Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 18 de agosto de 2020

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 19181

Sexta. Tribunal calificador:
El tribunal de selección será designado en cumplimiento de lo Dispuesto en el artículo 60 del EBEP, mediante Resolución del Alcalde-Presidente y estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente/a: Un funcionario, designado de entre los de la Diputación de Sevilla esta administración o de cualquier otra Administración Pública principalmente de la Diputación de Sevilla.
Vocales: Dos funcionarios que podrán serlo de cualquier otra Administración Pública. Principalmente de la Diputación de Sevilla Secretario/a: Actuará como Secretario el de la Corporación o funcionario/a en quien delegue, con voz pero sin voto.
Su composición será predominantemente técnica y en ella se velará por los principios de especialidad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Sus miembros deberán poseer un nivel de titulación o especialización iguales o superiores al exigido para el acceso al puesto.
La composición mínima del Tribunal no puede ser nunca inferior a tres miembros con voz y con voto tanto en su constitución como en el desarrollo de las sesiones. Serán de aplicación a los miembros del Tribunal las causas de abstención y acusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal podrá designar los asesores que precise.
El Tribunal será competente para interpretar, cuantos recursos, normas, etcque puedan surgir en el proceso de selección.
Séptima. Sistema de selección y desarrollo del proceso:
Expirado el plazo de presentación, se constituirá el Tribunal de Selección del personal de la Bolsa.
En primer lugar, tras comprobar si cumplen los requisitos exigidos de acceso publicara la lista de admitidos. Y se abrirá plazo de alegaciones por cinco días hábiles. Finalizado el mismo se publica la lista de admitidos definitivos.
En segundo lugar se procederá a la baremación de los méritos alegados y justificados adecuadamente, y se atribuirá a cada aspirante la puntuación que le corresponda, de acuerdo con el baremo y puntuación. Se procederá a publicar listado inicial de baremación de los aspirantes admitidos. Y se abrirá plazo de alegaciones a la baremación por cinco días hábiles.
El tribunal procederá, en su caso, a analizar las alegaciones presentadas. Resueltas éstas, si las hubiera, o finalizado el plazo en caso de no producirse, se elevará propuesta de las listas a definitivas comprensivas de la personas incluidas en las mismas con detalle de categorías y puntuación obtenida a la alcaldía que las aprobará mediante resolución correspondiente.
Se elaborará una lista para cada categoría profesional, en la que se refleje exclusivamente apellidos, nombres y DNI de cada uno de los solicitantes en la forma establecida en la ley de protección de datos personales para estos casos ordenados según los puntos obtenidos en su baremación en la Bolsa de Empleo. Que también figurara en la misma.
Esta relación estará expuesta al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en Plaza de Andalucía n3 durante toda la vigencia de la misma. Anotándose junto a cada aspirante las incidencias que se hubieran podido producir según lo establecido en la base tercera cinco.
Octava. Criterios de baremación:
Máximo 20 puntos.
Se realizará de conformidad con los siguientes criterios, sin tener en cuenta los que hubieran podido servir para acceder a la selección.
Uno.Experiencia laboral: máximo 10 puntos. Relacionado con el puesto de la bolsa.
Tiempo de servicios prestados en cualquier Administración Pública 0,30 puntos por cada mes completo de servicio en activo.
Tiempo de servicios prestados en empresa privada, que pertenezcan al mismo grupo de titulación, sector y especialidad o categoría laboral al del puesto que haya de proveerse: 0,20 puntos por cada mes completo de servicio en activo.
La experiencia laboral de las personas trabajadoras autónomas se acreditará mediante la presentación justificativa de la concreta actividad realizada como autónomo epígrafe de actividad en el IAE u otro documento oficial análogo, al objeto de demostrar vinculación entre la experiencia aportada y el puesto de trabajo ofertado.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
Sin embargo, en los casos de reducción de jornada por motivos familiares, establecidos en el atc.48.1 .h del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de abril, y Estatuto de los Trabajadores para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras lactancia de hijo/a menor de nueve meses, quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de 12 años o un minusválido o cuidado directo de un familiar, se computará en todo caso como jornada completa.
La experiencia previa que se requiere acreditar en algunos puestos de trabajo, se efectuará mediante certificado donde conste trabajos realizados en la administración pública o en la empresa privada, o fotocopia de contrato de trabajo, así como cualquier otro documento de fuerza probatoria que sea debidamente fundamentado.
Dos.Méritos académicos, cursos, seminarios, congresos y jornadas: Máximo 5 puntos.
a Titulaciones oficiales:
Por titulación de Formación Profesional de Segundo Grado Especifica, o Bachiller Superior siempre que no sea la mínima exigida para el puesto al que se opta y relacionada con el puesto de trabajo 0,5 puntos.
Por diplomatura relacionada con el puesto de trabajo a cubrir 1 punto.
Por licenciatura relacionada con el puesto de trabajo a cubrir 1.5 puntos.
b Cursos o jornadas:
Hasta 14 horas o dos días, 0,05 puntos.
Entre 15 a 40 horas o de 3 a 7 días, 0,10 puntos.
Entre 41 a 70 horas o de 8 a 12 días, 0,20 puntos.
Entre 71 a 100 horas o de 13 a 20 días, 0,25 puntos.
De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días, 0,50 puntos.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/8/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date18/08/2020

Page count82

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First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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