Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 20/9/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2016 - Año Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la República Argentina Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXI Nº 5074

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 20 de Septiembre de 2016.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Presidente Consejo Provincial de Educación Dra. ANGELINA MARIA ESTHER ABBONA
Fiscal de Estado
rrollo Social, etc., en virtud de tratarse de la sala de mayor capacidad de butacas y escenario para espectáculos, además de contar con espacios alternativos para disertaciones, seminarios y/o clausura de eventos protocolares;
Que la Dirección Provincial de Ceremonial, Protocolo y Relaciones Públicas dependiente del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, actuará como Coordinadora entre el área gubernamental organizadora y el Obispado;
Que conforme se establece en la Cláusula Sexta.
El Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, abonará un canon de PESOS CINCUENTA MIL
50.000,00, a partir del 1º de enero del año en curso;
Que a fojas 14 y 15 la Dirección General de Contabilidad, suministró la correspondiente afectación del gasto;
Que el presente trámite se realiza en el marco de lo estipulado por la Ley de Contabilidad Nº 760 Artículo 26º - Apartado 3 Inciso e;
Por ello y atento al Dictamen AL Nº 389/16 emitido por la Asesoría Letrada del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, obrante a fojas 20 y a Dictamen SLyT-GOB-Nº 776/16, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 26/27;

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1349
RIO GALLEGOS, 14 de Julio de 2016.VISTO:
El Expediente MG-STySS-Nº 504.769/16, elevado por la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Gobierno;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se propicia la ratificación en todas sus partes del Convenio Complementario 33-16
suscripto oportunamente entre la Administradora del Trabajo Local de la Provincia de Santa Cruz representada por el señor Teodoro Segundo CAMINO, en su carácter de Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social de esta Provincia, en adelante denominada la ADMINISTRADORA DEL TRABAJO LOCAL
o ATL, por una parte y por la otra, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO representada en este acto por su Gerente General el Licenciado Guillermo Héctor ARANCIBIA, en adelante denominada la SUPERINTENDENCIA o SRT, el que como Anexo forma parte integrante del presente;
Que la suscripción del Convenio referenciado tiene como objeto el mejoramiento permanente de la calidad de empleo a través de la ejecución de diferentes acciones de fiscalización tendientes a verificar las cuestiones allí mencionadas;
Que la Superintendencia colaborará con la A.T.L. en la capacitación de los Recursos Humanos, como así también el financiamiento parcial de los gastos que le demande la realización de las acciones emergentes del Convenio, conforme lo establecido en la cláusula décima de la misma;
Que asimismo quedará sin efecto a partir del día 1º de Mayo del año 2016, los derechos y deberes de las partes relacionadas con el Acta Acuerdo Complementaria Nº 04/08 de fecha 18 de Junio del año 2008 y Adendas Complementarias cuyo plazo se extinguió el día 31 de Diciembre del año 2015 y la Prórroga correspondiente hasta el día 30 de Abril del año 2016, exceptuando lo referido a los saldos pendientes de rendición para los cuales la A.T.L., tendrá por única vez cuatro 4 meses desde dicha fecha para su rendición, vencido ese plazo, se aplicará lo estipulado en la cláusula décima;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-Nº 428/16, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 50 y SLyT-GOB-Nº 0778/16, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 98/99;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE, en todas sus partes el Convenio Complementario 33-16 suscripto oportunamente entre la Administradora del Trabajo Local de la Provincia de Santa Cruz representada por el señor Teodoro Segundo CAMINO, en su carácter de Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social de esta Provincia, en adelante denominada la ADMINISTRADORA DEL TRABAJO LOCAL o ATL, por una parte y por la otra, la SUPERINTENDENCIA

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5074 DE 10 PAGINAS

DE RIESGOS DE TRABAJO representada en este acto por su Gerente General el Lic. Guillermo Héctor ARANCIBIA, en adelante denominada la SUPERINTENDENCIA o SRT, el que como Anexo forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que el gasto que demande el cumplimiento del presente será afectado con cargo al ANEXO: Ministerio de Gobierno ÍTEM: Trabajo y Relaciones Laborales - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD:
Servicios Sociales - FUNCIÓN: Trabajo - SUBFUNCIÓN: Fiscalización Laboral - SECCION: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDAS
PRINCIPALES: Bienes de Consumo - Servicios No Personales - Ejercicio 2016.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Gobierno Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, quien realizará las comunicaciones de práctica ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta ________
DECRETO Nº 1354
RIO GALLEGOS, 14 de Julio de 2016.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 332.405/16; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz representado por la señora Ministra de la Secretaría General de la Gobernación, Claudia Alejandra MARTÍNEZ, por una parte y por la otra el Obispado de Río Gallegos, representado por su Excelencia Reverendísima Obispo, Miguel Ángel DANNIBALE;
Que por el referido Convenio, las partes acuerdan la utilización de la Sala de Conferencias y Actos del Obispado de Río Gallegos por parte de las diversas áreas oficiales, tales como Turismo, Deporte, Cultura, Medio Ambiente, Educación, Ministerio de Desa-

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE, en todas sus partes el Convenio celebrado entre el Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, representado por su titular, la señora Claudia Alejandra MARTÍNEZ, por una parte y por la otra, el Obispado de Río Gallegos, representado por su Excelencia Reverendísima Obispo, Miguel Ángel DANNIBALE, el cual forma parte Integrante del presente y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- APRUÉBASE el gasto que demande el cumplimiento del Convenio ratificado en el artículo anterior, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL $ 600.000,00.Artículo 3º.- AFÉCTASE el gasto con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación ÍTEM: Ministerio CARÁCTER:
Administración Central FINALIDAD: Administración Gubernamental FUNCIÓN: Administración General - SUB FUNCIÓN: Servicios Generales
SECCIÓN: Erogaciones Corrientes SECTOR: Operación PARTIDA PRINCIPAL: Servicios No Personales PARTIDA PARCIAL: Alquileres y Derechos PARTIDA SUB PARCIAL: Alquiler de Edificios y Locales, del Ejercicio 2016.Artículo 4º.- ABONESE por Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General de la Provincia y de la Dirección Provincial de Administración al Obispado de Río Gallegos, representado por el S.E.R. Señor Obispo, Miguel Ángel DANNIBALE, el importe mencionado en el Artículo 6º del presente Convenio, el que será pagadero en 12 doce cuotas iguales y consecutivas de PESOS
CINCUENTA MIL $ 50.000,00 cada una de ellas, a partir del 1º de enero del corriente.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección Provincial de Administración, a sus efectos, tomen conocimiento,

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 20/9/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date20/09/2016

Page count10

Edition count1654

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Last issue21/03/2023

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