Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.120 - Primera Sección
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Jueves 23 de mayo de 2019

Decretos

CONTRATOS
Decreto 370/2019
DECTO-2019-370-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2019
VISTO el Expediente NEX-2018-64295547-APN-DGDMHA, el Modelo de Contrato de Préstamo BID N4652/OCAR, en el marco del Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión CCLIP
NAR-O0006, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO BID,y CONSIDERANDO:
Que en el marco del Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión CCLIP
NAR-O0006, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID, se compromete a establecer una Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS
VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL USD 524.300.000, destinado a cooperar con la mejora de la integración transfronteriza entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA DE CHILE, reduciendo los tiempos y costos de transporte en el Corredor Sistema Cristo Redentor CSCR, mediante la provisión de infraestructura de transporte y de un sistema de integración fronteriza que facilite la conectividad a nivel regional, a través de la celebración de Contratos de Préstamo Individuales.
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N 4652/OC-AR, el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA, a fin de cooperar en la ejecución del Programa Segunda Etapa de Ampliación de Capacidad y Mejoras de Seguridad en los Accesos al Paso Cristo Redentor, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS VEINTICUATRO
MILLONES TRESCIENTOS MIL USD 324.300.000.
Que el objetivo del mencionado Programa es mejorar la calidad de servicio en el CSCR, reduciendo los tiempos y costos de transporte, a través de la ampliación del Túnel de Caracoles TCa y la refuncionalización del Túnel Cristo Redentor TCR, variantes en áreas urbanas, obras de rehabilitación, ampliación de capacidad y seguridad;
y sistema de gestión del corredor.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS 2 componentes: i Obras de Infraestructura y Tecnología, el cual se divide en DOS 2 Subcomponentes: 1.1 Obras Civiles y 1.2 Sistema de Control de Gestión del corredor; y ii Estudios de Preinversión.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento del Banco, serán llevadas a cabo por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD DNV, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N4652/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N4652/OC-AR y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa Segunda Etapa de Ampliación de Capacidad y Mejoras de Seguridad en los Accesos al Paso Cristo Redentor, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que asimismo corresponde aprobar el Modelo de Convenio Subsidiario para la Transferencia de Recursos y Ejecución de Actividades del aludido Programa a suscribirse entre el MINISTERIO DE HACIENDA y la DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD DNV.
Que el Servicio Jurídico competente del Ministerio de Hacienda ha tomado intervención.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/05/2019

Page count54

Edition count9352

First edition02/01/1989

Last issue31/05/2024

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