Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 27 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 36
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Firmado: Dr. Diego Armando Puca -Juez-, ante mi, Proc. Enzo Gerardo Ruiz -Secretario Habilitado-. Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 09 de Febrero de 2024.27 MAR. 03/05 ABR. LIQ. Nº 35277 $2.250,00.Dra. Mirta del M. VegaJueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte Nº D-039653/2022, caratulado:
Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ SILVIA TORRES, procede a notificar a la Sra. SILVIA TORRES DNI Nº 28.105.041 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Pedro de Jujuy, 13 de Diciembre de 2023.- Autos y Vistos: - Resulta: - Y Considerando: - Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Dr. Aguiar, Carlos Abel Damian, en nombre y representación de CREDINEA S.A en contra de SILVIA TORRES
DNI Nº 28.105.041 de hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de PESOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON
70/100 CTVS. $ 9.473,70 con más los intereses de la tasa activa general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina.II.- Imponer las costas a la ejecutada Art. 102 CPC y diferir la regulación de honorarios para la etapa procesal oportuna.- III.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado con respecto a la constitución de domicilio legal en contra de SILVIA TORRES DNI Nº 28.105.041, mandando a notificar la presente Resolución por EDICTOS y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- IV.- Notificar por cédula, protocolizar, hacer saber y dar copia.- Fdo.
Dra. Mirta del Milagro VegaJueza, Ante mí: Dra. María Laura Duaso FernándezSecretaria.- San Pedro de Jujuy, 13 de Diciembre de 2023.- Notifíquese por edicto art. 162 CPC por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.27 MAR. 03/05 ABR. LIQ. Nº 35279 $2.250,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7, Secretaria N 14, en el Expediente C-237778/2023, caratulado: Ejecutivo: BANCO
MASVENTAS SOCIEDAD ANÓNIMA c/ LOPEZ, MIGUEL DARIO, se hace saber al demandado LOPEZ, MIGUEL DARIO DNI 24611302, la siguient e Providencia: San Salvador de Jujuy 27 de Noviembre del 2023.- Proveyendo el escrito N 991259: - Atento a lo solicitado y a la demanda ejecutiva deducida y lo ordenado por los arts. 472, 478 y correlativos del C.P.C. líbrese en contra del demandado Sr. LOPEZ, MIGUEL DARIO DNI Nº 24.611.302, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS SETENTA y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHO CON DIECINUEVE CENTAVOS
$78.408,19 en concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS VEINTIDOS CON 45/100 $23.522,45
presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial al propio afectado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen montos, nombre y domicilio del o los Acreedores y cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado y Secretaría, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Córrase traslado a la parte demandada del pedido de intereses con las copias respectivas, y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de tres Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley Art.52 del C.P.C..Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.- - Notifíquese y líbrese mandamiento.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte mí: Dra. Sandra Mónica Torres Secretaria.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art.162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría. Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres.
San Salvador de Jujuy, 05 de Marzo de 2024.27 MAR. 03/05 ABR. LIQ. Nº 35276 $2.250,00.Expte. Nº 29/2022: caratulado: Sra. María Susana Anaquim formula denuncia disciplinaria contra el Dr. Diego Alfredo Rojas.- San Salvador de Jujuy, 31 de Octubre de2023. Que conforme al estado de estas actuaciones, habiendo sido imposible notificar las providencias de fs. 33/34 al Dr. Diego Alfredo Rojas, al domicilio denunciado ante el Colegio de AbogadosDpto. de Matriculación; dispóngase notificar al denunciado mediante edictos en la forma de estilo. En consecuencia, hágase saber al Dr., Diego Alfredo Rojas, del avocamiento del suscripto como Presidente de Trámite, sin perjuicio de la oportuna integración del Tribunal. Córrase traslado de las actuaciones al Dr. Diego Alfredo Rojas, para que presente pruebas y ejercite su defensa, dentro del término de veinte 20
días, bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho de conformidad a lo establecido por el Art. 61 2º párrafo de la Ley 3329/76 y sus modificatorias.
Hágase saber al denunciado que las copias de las actuaciones se encuentran a su disposición por Secretaria. Hágase saber al Dr. Diego Alfredo Rojas que en lo sucesivo se notificará por Ministerio Ley Art. 154 C.P.C y 32 del Reglamento del Tribunal de Ética y Disciplina.- Fdo. Dra. Sara Ruth CabezasVocal.27 MAR. LIQ. Nº 35452 $750,00.El Dr. Juan Pablo Calderón juez/a en Juzgado de Primera Instancia Nº 1- Secretaría 2, en el expediente C-182332/2021, caratulado: "APREMIO:
MUNICIPALIDAD DE YALA c/ SANCEZ DE BUSTAMANTE Y COMPAÑÍA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES", notifica a SANCEZ
DE BUSTAMANTE Y COMPAÑIA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, de la providencia que a continuación se transcribe:"San Salvador de Jujuy, 13 de noviembre de 2.023. 1.-Proveyendo el escrito digital N 914267, De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. y Arts.
1 y 7 de la Ley 2501/59, líbrese mandamiento de pago y ejecución en contra de SANCHEZ DE BUSTAMANTE Y COMPAÑÍA, SOCIEDAD EN
COMANDITA POR ACCIONES, por la suma de PESOS: NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON CINCUENTA
Y SEIS CTVOS. $973.470,56.- en concepto de capital, con más la suma de PESOS: DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUARENTA Y UNO CON
DIECISIETE CTVOS. $292.041,17.- calculada para responder a ulteriores del juicio. 2.- Cítasela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de TRES DIAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial No 1, Secretaria No 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.-Córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- 4.-Por el mismo término intímese a constituir domicilio dentro del radio de TRES KM. del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Ítem.- 5.-Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 6.-Notifíquese mediante EDICTOS, conforme lo dispuesto por el Art. 162 del C.P.C. el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y en caso de incomparecía se le designará un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- 7- Se hace saber que la confección de las diligencias dispuestas ut supra queda a cargo de la parte interesada quien deberá subirlas al S.I.G.J. Sistema Integral de Gestión JudicialOficios Colaborativos, conforme lo dispuesto por Acda.
86/20.- 8.-Notifíquese por cédula Art. 155 del C.P.C..- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon, Juez por Habilitación. Ante Mi Dra. Ana Fernández Hubeid, Secretaria 27 MAR. 03/05 ABR. LIQ. Nº 35458 $2.250,00.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/3/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date27/03/2024

Page count19

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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