Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/10/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
Caudal característico Caudal recomendado de explotación Caracterización fisicoquímica del agua análisis fisicoquímicos, bacteriológicos y de hidrocarburos totales.
Artículo 5: Facultar a técnicos designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo consideren conveniente.
Artículo 6: Que tal lo establece el Art. Nº 40 de la Ley Provincial de Aguas Nº 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
Artículo 7: Regístrese. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Despacho, Dirección de Administración. Notifíquese a Minera OROPLATAS.A.
Dése al Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.-

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MAYORGA MARTA
Directora Provincial Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial ________

DISPOSICION Nº 092
RIO GALLEGOS, 21 de Octubre de 2015.VISTO:
El Expediente Nº 498.211/02 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Minera Santa Cruz S.A., solicita la renovación del permiso para captación de agua de mina desde la Laguna 4, con fines industriales;
Que se realizará extracción de agua del desage de mina, desde la Laguna de almacenamiento mencionada, ubicada en las coordenadas 2400683.482 E;
4829278.062 N; 520.00Z;
Que obra en expediente, información solicitada por esta Autoridad de Aplicación del punto de captación.
Que la dotación se ha fijado en un volumen de sesenta y cinco metros cúbicos por hora 65 m3/hr, por un período de doce 12 meses, desde el 01 de Noviembre de 2015 al 01 de Noviembre de 2016;
Que los metros cúbicos solicitados, serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado;
Que el uso que se le dará al agua extraída, será catalogado como uso industrial, por lo que la empresa deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/
DPRH/2013 de la Ley 1451;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución N 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
Artículo 1º Renovar permiso a favor de la Empresa Minera Santa Cruz S.A., con domicilio legal en General Mosconi 247, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para la captación de agua de mina, desde la Laguna 4 con fines industriales, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo con lo presentado.
Artículo 2º Que la dotación que se autoriza es de sesenta y cinco metros cúbicos por hora 65m3/
hr, la cual será extraída desde la Laguna 4, ubicada
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4983 DE 08 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 29 de Octubre de 2015.en las coordenadas 2400683.482 E; 4829278.062
N; 520.00Z.
Artículo 3º Otorgar permiso por un período de doce 12 meses, a partir del 01 de Noviembre de 2015 hasta el 01 de Noviembre de 2016.
Artículo 4º Que la empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales realizados y el correspondiente registro fotográfico del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.
Artículo 5º Que el agua utilizada tendrá carácter de uso industrial, por lo que la Empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N 020/2013 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
Artículo 6º Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta C.A.P. Fondos de Terceros, suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.
Artículo 7º Que el permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial, perteneciente a la Ley 1451.
Artículo 8º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo consideren conveniente.
Artículo 9º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
Artículo 10º Que la empresa deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta 30 días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición.
Artículo 11º Que tal lo establece el Artículo Nº 40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
Artículo 12º REGISTRESE. Tomen conocimiento:
Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración. Notifíquese a Minera Santa Cruz S.A. y cumplido. ARCHIVESE.-

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MAYORGA MARTA
Directora Provincial Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial ________

EDICTOS
EDICTO
El Juzgado de Primera Instancia número Uno, en lo Civil, Comercial, y de Minería, sito en la calle Hipólito Irigoyen N 2056, de la localidad de Caleta Olivia, Pcia. de Santa Cruz, a cargo del Dr. FERNANDO
HORACIO ISLA, JUEZ SUBROGANTE Secretaría par a cargo del suscripto, cita y emplaza a herederos y acreedores de los causantes QUINTERO TEOFILO
DOMINGO, titular del L.E. N 3.008.474, y TANQUIA MARTINA NICOLASA, titular del L.C. Nº 7.864.803, para que en el término de TREINTA días acrediten dicha circunstancia Art. 683 del C.P.C. y C. Inciso 2º, en los autos caratulados QUINTERO
TEOFILO DOMINGO Y OTRA S/SUCESION ABINTESTATO Expte. Nº 34.996/15, Publíquese por tres
Página 3
días en el Boletín Oficial de la Pcia. y en el Periódico LA PRENSA de Santa Cruz de esta Localidad.CALETA OLIVIA, 16 de Octubre de 2015.-

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Dr. PABLO PALACIOS
Secretario ________
EDICTO

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Laboral, de Familia y de Minería Nro. 1 de Puerto Deseado, a cargo por Subrogación Legal del Dr. OLDEMAR
A. VILLA, Secretaría Nº 2 en lo Civil, Comercial y Laboral a cargo de la suscripta, en autos caratulados:
ALONSO MATEO NICANOR, DURR MARIA
LUISA Y ALONSO NICANOR FEDERICO S/SUCESION AB-INTESTATO Expte. Nº 22141/15
cita y emplaza, mediante edictos a publicarse por tres 3
días en el periódico El Orden de esta localidad y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MATEO NICANOR ALONSO, L.E. Nº 1.515218, MARIA LUISA DURR, D.N.I.
L.C. 0.559309 y NICANOR FEDERICO ALONSO, D.N.I. 7.827.423 para que dentro de los treinta 30 días lo acrediten.-

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Dra. MARIA VALERIA MARTINEZ
Secretaria _______
EDICTO

Por disposición de S.S. el Sr. Juez del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº UNO, a cargo del Dr.
Francisco Marinkovic, por subrogancia Legal, Secretaría Nº DOS, a cargo del Dr. Gustavo Topcic, sito en Marcelino Alvarez Nº 113 de la ciudad de Río Gallegos, se cita y emplaza por el término de treinta 30 días, bajo apercibimiento de Ley Art. 683 de C.P.C.C. a herederos y acreedores del causante OJEDA
SEGOVIA ARTURO, D.N.I. Nº 10.157.774 en los autos caratulados: OJEDA SEGOVIA ARTURO S/
SUCESION AB-INTESTATO, Expte. Nº 26290/15.
Publíquese edicto por el plazo de tres 3 días en el Diario LA OPINION AUSTRAL y Boletín Oficial, ambos de esta ciudad.RIO GALLEGOS, 02 de Octubre de 2015.-

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GUSTAVO PAUL TOPCIC
Secretario ________

EDICTO Nº 122/15
MANIFESTACION DE DESCUBRIMIENTO
Se hace saber por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días hábiles que se ha proveído el Registro de Manifestación de Descubrimiento de ORO Y
PLATA conforme lo establece el Artículo N 53 del Código de Minería.-Aquellos que se crean con derecho a deducir sus pretensiones podrán hacerlo de acuerdo a lo prescripto en el Artículo N 66 del citado Código de Minería. TITULAR: MINERA SANTA CRUZ S.A.
UBICACION: LOTES N 22-23-06-07, FRACCION:
A-C, SECCION: III, ZONA CABO BLANCO.
DEPARTAMENTO: DESEADO de la Provincia de Santa Cruz. M.D.: MOSQUITO XV.- La muestra ha sido extraída de un punto cuyas coordenadas son: X= 4.661.152,20 Y= 2.662.558,50 y el Área de Reconocimiento Exclusivo se encuentra determinada por las siguientes coordenadas: A.X: 4.665.270,00 Y:
2.661.598,00 B.X: 4.665.270,00 Y: 2.668.407,84 C.X:
4.656.690,00 Y: 2.668.073,00 D.X: 4.656.942,00 Y:
2.661.598,00. Encierra una superficie de 5.617Has. 48a.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/10/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date29/10/2015

Page count8

Edition count1654

First edition19/02/2002

Last issue21/03/2023

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