Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 7/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 233

Viernes 7 de octubre de 2022

Fecha y firma de la solicitud.
Solicita al Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes acogerse a la ayuda a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas para el mantenimiento de la actividad económica en el municipio, en el contexto de emergencia social-económica provocada por la crisis sanitaria del Covid-19, dentro del marco del Plan de Reactivación Económica y Social Plan Contigo financiado 100% por la Diputación de Sevilla, Programa de Empleo y Apoyo Empresarial. Línea 7 Ayudas a autónomos/as para mantenimiento de la actividad.
Y se compromete, en caso de resultar persona o entidad beneficiaria a cumplir con las obligaciones establecidas en las presentes bases reguladoras.
En _________________ a ___ de ______________ de 20__
Fdo: ________________________
Anexo II.Declaración responsable La persona firmante de esta solicitud declara bajo se responsabilidad los siguientes extremos:
Que son ciertos todos los datos recogidos en la presente solicitud.
Que cumple con los requisitos para ser persona o entidad beneficiaria recogidos en las bases reguladoras.
Que se encuentra al corriente con sus obligaciones con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social a fecha de presentar la solicitud.
Que no está incurso/a en ninguna de las prohibiciones para percibir subvenciones previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Que no dispone de deudas pendientes con el Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes.
Que se compromete al cumplimiento de las obligaciones como persona o entidad beneficiaria recogida en las bases reguladoras.
Que no ha sido condenado/a por sentencia judicial firme, por despido improcedente o nulo o por tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, en el año inmediatamente anterior a la apertura de la convocatoria.
Que no ha sido condenado/a por sentencia judicial firme a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
Que la actividad para la que opta a la ayuda está en funcionamiento.
Que autorizo al Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes a consultar los datos necesarios para la verificación de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Otros documentos especificar:
En _________________ a ___ de ______________ de 20__
Fdo: ___________________________
Segundo.Someter dicha Ordenanza a información pública, con publicación en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno. Simultáneamente, se publicará el texto de la Ordenanza en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento, con objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Tercero.Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
La Puebla de los Infantes a 30 de septiembre de 2022.El Alcalde, José María Rodríguez Fernández.
34W-6286
EL SAUCEJO
Por la presente se hace público, que este Excmo. Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el 4 de agosto de 2022, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras de esta localidad de El Saucejo.
Se expuso al público en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla con número 188 de fecha 16 de agosto de 2022, en el portal de transparencia, en la web y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, publicándose el texto íntegro, y no habiéndose presentado alegación ni sugerencia alguna contra el acuerdo referido durante el periodo de exposición al público, el acuerdo ha sido elevado a definitivo, según lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Esta Ordenanza entrará en vigor a partir de esta publicación en el Boletín Oficial de la provincia.
En El Saucejo a 30 de septiembre de 2022.La Alcaldesa, María Moreno Navarro.
6W-6281

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA
Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: bop@dipusevilla.es
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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 7/10/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date07/10/2022

Page count62

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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