Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 4/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 79

Sábado 4 de abril de 2020

Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica y en Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Y en la Ley 7/2007, de 9 de julio de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y sus reglamentos de desarrollo.
Tercero. Se ha cumplido el trámite reglamentario establecido en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de Marzo, de Fomento de las Energías Renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en el que se hace referencia al cumplimiento de los preceptos impuestos por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Por todo lo expuesto, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, resuelve:
Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Bembézar Q-4167001-I, Autorización Administrativa previa y de construcción para la instalación fotovoltaica de generación de energía eléctrica de Autoconsumo sin vertido de excedentes denominada HSF Cdad. Regantes Bembézar Autoconsumo con una potencia instalada de 5.285 kWpico, y ubicada en el término municipal de Peñaflor Sevilla, cuyas características técnicas principales son las siguientes:
Peticionaria: Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Bembézar Q-4167001-I.
Domicilio: CL. Agricultura, n.º 4. Lora del Río Sevilla Denominación de la Instalación: HSF Cdad. Regantes Bembézar Autoconsumo Término municipal afectado: Peñaflor Sevilla.
Emplazamiento del HSF: Polígono 10, parcela 2. UTM X: 286.763, Y: 4.177.737, el acceso se realiza desde la carretera SE-148.
Referencia catastral: 41074A010000020000BI.
Finalidad de la Instalación:
Producción de energía eléctrica mediante tecnología solar Fotovoltaica en suelo, para el abastecimiento en régimen de autoconsumo sin vertido de excedentes para el sistema de abastecimiento y riego de la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Bembézar art. 5 del RD 244/2019.
Características principales:
Instalación solar fotovoltaica Instalación solar fotovoltaica constituida por 15.544 módulos fotovoltaicos de 340 Wp cada uno, en condiciones STC
normalizadas.
Estructuras soporte de los módulos fotovoltaicos en sistema con seguidor a un eje N-S, con una fila en disposición vertical, instaladas mediante hinca.
Cableado de distribución de la energía eléctrica y protecciones eléctricas correspondientes.
1 inversor de 2.100 kW y 1 inversor de 3.150 kW, de potencia AC máxima cada uno, trifásicos.
Centro de Seccionamiento, Protección y Medida en edificio prefabricado de hormigón, disponiendo de todos los elementos necesarios para la medida generada neta 25 kV, así como las protecciones necesarias y para su desacoplamiento de la red de 25 kV.
También contendrá un transformador de 100 kVA, 25/0,42 kV, que proporcionará la energía necesaria para los servicios auxiliares de la planta.
Desde el Centro de Seccionamiento, Protección y Medida mediante canalización subterránea bajo tubo, partirá la línea de evacuación hasta el parque interior de 25 kV, de la posición de transformación de potencia, ubicado en la SET Grullas.
Generación eléctrica para autoconsumo sin vertido de excedentes a la red.
Potencia instalada pico de generación: 5.284,96 kWp art. 3 RD 413/2014.
Potencia nominal de la instalación: 5.250 kW supuesto cos fi=1, a 50 ºC.
Punto de conexión: Red interior del suministro propio SET Las Grullas 132/25 kV.
CUPS asociado: ES0031104531039001XG0F.
Presupuesto estimado: 1.765.733,18 euros.
Segundo. Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el RD 1955/2000, así como en el RD 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:
1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.
2. El plazo de puesta en marcha será de DOS 2 AÑOS contados a partir de la fecha de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justificadas, prórroga del mismo, podrá entenderse la caducidad del mismo.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITCLAT 01 a 09, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica Componentes ITC-FV-04 de la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 4/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date04/04/2020

Page count20

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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