Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 19/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 242

Miércoles 19 de octubre de 2022

El hecho de figurar en la relación de personas admitidas en la bolsa creada, no prejuzga que se reconozca a la persona interesada la posesión de los requisitos exigidos para participar en el procedimiento selectivo convocado, por lo que, en caso de llamamiento, se exigirá acreditación de los requisitos que se establezcan.
Octava.Funcionamiento de la bolsa de trabajo.
9.1.El llamamiento de la persona candidata se realizará de acuerdo con el estricto orden de puntuación obtenido en el proceso de creación de la bolsa.
9.2.La oferta realizada a la persona candidata deberá ser comunicada a través de correo electrónico facilitado por la misma solicitud, dándole un plazo máximo de 3 días hábiles para formalizar la contratación.
En su defecto, se considerará que renuncia al ofrecimiento. No obstante, se le requerirá para que haga su renuncia de forma fehaciente, preferentemente respondiendo al correo electrónico al que se realizó la oferta. De no recibir la renuncia expresa, se expedirá diligencia en la que consten las anteriores circunstancias con el fin de que quede acreditado en el expediente. La no contestación en el plazo de 3 días equivale a la renuncia. Sera responsabilidad de la persona candidata, la notificación del cambio de dirección de correo electrónico y/o número de teléfono.
9.3.El orden de las personas candidatas en la bolsa no se modificará, manteniéndose el mismo puesto e idéntica puntuación durante el año de vigencia de la misma, con las siguientes excepciones:
A Aquella persona que tras ser llamada renuncie a la oferta del contrato, de modo justificado, conservará su orden en la bolsa.
B Aquella persona que renuncie sin justificación ninguna, será excluida de la bolsa.
Se considerarán causas justificadas de renuncia:
AEstar trabajando cuando se realice el llamamiento. Se acreditará mediante la presentación de fotocopia o copia digitalizada del informe de Vida Laboral expedido por la TGSS, o mediante el contrato de trabajo vigente.
BEncontrarse en situación de incapacidad para trabajar por motivos de salud.

Se justificará mediante aportación de fotocopia o copia digitalizada del informe médico acreditativo de dicha situación.
CEstar incurso en alguno de los supuestos contemplados para la normativa en vigor a los efectos de la concesión de permisos o licencias matrimonio, parto, adopción, acogimiento, enfermedad grave de un familiar, cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público, y demás supuestos. Habrá de justificarse la concreta situación a través de documentación sobradamente acreditativa.
DPresentación de una oferta de mejora de empleo acreditada documentalmente.
9.4.Las personas aspirantes que sean llamadas y acepten la contratación, deberán presentar con carácter previo a la firma del contrato los documentos acreditativos de las condiciones que se exigen en la base tercera, no aportados a la finalización del plazo de presentación de instancias, entre ellos:
ADeclaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
BDeclaración de no estar incurso/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26
de noviembre, de incompatibilidades de personas al servicio de Administraciones Públicas.
Décima.Sistema selectivo y valoración de méritos.
10.1.De conformidad con lo previsto en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el sistema selectivo para la provisión de los puestos de trabajo afectados por el presente proceso será el de concurso de méritos y entrevista, que consistirá en la asignación a las personas de una puntuación determinada de acuerdo con el baremo que se establece a continuación, computándose los méritos obtenidos hasta la fecha que termine el plazo de presentación de instancias. Además, se incluirá una prueba oral al objeto de la comprobación de conocimientos y capacidad.
10.2.Serán valorados los siguientes méritos:
a Experiencia profesional: Máximo 4 puntos.
Por cada mes completo de experiencia en puestos de iguales o similares características: 0,20 puntos.
Los méritos de experiencia serán acreditados con la aportación de la siguiente documentación:
En caso de administraciones públicas:

Certificado de servicios previos.

Contratos.

Vida laboral.
En caso de empresas privadas:

Certificado de empresa.

Contratos.

Vida laboral.
En caso de empresarios o profesionales libres:

Modelos 036 o 037 de censo en actividades económicas.

Alta en la Tesorería General de la Seguridad Social o Mutualidad equivalente.

Vida laboral.
Cuando no coincida la denominación del puesto que ocupa o ha ocupado en el ámbito de la Administración Pública o Empresas Privadas, la persona aspirante habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas a efectos de acreditar su similitud con la plaza convocada.
b Formación: Máximo 2 puntos.
Solo se valorarán los cursos relacionados directamente con las funciones propias del puesto de trabajo, homologados, impartidos y convocados por la Administración Pública u Organismos Oficiales.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 19/10/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date19/10/2022

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Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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