Boletín Oficial de la República Argentina del 17/11/1998 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 1998

Nº 29.024
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 888.209

1. Contratos sobre personas jurídicas
1.1 SOCIEDADES ANONIMAS

ALKANOS
SOCIEDAD ANONIMA
Por escritura del 28/10/98, pasada ante mí, al folio 379, a cargo del Registro Nº 4, del partido de Lanús, la sociedad ALKANOS S.A. modificaron los arts. 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 8º y 10º del Estatuto los que quedan redactados así: Artículo 1: La Sociedad se denomina ALKANOS S.A. y tiene su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 2: Su plazo de duración es de noventa y nueve años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio, es decir desde el 30 de abril de 1976. Artículo 3: Su objeto son los siguientes: Inmobiliarios: Mediante la compra y venta, permuta, locación de bienes inmuebles urbanos, rurales, baldíos o edificados, por el régimen corriente o por la Ley 13.512, así como la ejecución de obras civiles en cualquier tipo de inmuebles.

2

AÑO CVI

$ 0,70

1. CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURIDICAS
2. CONVOCATORIAS Y AVISOS COMERCIALES
3. EDICTOS JUDICIALES

También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros.
agrícola-ganadera: La explotación, arrendamiento y administración de campos, bosques, haciendas y forestaciones, tambos, granjas, invernadas, cabañas, cereales, oleaginosos y demás fruto del país, ya fuere por compra, venta, acopio, importación, exportación, consignación, distribución, producción, intercambio, cultivo, arrendamiento y/o aprovechamiento de sus riquezas. Comercial:
compra-venta, importación, exportación, comercialización, envasamiento, acopio y fraccionamiento, explotación de patentes de invención, y marcas nacionales y extranjeras, licencias, diseños, modelos industriales, artísticos y literarios y su negociación en el país y/o fuera de él. de materias y productos industriales, químicos, agrícolo-ganaderos y forestales en general y sus subproductos. Industrial: Producción, elaboración y transformación de las materias primas indicadas en el objeto comercial. Mandataria: Representaciones, comisiones, consignaciones, mandatos, custodia y administración de títulos y valores y de cualquier tipo de propiedades urbanas o rurales.
Consultora: La prestación a terceros de servicios de organización, promoción, asistencia técnica, realización de estudios, investigaciones, proyectos y planificación integral a toda clase de empresas e instituciones civiles y comerciales. Cuando los trabajos de asesoramiento, según las respectivas reglamentaciones, hayan sido reservadas a profesionales por responsables inscriptos en las respectivas matrículas. A tal fin cuenta con plena capacidad Jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no fueren prohibidos por las leyes o por este estatuto. Ar tículo 4: El Capital Social se fija en Pesos Quinientos Setenta Mil 570.000 representado en 570.000 acciones ordinarias de $1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Todas las acciones serán nominativas no endosables. Artículo 5: El Capital Social sólo podrá ser aumentado hasta el quíntuplo por decisión de la Asamblea General Ordinaria de accionistas. El Capital Social sólo podrá ser aumentado por decisión de accionistas que representen el 67% de las acciones con derecho a voto. La Asamblea sólo podrá delegar en el Directorio la época de la emisión, forma y condiciones de pago. Las acciones serán nominativas no endosables, ordinarias o preferidas según lo determine la Asamblea General de Accionistas y las mencionadas en último término podrán tener derecho al pago de un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión: podrán también acordárseles una participación adicional en las ganancias liquidas y realizadas y reconocérseles prioridad en el reembolso del capital en caso de liquidación de la Sociedad. Las acciones ordinarias de voto plural podrán conferir hasta cinco votos por acción según se resuelva el emitirlas, salvo para el caso de designación del síndico, en el que todas tendrán derecho a un voto. El accionista que se propone ceder sus acciones a un tercero o a otro accionista lo comunicará al Directorio, quien notificará por medios fehacientes a los restantes accionistas la oferta recibida del tercero o del accionista, para que estos ejerzan el derecho de opción de compra en proporción a las acciones que posean y con derecho de acrecer, dentro de los 30 días siguientes al de la notificación en las mismas condiciones que las propuestas por el tercero o el otro accionista. Artículo 8: La dirección y administración de la sociedad está a cargo del directorio, integrado por tres titulares, pudiendo la asamblea elegir igual número de suplentes. La Asamblea deberá elegir un director suplente para cada uno de los directores titulares en particular. El término de su elección es de dos ejercicios. En su primera sesión el Directorio deberá elegir a un Presidente
4. PARTIDOS POLITICOS
5. INFORMACION Y CULTURA

