Boletín Oficial de la República Argentina del 07/07/2020 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.421 - Primera Sección
Martes 7 de julio de 2020

Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Declárase homologado el acuerdo obrante en página 29 del IF-2019-87466435-APN-DGDMTMPYT
celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS
AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS, por la parte sindical, y la empresa THE WALT DISNEY COMPANY
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante página 29 del IF-2019-87466435-APN-DGDMTMPYT.
ARTÍCULO 3.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de Trabajo N131/75.
ARTÍCULO 4.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 07/07/2020 N21910/20 v. 07/07/2020

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 309/2020
RESOL-2020-309-APN-STMT
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2020
VISTO el EX -2019-102507570-APN-DGDMTMPYT del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, del Expediente N 1.739.107/16 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD
SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Ley N23.546 t.o. 2004,y CONSIDERANDO:
Que en las páginas 4/5 de la CD-2019-103006821-APN-DGDMTMPYT obrante en el EX -2019-102507570-APNDGDMTMPYT, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
por el sector sindical y la empresa CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A. por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que a través del presente se pactan condiciones laborales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N264/95, cuya vigencia opera a partir del día 1 de Octubre de 2016.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del texto convencional concertado se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N14.250 t.o. 2004.
Que se hace saber que el presente se registra como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores alcanzados.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 07/07/2020 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date07/07/2020

Page count68

Edition count9361

First edition02/01/1989

Last issue09/06/2024

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