Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 28/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 80

28 de abril de 2022

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3. La cuantía individualizada de la subvención no podrá superar en porcentaje relativo del gasto subvencionable el 80 por 100 % del coste de la actividad.
El límite máximo por subvención a otorgar a cada asociación es de 2.000 euros, independientemente del crédito presupuestario existente.
Si existe crédito presupuestario suficiente se otorgará el 80% del coste de la actividad a desarrollar.
En caso contrario el porcentaje subvencionable irá disminuyendo en proporción a los puntos obtenidos de acuerdo con los criterios de valoración, realizando un prorrateo. Se considera que el 80% de subvención corresponde a la máxima puntuación posible a alcanzar según los criterios de valoración.
4. En todo caso, podrán quedar excluidos del régimen de subvención regulado en las presentes bases, aquellos proyectos no viables por su escasa eficacia y eficiencia, atendiendo al programa de actuaciones, su presupuesto, el número y los destinatarios finales del proyecto de actuación, en relación con la cuantía potencial de la subvención.
5. Si el beneficiario percibe más ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no puede suponer más del 80% del coste de la actividad subvencionada. Si de la suma de las ayudas públicas se superase dicho porcentaje, la aportación de la Administración de la Comarca, se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón , en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

EXPOSICIÓN DE DOCUMENTOS
ORDENANZAS FISCALES Y REGLAMENTOS
De conformidad con lo preceptuado en el art. 17.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004. Ordenanzas Generales y Reglamentos, quedan expuestos al público en los tablones de anuncios y oficinas de los Ayuntamientos por plazo de treinta días y para que los interesados puedan formular las reclamaciones oportunas, los siguientes expedientes y Ordenanzas, aprobados inicialmente por los Plenos de las respectivas Corporaciones:

2022-1424.- Ráfales.- Ordenanza Municipal Reguladora del Tráfico, Movilidad y Seguridad Vial.
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 169 y 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se hallan expuestos inicialmente al público, por plazo de quince días hábiles los siguientes expedientes, para que los interesados puedan examinarlos y presentar las reclamaciones u observaciones que estimen oportunas:

Cuenta General 2022-1409.- Ráfales.- año 2021.
2022-1415.- Maicas.- año 2021.
2022-1422.- Visiedo.- año 2021.
Presupuesto General 2022-1414.- Maicas.- Presupuesto general, Bases de ejecución y la Plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2022.

BOLETÍN

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El BOP de Teruel, puede consultarse en la siguiente página web: https 236ws.dpteruel.es/bop

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 28/4/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date28/04/2022

Page count32

Edition count5744

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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