Boletín Oficial de la República Argentina del 15/12/2019 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.261 - Primera Sección
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Sábado 14 de diciembre de 2019

de los requisitos legales establecidos en el artículo 9 del Anexo de la Ley N25.164 y en el Decreto N1109/17, merituando las necesidades de servicio para su contratación.
ARTÍCULO 8.- Facúltase a la Autoridad de Aplicación en Materia de Empleo Público a dictar las normas reglamentarias, interpretativas y complementarias del presente. Los Ministros y Ministras, Secretarios y Secretarias de la Presidencia de la Nación, Autoridades Superiores de organismos descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado de la Administración Pública Nacional deberán reportar los avances de las acciones instruidas en el presente Decreto, debiendo efectuar un informe sobre la oportunidad, mérito y conveniencia de los cargos autorizados a concursar y los contratos celebrados.
ARTÍCULO 9.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNANDEZ - Santiago Andrés Cafiero e. 14/12/2019 N97404/19 v. 14/12/2019

NOMENCLATURA COMÚN DELMERCOSUR
Decreto 37/2019
DECRE-2019-37-APN-PTE - Decreto N793/2018. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2019
VISTO el Expediente N EX-2019-109744397-APN-DGDMAMPYT, la Ley N 22.415 Código Aduanero y sus modificaciones, el artículo 81 de la Ley N 27.467 y el Decreto N 793 del 3 de setiembre de 2018 y sus modificatorios,y CONSIDERANDO:
Que en el apartado 1 del artículo 755 de la Ley Nº 22.415 Código Aduanero y sus modificaciones se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a gravar con derechos de exportación la exportación para consumo de mercaderías, a desgravar la que estuviere gravada y a modificar los derechos de exportación establecidos.
Que en el apartado 2 de ese artículo se establece que, salvo lo que dispusieren leyes especiales, las facultades otorgadas en el apartado 1 únicamente podrán ejercerse con el objeto de cumplir alguna de las siguientes finalidades: a asegurar el máximo posible de valor agregado en el país con el fin de obtener un adecuado ingreso para el trabajo nacional; b ejecutar la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior; c promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o las especies animales o vegetales; d estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de ofertas adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno; y e atender las necesidades de las finanzas públicas.
Que es clara la intención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN de dotar al PODER EJECUTIVO NACIONAL
de herramientas que le permitan adoptar, en forma ágil, medidas de política económica para ejecutar, entre otros objetivos, la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior, estabilizar los precios internos y atender las necesidades de las finanzas públicas.
Que la aplicación de derechos de exportación e importación constituye un instrumento esencial de la política económica nacional.
Que teniendo en cuenta la grave situación por la que atraviesan las finanzas públicas, resulta necesaria la adopción de urgentes medidas de carácter fiscal que permitan atender, al menos parcialmente, las erogaciones presupuestarias con recursos genuinos.
Que por medio de la Ley N27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, en su artículo 81, se establecieron pautas, límites y lineamientos para el uso de las facultades otorgadas por el artículo 755 y concordantes de la Ley N22.415.
Que desde la fecha de publicación del Decreto N793 del 3 de setiembre de 2018 se produjo un deterioro del valor del PESO con respecto al DÓLAR ESTADOUNIDENSE, lo que ha representado, al 10 de diciembre de 2019, una devaluación mayor al 60%.
Que en el marco descripto corresponde adoptar diversas medidas.
Que el Servicio Jurídico competente ha tomado la intervención que le corresponde.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 15/12/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date15/12/2019

Page count7

Edition count9359

First edition02/01/1989

Last issue07/06/2024

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