Boletín Oficial de la República Argentina del 18/11/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.301 - Primera Sección
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Viernes 17 de noviembre de 2023

Resoluciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DELASEGURIDAD SOCIAL
Resolución 216/2023
RESOL-2023-216-ANSES-ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2023
VISTO el Expediente N EX-2023-136254230- -ANSES-DESSANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES; las Leyes Nros. 24.241, 26.417, 27.160, sus modificatorias y complementarias, y 27.609; el Decreto Nº104 de fecha 12 de febrero de 2021,y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº26.417 establece que las prestaciones previsionales otorgadas en virtud de la Ley N24.241, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las excajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, se ajustarán conforme lo establecido en el artículo 32 de la Ley Nº24.241 y sus modificatorias.
Que la Ley N27.160 dispone que el cálculo del índice de la movilidad de los montos de las asignaciones familiares y universales, como así también de los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley N24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e del artículo 6 de la misma, se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N24.241 y sus modificatorias.
Que por el artículo 1 de la Ley N 27.609 se sustituyó el artículo 32 de la Ley N 24.241, sus modificatorias y complementarias, y se estableció una nueva fórmula para el cálculo de la movilidad; correspondiendo a esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES elaborar y aprobar el índice trimestral y realizar su posterior publicación.
Que, asimismo, por el artículo 4 del mismo cuerpo normativo se sustituyó el artículo 2º de la Ley N26.417 y su modificatoria, disponiendo que, a fin de practicar la actualización trimestral de las remuneraciones a las que se refiere el artículo 24, inciso a y las mencionadas en el artículo 97 de la Ley Nº24.241 y sus modificaciones, se aplicará un índice combinado entre el previsto en el inciso b del apartado I del artículo 5 de la Ley Nº27.260 y sus modificatorias y el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables RIPTE que elabora la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, o quien en el futuro lo sustituya.
Que el Decreto Nº104/2021 aprobó la reglamentación del artículo 32 de la Ley Nº24.241 y su Anexo, sustituidos por el artículo 1 de la Ley Nº 27.609, estableciendo el alcance y el contenido de los términos que integran la fórmula del cálculo de la movilidad.
Que dicho Decreto, además, estableció que esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ANSES publicará cada uno de los valores de las variables que se tuvieron en cuenta para el cálculo del índice de movilidad correspondiente, así como la metodología practicada a tal fin.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS INDEC y la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a través de las Notas NNO-2023-135655624APN-INDECMEC de fecha 14 de noviembre de 2023 y N NO-2023-127987719-APN-SSSMT de fecha 27 de octubre de 2023, han suministrado a esta ANSES el Informe Técnico sobre la evolución del Índice General de Salarios IS del mes de Septiembre de 2023 y la variación observada para el tercer trimestre de 2023 de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables RIPTE, respectivamente; a los fines de calcular el índice de movilidad que determina el artículo 32 de la Ley Nº24.241.
Que, de conformidad con lo expuesto, corresponde determinar el valor de la movilidad en los términos del artículo 32 de la Ley N24.241, que regirá a partir de diciembre de 2023.
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N24.241, el artículo 3 del Decreto N2.741/91 y el Decreto N429/2020.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/11/2023 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/11/2023

Page count95

Edition count9353

First edition02/01/1989

Last issue01/06/2024

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