Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 30/7/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

70

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 175

Martes 30 de julio de 2019

El Ayuntamiento Pleno, con una abstención del Concejal del Grupo Ciudadanos, y doce votos favorables emitidos por el resto de miembros de la Corporación uno del Grupo Vox, uno del Grupo Adelante Umbrete, cuatro del Grupo Popular y seis del Grupo Socialista, lo que supone mayoría absoluta sobre los trece que legalmente lo integran, acuerda:
Primero. Aprobar y establecer las asignaciones por concurrencia efectiva a sesiones de órganos colegiados, para Concejales tanto sin delegaciones como con delegaciones y, en todo caso, sin dedicación exclusiva ni parcial, como seguidamente se indica, quedando anuladas las cuantías fijadas con anterioridad a este acuerdo:
Asistencias a sesiones Plenarias: 100 euros por sesión.
Asistencia a Junta de Gobierno Local: 100 euros por sesión.
Asistencias a Comisiones Informativas: 50 euros por sesión.
Estas asignaciones se liquidarán y se pagarán mensualmente.
Segundo. Determinar que las asignaciones anteriores serán de aplicación desde el día 20 de junio de 2019, para todos los Concejales sin dedicación exclusiva ni parcial.
En Umbrete a 12 de julio de 2019.El Alcalde, Joaquín Fernández Garro.
6W-5171

UMBRETE
Don Joaquín Fernández Garro, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria de organización, celebrada el día 9 de julio de 2019, ha adoptado con el voto favorable unánime de los trece miembros que lo integran, el acuerdo del siguiente tenor literal:
11. Propuesta sobre dotación económica a los Grupos Políticos Municipales y régimen de justificación de fondos y contabilidad ante el Pleno artículo 73.3 de la LRBRL y 27 del ROFEL.
El Alcalde, en virtud de los artículos 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y del 27 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, reguladores de esta materia en cuestión, da cuenta de la propuesta objeto de este punto, como queda recogido en videoactas.
A continuación se producen intervenciones por los miembros de la Corporación que seguidamente se indican, que no se trascriben por estar recogidas en la grabación de esta sesión que figura en videoactas:
Don Sebastián Mendoza Pérez.
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los trece miembros que legalmente lo integran, acuerda:
Primero. Aprobar la asignación de una dotación económica mensual a los Grupos Políticos Municipales, a partir del mes de enero de 2020, siempre que exista previa dotación presupuestaria para tal fin, con el siguiente detalle:
200 euros a cada grupo.
1 euro por cada Concejal.
Resultando una asignación:
Al Grupo Socialista, de 206 euros mensuales.
Al Grupo Popular, de 204 euros mensuales.
Al Grupo Adelante Umbrete, de 201euros mensuales.
Al Grupo Ciudadanos, de 201euros mensuales.
Al Grupo Vox, de 201euros mensuales Segundo. Estas dotaciones obligarán a los distintos Grupos Políticos Municipales a llevar una contabilidad específica, que pondrán a disposición del Pleno de la Corporación, siempre que éste lo pida.
Tercero. Fijar la puesta a disposición de la contabilidad específica de las dotaciones económicas a los Grupos Políticos Municipales, con una periodicidad anual, debiendo presentarse por el Registro General del Ayuntamiento, dentro de los dos primeros meses del año siguiente, que será fiscalizada por la Intervención Municipal, que determinará su correcta justificación o el deber de reintegro, y de ello se dará cuenta en el segundo Pleno ordinario del año en el mes de marzo.
En Umbrete a 12 de julio de 2019.El Alcalde-Presidente, Joaquín Fernández Garro.
8W-5182

UMBRETE
Don Joaquín Fernández Garro, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria de organización, celebrada el día 9 de julio de 2019, ha adoptado con el voto favorable unánime de los trece miembros que lo integran, el acuerdo del siguiente tenor literal:
7. Propuesta de delegación del ejercicio de atribuciones del Pleno en otros órganos municipales artículos 22 de la LRBRL y 51 del ROFEL.
El Alcalde, en virtud de los artículos 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales ROF, da cuenta de la propuesta de este asunto, como queda recogido en Videoactas.
A continuación se producen intervenciones por los miembros de la Corporación que seguidamente se indican, que no se trascriben por estar recogidas en la grabación de esta sesión que figura en videoactas:
Don Sebastián Mendoza Pérez, Concejal del Grupo Adelante Umbrete.

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 30/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date30/07/2019

Page count72

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

Download this edition

Other editions