y dos Vicepresidentes. El directorio sesionará con la mayoría de sus titulares y resuelve por mayoría de los presentes. En garantía de sus funciones los titulares depositarán en la caja social la suma de $200 Pesos Doscientos en efectivo o en títulos públicos. El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor de artículo 1881 del Código Civil y del artículo 9º del Decreto Ley 5965/63. Podrá, especialmente, operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales. de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales; y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del directorio y/o cualesquiera de los Vicepresidentes en forma indistinta. Artículo 10: Las asambleas pueden ser citadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por el artículo 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. El quórum y mayoría se rigen por los artículos 243 y 244 de la ley 19.550, según la clase de asamblea, convocatoria y materia de que se traten. La asamblea extraordinaria en primera y segunda convocatoria se celebrará con la presencia de accionistas que representen el 67%
de las acciones con derecho a voto. Asimismo, las resoluciones de las asambleas extraordinarias tanto en primera como en segunda convocatoria serán tomadas por una mayoría de por los menos el 67% de los votos presentes Escribana - Leticia E. Garello Nº 172.493

ALVEAR 201

SUMARIO
Pág.
1. CONTRATOS SOBRE PERSONAS
JURIDICAS
1.1 Sociedades Anónimas

1

1.2 Sociedades de Responsabilidad Limitada

7

1.3 Sociedades en Comandita por Acciones

10

2. CONVOCATORIAS Y AVISOS
COMERCIALES
2.1 Convocatorias Nuevas
Anteriores

11
32

2.2 Transferencias Nuevas
Anteriores

12
37

2.3 Avisos Comerciales Nuevos
Anteriores

13
39

2.4 Remates Comerciales Nuevos
Anteriores

15
39

3. EDICTOS JUDICIALES
3.1 Citaciones y notificaciones Nuevas
Anteriores

19
43

3.2 Concursos y quiebras Nuevos
Anteriores

20
46

3.3 Sucesiones Nuevas
Anteriores

23
52

3.4 Remates judiciales Nuevos
Anteriores

24
54

4. PARTIDOS POLITICOS
Anteriores

60

SOCIEDAD ANONIMA
Esc. del 6/11/98: Salomón Allami, argentino, soltero, comerciante, de 54 años, L.E. 4.444.291, Suipacha 472, de Capital, Benjamín Allami, argentino, soltero, comerciante, de 56 años, L.E.
4.402.357, Suipacha 472, Capital y Marcos Chama, argentino, divorciado, comerciante, de 64
años, L.E. 4.131.159, Suipacha 472, Capital; Sede legal: Suipacha 472, piso 2º, Of. 209, Capital; Plazo: 99 años; Obj: Fabricación, producción, transformación, compra, venta, importación, exportación, distribución y representación de muebles materias primas y productos elaborados y manufacturados textiles, comprendidos sus procesos de industrialización y comercialización tanto en la fuente de origen de sus materias primas como en sus etapas intermedias, con todas las actividades afines, preparatorias o derivadas, para realizar estos objetos inmediatos o mediatos; Comercial:
mediante la compra, venta, importación, exportación, representación distribución, consignación, de prendas de vestir, de indumentarias, artículos de Blanco, fibras textiles, tejidos hilados y calzados y las materias primas que lo componen. Industrial:
Fabricación, elaboración y transformación de productos y subproductos de cuero, fibras textiles, hilados y tejidos naturales o artificiales y la confección de ropa y prendas de vestir en todas sus formas; Cap.: $12.000; Adm.: mínimo de 1, máximo 5, por 3 años; Representación legal: El Presidente y/o por el Vicepresidente en forma Indistinta; Se prescinde de sindicatura; Cierre ejercicio:
30/11; Presidente: Salmón Allami, vicepresidente:
Benjamín Allami; Director Suplente: Marcos Chama.
Apoderado - Héctor Francisco Taverna Nº 1768

AMOR-TREN
SOCIEDAD ANONIMA
Esc. 2450 11/11/98. 1 María Cristina Giraldi, D.N.I. 6.662.563, casada, domicilio Cazadores 2295 4º B, Cap. Fed.; Ricardo Rafael Ribero, D.N.I.
4.379.022, casado, domicilio Cazadores 2295 4º B Cap. Fed. y Martín Andrés Méndez Pereira, D.N.I. 26.348.942, soltero, domicilio Uriarte 1475
4º A Cap. Fed., todos arg., mayores de edad; 2
AMOR-TREN S.A. 3 Sede social: Avda. Juan de Garay 2618 Cap. Fed. 4 Objeto: ya sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dedicarse a las siguientes actividades: a La compraventa de automotores y rodados en general, sus repuestos, partes y accesorios; b Importación y Exportación: La importación y exportación de todo tipo de bienes permitidos por las leyes mediante la celebración de contratos de distribu-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/11/1998 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date17/11/1998

Page count60

Edition count9340

First edition02/01/1989

Last issue24/05/2024

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