Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 20/7/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

26

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 167

Sábado 20 de julio de 2019

11.ºAprobación de la delegación de atribuciones del Pleno de la Corporación en la Alcaldía-Presidencia.
Por la Presidencia se da cuenta de una propuesta de la Alcaldía, de fecha 20 de junio de 2019, que dice como sigue:
El pasado 26 de mayo de 2019 tuvieron lugar las elecciones municipales. La nueva Corporación se constituyó en sesión pública el pasado día 15 de junio de 2019.
En virtud del principio de auto organización y con la finalidad de hacer más eficaz la gestión de los asuntos municipales, se considera operativa la delegación de atribuciones del Pleno de la Corporación en la Alcaldía.
De conformidad con el art. 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y normativa concordante, el Pleno de la Corporación puede delegar el ejercicio de atribuciones propias en la Alcaldía, siempre que no se encuentren entre aquellas materias indelegables previstas en los arts. 22.4 mencionado y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En el expediente consta, asimismo, Informe de Secretaría de fecha 20 de junio de 2019.
Por todo lo expuesto, propongo al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:
Primero . Delegar en la Alcaldía el ejercicio de las siguientes atribuciones del Pleno:
aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún La no estén previstos en los presupuestos.
solicitud de subvenciones a otras Administraciones y Entidades Públicas y aceptación de las concedidas cuando la La normativa general o la específica aplicable al caso requiera el acuerdo plenario para ello.
Segundo . Las atribuciones delegadas incluyen de manera especial la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, incluidos los recursos de reposición presentados contra los actos adoptados por delegación.
Tercero. Este acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente a su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento, y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento.
Cuarto. Comunicar al Alcalde el acuerdo adoptado.
Votación y Acuerdo: visto lo anterior, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobar en todos sus términos la propuesta anteriormente transcrita sobre delegación de atribuciones del Pleno en la Alcaldía-Presidencia, con el siguiente resultado: catorce votos a favor de los Concejales de los Grupos Municipales de Izquierda Unida La Puebla de Cazalla-Adelante 10, Vecinos por La Puebla 3
y Partido Popular 1, y tres abstenciones de los Concejales del Grupo Municipal Socialista 3.
Lo que se hace público para general conocimiento.
La Puebla de Cazalla a 12 de julio de 2019.El Alcalde, Antonio Martín Melero.
36W-5223

EL REAL DE LA JARA
Don José Manuel Trejo Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Tras las elecciones locales del pasado día 26 de mayo de 2019 y constituida la Corporación en sesión extraordinaria el día 15 de junio de 2019, queda constituido el Ayuntamiento tras Pleno de organización celebrado el pasado 2 de julio de 2019:
I. Tenientes de Alcalde.
Quedan nombrados como Tenientes de Alcalde y miembros de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Real de la Jara, los siguientes Concejales:

Doña Beatriz López Naranjo, Primer Teniente de Alcalde.

Don Alejandro Muñoz Vázquez, Segundo Teniente de Alcalde.

Don José Luis García Cubero, Tercer Teniente de Alcalde.
II. Delegaciones municipales.
Quedan delegadas o desconcentradas las atribuciones del Alcalde y sin perjuicio de las que estén o puedan atribuirse por la Legislación Sectorial respectiva y de las que puedan delegarse en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local:
Delegación de Atribuciones para asuntos de Cultura, Festejos, Servicios Sociales, Igualdad y Tercera Edad.
Concejal: Doña Cristina Trigo Marqués.
Delegación de atribuciones para asuntos de Formación y Empleo, Educación y Turismo.
Concejal: Doña Beatriz López Naranjo.
Delegación de atribuciones para asuntos de Hacienda, Limpieza, Voluntariado y Asociaciones.
Concejal: Don Alejandro Muñoz Vázquez.
Delegación de atribuciones para asuntos de Sanidad, Agricultura y Ganadería y Consumo.
Concejal: Don José Luis García Cubero Delegación de atribuciones para asuntos de Deportes y Juventud, Seguridad Ciudadana y Nuevas Tecnologías.
Concejal: Don Abel González Leal.
Las competencias relacionadas que se deriven de Personal, Medio Ambiente y Urbanismo.
Alcalde: Don José Manuel Trejo Fernández.

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 20/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date20/07/2019

Page count28

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

Download this edition

Other editions