el plazo de exposición pública legalmente preceptuado sin haberse presentado reclamación alguna al expediente de Modificación de Crédito 28/2020, de Transferencia de Crédito entre aplicaciones de distinta Área de Gasto; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con las modificaciones derivadas de la aplicación de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la nueva estructura de los presupuestos de las entidades locales; queda aprobado definitivamente el expediente referenciado, siendo su resumen por capítulos el siguiente:
CAPÍTULOS QUE
AUMENTAN
Capítulo 2
TOTAL
13.990,96
13.990,96
CAPÍTULOS QUE
DISMINUYEN
Capítulo 2
TOTAL
13.990,96
13.990,96
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179.4
del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, los legitimados del artículo 170.1 del citado texto normativo podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo contra la aprobación definitiva de la presente modificación presupuestaria, con arreglo a los motivos indicados en el apartado 2 de dicho artículo 170, en el plazo de dos meses a contar