Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 21/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 21 de agosto de 2020

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 19449

Todos los miembros del Órgano de Selección tendrán derecho a percibir las asistencias que correspondan con arreglo a la ley.
En relación a las cuantías rige el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, o, en su caso, la disposición aplicable en el momento de la realización del proceso selectivo.
Las resoluciones del Órgano de Selección vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinta.Orden de selección.
Para establecer el orden en que habrá de efectuarse la selección se estará al resultado del sorteo que se realizará al azar antes del comienzo del proceso selectivo.
El Órgano de Selección establecerá el calendario para la realización de la selección.
Los candidatos serán convocados en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Órgano de Selección.
Sexta.Procedimiento de selección.
El proceso de selección se realizará mediante oposición que comprenderá a su vez dos ejercicios, ambos obligatorios pero no eliminatorios.
a Celebración de los ejercicios:
El primer ejercicio de la fase de oposición se valorará con una puntuación máxima de 6,00 puntos.
Entre la finalización del primer ejercicio y el inicio del segundo deberá trascurrir un mínimo de veinticuatro horas.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único. La no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado comportará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en él y en los sucesivos, quedando excluido del proceso selectivo.
b Ejercicios y calificación:
La oposición constará de los siguientes ejercicios, de carácter obligatorio:
A.Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito, en un plazo máximo de cuarenta minutos, un cuestionario de 30 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, elaborado por el Órgano de Selección inmediatamente antes de su realización, sobre la normativa estatal y autonómica andaluza vigente en materia de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género así como en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres puntuación máxima de 6,00 puntos y mínima de 0,00 puntos.
A cada pregunta se le asignará una puntuación de 0,20 puntos. Se otorgará la puntuación de 0,20 puntos a cada pregunta contestada correctamente, la puntuación de 0,00 puntos a las no contestadas y restando 0,05 puntos cada pregunta contestada incorrectamente.
Los resultados del primer ejercicio de la fase de oposición se harán públicos en el tablón de anuncios electrónico de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija junto con la convocatoria del segundo ejercicio de la fase de oposición.
B. Segundo ejercicio:
Consistirá en una entrevista personal relacionada con el puesto a cubrir y proyecto a ejecutar en la que se valorará la aptitud, la capacidad y el grado de conocimiento del aspirante puntuación máxima de 4,00 puntos.
Este segundo ejercicio se puntuará de 0 a 4 puntos y no tendrá carácter eliminatorio.
Séptima.Calificación definitiva y documentación a aportar.
El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios del proceso de selección. La puntuación máxima será de 10 puntos 6 puntos correspondientes al primer ejercicio y 4 puntos correspondientes al segundo ejercicio.
En caso de empate, se resolverá el mismo a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio.
Se considerará aprobado el aspirante con mayor puntuación final, sin perjuicio de que el Órgano de Selección pueda proponer, asimismo, a la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija la designación de suplentes.
Una vez terminado el proceso selectivo, el Órgano de Selección hará pública la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación, en el tablón de anuncios electrónico de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. Dicho anuncio concretará día, hora y lugar a efectos de posibles reclamaciones o alegaciones, solo pudiendo formularse éstas en tal día, hora y lugar y de forma presencial por el interesado.
Octava.Nombramiento y contratación.
Finalizado el proceso selectivo y concluido el periodo de alegaciones precitado, el Órgano de Selección hará pública la relación definitiva de candidatos con especificación de la puntuación total obtenida por cada aspirante, por orden de puntuación. Dicha relación será elevada al señor Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija con propuesta de aceptación.
Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado, a la Presidencia de la referida entidad supramunicipal a efecto del correspondiente nombramiento.
El Órgano de Selección no podrá aprobar ni declarar que han superado la selección un número superior de aspirantes al de la plaza convocada.
El aspirante propuesto presentará en la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija dentro del plazo máximo de tres días naturales a partir de la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de edictos electrónico de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, documentación adicional a la ya aportada que fuere requerida por esta última.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el candidato propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad.
Cumplidos los trámites señalados en las presentes Bases, se procederá al nombramiento a favor del aspirante seleccionado, formalizándose la contratación laboral objeto de esta convocatoria y quedando sometido al régimen de incompatibilidades previsto legalmente para los empleados públicos.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 21/8/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date21/08/2020

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First edition02/11/1999

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