Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/7/2019

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 160

Viernes 12 de julio de 2019

4. ormular al Alcalde la propuesta de gastos a considerar en el proyecto del Presupuesto General para cada ejercicio, en F
relación con aquellos que se refieran a los servicios, inversiones e iniciativas relativas al Área y prestar su asesoramiento y colaboración en relación con la formulación del Presupuesto General de la Corporación y sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas.
5. residir otros órganos colegiados municipales en su ámbito de materias para la gestión de servicios o de fomento de la P
participación ciudadana. La Presidencia efectiva requerirá Decreto de esta Alcaldía.
6. Representar al Ayuntamiento en los actos que correspondan a su Área, cuando no estuviera presente el Alcalde.
7. equerimiento a los interesados en un expediente para que aporten documentación que sea preceptiva en orden a la R
tramitación de cualquier expediente municipal, así como de informe o realización de otras actuaciones de los servicios y personal municipales, que deban de incorporarse a los mismos.
8. xposición al público de expedientes municipales cuando este trámite venga exigido por las normas generales de E
procedimiento o específicas aplicables. Remisión de anuncios a boletines oficiales, diarios y en general medios de comunicación, así como que se fije en el tablón de edictos de la Corporación los mencionados anuncios.
9. xpedición y firma de los oficios de remisión a otras Administraciones Públicas, entidades y particulares de documenE
tación, expedientes y sus copias, notificaciones, ordenes, comunicaciones, resoluciones o cualquier otras actuaciones o documentación que deban remitirse con oficios.
10. Firma del visto bueno en Certificaciones expedidas por la Secretaría General.
11. n general, y dentro de las materias de este Área, todas aquellas competencias que las disposiciones legales y E
reglamentarias atribuyen a esta Alcaldía, y que no se delegan en la Junta de Gobierno Local, sobre las materias comprendidas en este Área.

Sexto.Delegaciones especiales.
Además de las competencias que, con carácter general, se delegan en los Tenientes de Alcalde, de acuerdo con el artículo 23.4 LRBRL esta Alcaldía efectúa delegación especial en favor de determinados Concejales para la dirección y gestión de asuntos y servicios determinados, según lo antes expuesto, dejando a salvo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. En virtud a lo expuesto resuelvo nombrar los siguientes Concejales-Delegados:
I.
Concejala Doña María José Castejón Roldán. Delegación de Servicios Sociales e Igualdad.
II.
Concejal Don Ramón Gavira Gordón. Delegación de Cultura, Turismo y Patrimonio Histórico.
III. Concejal Don Antonio Herrero Benítez. Delegación de Participación Ciudadana, Comunicación y Transparencia.
IV.
Concejal Don José Portillo Valverde. Delegación de Infraestructura, Parques y Jardines, Medio Ambiente y Agricultura.
V.
Concejala Doña Angélica Alonso Ávila . Delegación Educación y Formación y Empleo y Comercio.
VI. Concejala Doña María del Carmen García Fernández . Delegación de Seguridad y Tráfico.
VII. Concejal Don José Ricardo García Román. Delegación de Deportes y Juventud.
VIII. Concejal Don Enrique Manuel Becerra Gayoso. Delegación de Salud, Consumo y Mayores.
IX. Concejala Doña María del Mar Castejón Montero. Delegación de Fiestas.
Estos Delegados tendrán en relación con los asuntos y servicios correspondientes las siguientes atribuciones:

1. irección de los servicios y gestión de los asuntos correspondientes pudiendo a estos efectos dictar órdenes para su D
funcionamiento, inspeccionarlos e impulsarlos en su actuación.

2. ormular propuestas de actuación a cualquiera de los órganos municipales, en relación con la materia, asuntos y F
servicios propios.

3. eguimiento de la ejecución, responsabilizándose de hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento en relación con los S
servicios, asuntos y materias propias.

4. ormular al Alcalde la propuesta de gastos a considerar en el proyecto de Presupuesto General para cada ejercicio, en F
relación con aquellos que se refieran a los servicios, inversiones e iniciativas relativas al Área y prestar su asesoramiento y colaboración en relación con la formulación del Presupuesto General de la Corporación y sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas.

5. Representar al Ayuntamiento en los actos que correspondan a su Área, cuando no estuviera presente el Alcalde.
Séptimo.En las resoluciones y actos que se firmen por delegación se hará constar ésta y el decreto o resolución en el que se amparen.
Octavo.Notifíquese el presente Decreto a los interesados, dése cuenta al Pleno y publíquese en el Boletín Oficial de la provincia, sin perjuicio de que la delegación de atribuciones y demás acuerdos contenidas en este Decreto surtan efectos desde el 20 de junio de 2019 conforme al artículo 44 ROF.
Noveno.Del presente Decreto deberá darse cuenta al Pleno de forma individualizada, a efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 ROF.
Décimo.Dar traslado de la presente Resolución a los Servicios Municipales competentes en la materia.
Lo que se hace público de conformidad con las disposiciones legales que se citan en la mencionada resolución.
En Carmona a 19 de junio de 2019.El Alcalde, Juan Manuel Ávila Gutiérrez.
15W-4519

ESTEPA
Don Antonio Jesús Muñoz Quirós, Alcalde-Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que la Comisión Informativa Especial de Cuentas de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 3 de julio de 2019, dictaminó favorablemente la Cuenta General correspondiente al ejercicio de 2018.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date12/07/2019

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First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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