Boletín Oficial de la República Argentina del 31/08/2020 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.463 - Primera Sección
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Lunes 31 de agosto de 2020

Que, asimismo, ARGENTINA ha sido seleccionada como parte de los países en los que se efectúan los ensayos clínicos para al menos TRES 3 de las vacunas para COVID-19 y se ha anunciado la producción de otra de ellas en territorio nacional, posicionando al país en un lugar de privilegio dentro de la región de las Américas.
Que, además, se incrementó la capacidad diagnóstica, incorporando más de 130 laboratorios al procesamiento de muestras para diagnóstico de COVID-19; se han adquirido más de 800 mil determinaciones de PCR Polymerase Chain Reaction y se han destinado recursos extraordinarios para el fortalecimiento de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos G. Malbrán ANLIS.
Que se implementó como estrategia la búsqueda activa de contactos estrechos de casos confirmados con presencia de síntomas, el DetectAr Dispositivo Estratégico de Testeo para Coronavirus en Territorio de Argentina en provincias y municipios de todo el país, así como en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, en igual sentido, se ha venido desplegando una protección económica que se vio plasmada a través de distintos instrumentos que han sido detallados en los considerandos de la normativa señalada en el VISTO del presente decreto.
Que, tomando en cuenta los distintos programas y herramientas desplegadas por el Gobierno Nacional para morigerar el impacto de la pandemia y de las medidas sanitarias necesarias para contener su expansión, sobre la viabilidad de las empresas y el ingreso de las familias, el gasto público afectado ha superado a partir del momento del impacto de la epidemia de COVID-19, el equivalente a 3.25% del Producto Interno Bruto PIB. A
estas erogaciones se suman las políticas de garantías de créditos y subsidios de tasa para la actividad productiva y para las y los profesionales independientes cuyo despliegue ha implicado otros 2% del PIB.
Que con el fin de no interrumpir el suministro de productos y servicios esenciales y también para ir incorporando gradualmente la realización de diversas actividades económicas y sociales en los lugares donde la evolución de la situación epidemiológica lo permitiera, se establecieron excepciones al ASPO y a la prohibición de circular para las personas afectadas a diferentes actividades y servicios. Además, se estableció el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, en adelante DISPO. Todo ello mediante los Decretos Nros. 297/20, 355/20, 408/20, 459/20, 520/20, 576/20, 605/20, 641/20, 677/20 y 700/20, y las Decisiones Administrativas Nros. 429/20, 450/20, 467/20, 468/20, 490/20, 524/20, 607/20, 622/20, 625/20, 703/20, 729/20, 745/20, 763/20, 766/20, 810/20, 818/20, 820/20, 876/20, 886/20, 903/20, 904/20, 909/20, 919/20, 920/20, 941/20, 942/20, 965/20, 966/20, 968/20, 975/20, 995/20, 1018/20, 1056/20, 1061/20, 1075/20, 1146/20, 1251/20, 1264/20, 1289/20, 1294/20, 1318/20, 1329/20, 1436/20, 1440/20, 1442/20, 1450/20, 1468/20, 1518/20, 1519/20, 1524/20, 1533/20, 1535/20, 1547/20, 1548/20 y 1549/20.
Que al día 27 de agosto, según datos oficiales de la OMS, se confirmaron más de 24 millones de casos y 821 mil fallecidos en un total de 216 países, áreas o territorios, con casos de COVID-19.
Que la región de las Américas sigue siendo la más afectada en este momento 52,2% de los casos mundiales donde se observa que el 44,9% de los casos corresponde a ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el 28,8% a BRASIL
y el 2,8% a ARGENTINA, evidenciándose un aumento en nuestro país en las últimas semanas y que similar distribución presenta el total de fallecidos donde el 39,3% corresponde a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el 25,9% a BRASIL y el 1,7% a la ARGENTINA.
Que la tasa de incidencia acumulada para ARGENTINA es de 837 casos cada 100.000 habitantes, con una tendencia al aumento sostenido del número de casos.
Que la tasa de letalidad al 27 de agosto aumentó a 2,1% y la tasa de mortalidad es de 177 personas por millón de habitantes, y que, a pesar del aumento en el número de fallecimientos, ARGENTINA se mantiene dentro de los países con menor mortalidad de la región.
Que nuestro país es el octavo en extensión territorial a nivel mundial y presenta una diversidad geográfica, socioeconómica y demográfica que impacta en la dinámica de transmisión del virus.
Que esta diversidad se evidencia en la situación epidemiológica actual; en efecto, todas las jurisdicciones del país reportaron casos en los últimos CATORCE 14 días y muchas de ellas presentan brotes activos mientras que otras evidencian situaciones de mayor estabilidad.
Que continúa aumentando el número de departamentos con transmisión comunitaria y el porcentaje de población que reside en zonas de transmisión comunitaria sostenida se incrementó de CUARENTA Y NUEVE COMA OCHO
POR CIENTO 49,8 % al 30 de julio, al CINCUENTA Y SIETE COMA OCHO POR CIENTO 57,8% al 28 de agosto.
Que las medidas implementadas en todo el territorio de manera temprana, incluyendo la suspensión de clases, de transporte interurbano, de turismo, de actividades no esenciales y el ASPO han sido fundamentales para contener los brotes en muchas jurisdicciones, logrando que, a pesar de tener áreas con transmisión comunitaria sostenida y brotes en distintas jurisdicciones, no se haya saturado el sistema de salud.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 31/08/2020 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date31/08/2020

Page count107

Edition count9340

First edition02/01/1989

Last issue19/05/2024

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