Boletín Oficial de la República Argentina del 27/12/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.329 - Primera Sección
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Miércoles 27 de diciembre de 2023

Decretos

PRESUPUESTO
Decreto 88/2023
DECTO-2023-88-APN-PTE - Prórroga.

Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2023
VISTO el Expediente N EX-2023-152079935-APN-DGDAMEC, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias y el Decreto N1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios,y CONSIDERANDO:
Que a la fecha no se encuentra aprobada la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2024.
Que mediante el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N 24.156 y sus modificatorias se establece que en dicha situación regirá el Presupuesto que estuvo vigente el año anterior, con adecuaciones que deberá hacer el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que dado lo avanzado del Ejercicio Presupuestario 2023, no resulta posible definir con inmediatez y precisión las adecuaciones referidas en el artículo 27 de la mencionada ley, por lo cual estas se llevarán a cabo oportunamente.
Que teniendo en cuenta tal circunstancia, y con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios mínimos y esenciales a cargo de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, corresponde prorrogar los recursos, fuentes financieras y créditos vigentes al cierre del Ejercicio 2023.
Que la citada prórroga contempla las adecuaciones institucionales efectuadas en la reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en el marco del Decreto Nº8 del 10 de diciembre de 2023.
Que asimismo, y con el fin de precisar los conceptos y límites establecidos en el artículo 35 del Anexo al Decreto Nº1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, resulta necesario proceder a su reformulación.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir del 1 de enero de 2024 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 2.- Instrúyese al Jefe de Gabinete de Ministros a adecuar, oportunamente, el presupuesto que se prorroga mediante el artículo 1 del presente decreto con el fin de dar cumplimiento a los incisos 1 y 2 del artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese el artículo 35 del Anexo al Decreto N1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y complementarios por el siguiente:
ARTÍCULO 35.- Las competencias para autorizar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos se adecuarán a las siguientes pautas, según corresponda:
a. El señor Jefe de Gabinete de Ministros, los señores Ministros y los funcionarios con rango y categoría de Ministros, dentro de sus jurisdicciones y las máximas autoridades de los organismos descentralizados del PODER EJECUTIVO NACIONAL, dentro de esas entidades, determinarán quiénes son los funcionarios de nivel equivalente referidos en el presente artículo.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/12/2023 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date27/12/2023

Page count44

Edition count9362

First edition02/01/1989

Last issue10/06/2024

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