Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 24/7/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3424

Santa Rosa, 24 de julio de 2020

Pág. N 3

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N 1211 -8-VI-20- Art. 1.- Acéptase, a partir de la fecha del presente, la renuncia presentada por el señor Daniel NOWAK, D.N.I. N 7.369.224, al cargo de Administrador de la Residencia del Señor Gobernador, dependiente de la Secretaria General de la Gobernación.Decreto N 1558 -8-VII-20- Art. 1.- Apruébase el Convenio de Redeterminación de Precios obrante a fajas 1077 a 1078, celebrado ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la Empresa GONDOLO CARLOS
ALBERTO C.U.I.T N 20-07366341-6, representada por su Titular señor Carlos Alberto GONDOLO, correspondiente al Contrato suscripto oportunamente para la ejecución de la Obra: S/ CONSTRUCCIÓN
SUBCOMISARIA y VIVIENDA DE SERVICIOS EN LA
LOCALIDAD DE LA MARUJA - LA PAMPA.-, por la suma total de $ 3.700.688,77, y en consecuencia ratificase los Pagos Provisorios por la suma de $ 2.807.892,92, todo ello conforme a la documentación legal y técnica confeccionada al efecto en forma conjunta por las partes, obrante de fajas 977 a 1069 encuadrando legalmente el procedimiento en las Leyes N 2008 y N 2230 y en los Decretos N 1024/02; N 2146/06; N 3679/08; N 400/16
y N 575/16.Art. 2.- Autorízase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos a pagar a la Empresa Empresa GONDOLO CARLOS ALBERTO C.U.I.T N 2007366341-6, representada por su Titular señor Carlos Alberto GONDOLO, la suma de $ 892.795,85, en concepto de diferencia entre la redeterminación de precios y los pagos provisorios que se realizaron a cuenta del cálculo definitivo, por certificaciones de obra ya efectuadas, importe que será abonado por el ESTADO
PROVINCIAL dentro de los 30 días siguientes de la firma del Decreto que autoriza el presente, renunciando la Empresa expresamente a efectuar reclamo judicial o extrajudicial alguno, relacionado con las normas citadas en el artículo 1.
Art. 3.- El gasto total que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a: Carácter 0 Jurisdicción R - Cuenta 0 - Unidad de Organización 12
- Finalidad y Función 210 - Sección 02 - P.P.051 - p.p.02 Subparcial 04 - Clase 00 - Subclase 000 4574 CONSTRUCCIÓN y REMODELACIÓN COMISARIAS
- del Presupuesto en vigencia. Art. 4.- El Poder Ejecutivo dará cuenta a la Cámara de Diputados del presente Decreto, cumplimentando con lo establecido en el artículo 3 de la Ley N
1980.Decreto N 1559 -8-VII-20- Art. 1.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social a contratar en forma directa conforme el artículo 34, inciso C, subinciso 1 de la Ley N 3, con las firmas. S/Expte. N 6714/2020

Decreto N 1573 -8-VII-20- Art. 1.- Limítase, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 21 de julio de 2020, el adicional del 15% asignado mediante e Decreto N 06/20, a la agente Alicia del Carmen LLANOS, D.N.I. N 29.624.135, Afiliada N 70.529, Legajo N 70.377, en el marco de las disposiciones del artículo 74 de la Ley N 643 y sus modificatorias, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2.- Asígnase, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 21 de julio de 2020, el adicional 40% a la agente Alicia del Carmen LLANOS, D.N.I. N
29.624.135, Afiliada N 70.529, Legajo N 70.377, en el marco de las disposiciones del artículo 74 de la Ley N
643 y sus modificatorias, por los motivos expuestos en los considerando s precedentes.Art. 3.- Asígnase, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 21 de julio de 2020, el adicional del quince por ciento 15% limitado en el artículo 1 del presente Decreto, a la agente Andrea Viviana STORTINI, D.N.I. N 30.248.043, Afiliada N 70.543, Legajo N
70.465, en el marco de las disposiciones del artículo 74 de la Ley N 643 y sus modificatorias, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Decreto N 1574 -8-VII-20- Art. 1.- Apruébase el modelo de Contrato de Prestación de Servicios que como Anexo forma parte del presente, a celebrarse entre la Provincia de La Pampa y la Empresa AGUAS DEL
COLORADO S.A.P.E.M. C.UI.T. N 30-70979601-8, con vigencia a partir del día 1 de julio de 2020 o desde la fecha de su firma si fuera posterior, hasta el día 30 de junio de 2021 inclusive, y cuyo objeto es la provisión de servicio de Housing en las instalaciones del Datacenter propiedad de la empresa precitada, con encuadre legal en el artículo 34, inciso C, subinciso 3 de la Ley N 3 y sus modificatorias.Art. 2.- Autorízase al Señor Ministro de Conectividad y Modernización a suscribir en representación de la Provincia de La Pampa, el Contrato de Prestación de Servicios que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, con la Empresa indicada en el Artículo primero.Art. 3.- Habilitación de Hacienda y Finanzas, liquidará y pagará en forma mensual a la Empresa AGUAS DEL COLORADO S.A.P.E.M. C.U.I.T. N
30-70979601-8, previa certificación del Ministerio de Conectividad y Modernización, la suma de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES NUEVE MIL OCHOCIENTOS
SETENTA Y SEIS u$s/Mes 9.876, en concepto de pago del abono mensual del servicio detallado en el Artículo 1
o, contra presentación de la documentación necesaria para el pago, previamente conformada. A efectos de efectivizar el pago, los Dólares Estadounidenses se convertirán en pesos argentinos según el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina al cierre de las operaciones

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 24/7/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date24/07/2020

Page count26

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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