Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 10 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 96

Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

MUNICIPIOS - COMISIONES MUNICIPALES
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.EXPEDIENTE N 16 - 5080 - 2020 -1 .DECRETO N 0718.20.006.San Salvador de Jujuy, 5 de agosto de 2020.VISTO:
La presentación efectuada por la Coordinación Técnico y Legal de Intendencia, a través de la cual solicita la confección del dispositivo legal pertinente para el LICITACIÓN
PÚBLICA PARA ADJUDICAR PUESTOS, BOXES Y/O LOCALES DEL NUEVO
MERCADO SUR DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY, Licitación Pública N 1-I-2020; y CONSIDERANDO:
Que, mediante decreto N 0708.20.006 se aprueba en todas sus partes el Contrato de Locación de Inmueble celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, referido a la locación del inmueble ubicado sobre calle Colectora sin nombre del Barrio Cuyaya de esta Ciudad, individualizado como Padrón A-76332, A-76333, A76334; A-76335, A-76336 y A-76337, que será destinado a dependencias y funcionamiento de un Mercado Municipal, y cuya vigencia rige desde el 01 de septiembre de 2020 y hasta el 31 de agosto de 2026;
Que, a fin de asegurar el derecho a la información, la igualdad real de oportunidades, la transparencia y asegurar la mayor concurrencia, atento a las particulares y excepcionales circunstancias aparejadas por la Emergencia Sanitaria dictada a nivel local, provincial, nacional y que aqueja al mundo entero, y con el objetivo de lograr el éxito del presente proceso ante la necesidad de asegurar el abastecimiento de mercaderías de primera necesidad en un vasto sector de nuestra ciudad y permitir el desarrollo comercial sostenible y ordenando y en condiciones óptimas de sanidad;
Que, la apertura de SOBRES correo electrónico recibido en tiempo y forma indicada de la presente Licitación Pública se llevará a cabo el día 24 del mes de agosto del año 2020
a partir de las 12:30 horas en dependencias de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, sito en Ada. El Éxodo N 215
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal;
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1.- Apruebase el Llamado a Licitación Pública N 1-I-2020 para ADJUDICAR PUESTOS, BOXES Y/O LOCALES DEL NUEVO MERCADO SUR DE
LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY, cuya apertura de sobres correos electrónico recibidos en tiempo y forma indicada de la presente Licitación Pública se llevará a cabo el día 24 del mes de agosto del año 2020 a partir de las 12:30 horas en dependencias de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, sito en Ada. El Éxodo N
215, como así también el Anexo 1.ARTICULO 2.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Específicos como así también LOS FORMULARIOS A y B del llamado de Licitación N 1-I-2020
ADJUDICAR PUESTOS, BOXES Y/O LOCALES DEL NUEVO MERCADO SUR DE
LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.ARTÍCULO 3.- Confórmese la Comisión de Pre-adjudicación para el estudio y evaluación de las propuestas a presentarse en la mencionada Licitación, la que estará integrada por los siguientes funcionarios de esta Administración Municipal o los que ellos designen: el Secretario de Gobierno, el Secretario de Obras Públicas, Secretaria de Hacienda, Secretario de Servicios Públicos, la Procuración Municipal y el Coordinador General Legal y Técnico de Intendencia.ARTÍCULO 4.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Coordinación General de Comunicación, Coordinación General Técnico Legal de Intendencia y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo, remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy.Arq. Raúl E. Jorge Intendente 07/10/12 S/C.MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO ACUERDO Nº 477-H-2020.Ciudad Perico, 12 de Junio de 2020.
VISTO:
El Estado de Crisis y Emergencia Municipal declarado mediante Decreto Acuerdo N
046 G- 2020; la Emergencia Nacional declarada por Ley N 27.541; el estado general del Cementerio San José; el informe remitido en fecha 10/06/2020 por la Sra.
Encargada del Cementerio San Jose;
CONSIDERANDO:
Que, luego de 6 meses de la actual gestión municipal se han podido advertir graves deficiencias e irregularidades en el estado general de funcionamiento y administración del Cementerio Municipal San José.
Que, se advierten graves problemas estructurales, con obras inconclusas y defectuosas, que ponen en riesgo la salud de los empleados y visitantes, imponiendo la inmediata obligación de tomar medidas urgentes para evitar que de tal situación se deriven consecuencias aún más gravosas.

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
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Que, un análisis detallado de la situación administrativa del Cementerio, evidenció que durante los ultimo 20 años, existió un irresponsable manejo y administración de la necrópolis municipal, razón por la cual, resulta urgente arbitrar las medidas que fueran necesarias para evitar que la situación se torne aún más delicada.
Que, resulta doloroso el estado general de gran parte del Cementerio, siendo necesario tomar las medidas adecuadas para no seguir mancillando la honra ni la memoria de nuestros ilustres antepasados.
Que, se han detectado irregularidades vinculadas con el traslado de cuerpos, la inhumación y exhumación de algunos restos, y sobre el destino de los restos de algunos fallecidos. Irregularidades, respecto de las cuales se hace necesario dar inmediata cuenta a la Justicia.
Que, se heredó una lamentable Administración Municipal en el Cementerio Municipal, existiendo actos administrativos no registrados, registrados a destiempo o defectuosamente. Así también se ha observado en una gran cantidad de expedientes y trámites administrativos, que se han sustanciado sin respetar los principios elementales del derecho administrativo.
Que, este desorden administrativo imperante, coloca al Municipio en la posibilidad de generar lesiones, especialmente siendo un espacio de tan sensible sentir para los intereses de todas las periqueñas y periqueños.
Que, la presente disposición se fundamenta en la necesidad de regularizar el caos imperante y generar las condiciones necesarias para normalizar las deficiencias en las instalaciones, funcionamiento y administración del Cementerio Municipal.
Que, el desarrollo de las actividades municipales debe estar orientado a la prestación de los servicios públicos que tiendan a la satisfacción de las necesidades y aspiraciones de la Comunidad art. 181 Constitución de la provincia de Jujuy.
Que, es obligación inherente e ineludible del Municipio garantizar la seguridad, salubridad e higiene en los ambientes municipales y de acceso público municipal. art.
184, inc. 5 y 6 de la Constitución de la Provincia de Jujuy.
Que, corresponde al Municipio de Perico efectuar todas las acciones tendientes a la administración de sus bienes art. 190, inc. 5 de la Constitución de la provincia de Jujuy y de la prestación de servicios públicos art. 190, inc. 9 Const. Prov., Que, el presente Decreto se dicta de conformidad con lo prescripto por el art. 67 inc. 9, 20, y 23; 70 inc. 1, 2, 6, 9, 10 y 11 71 inc. 1, 2, 4, 12 y 14 y cc. de la Carta Orgánica de Perico.
Por todo ello, EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO, CON ACUERDO
GENERAL DE LOS SRES. Y SRAS. SECRETARIOS.
DECRETA:
ARTICULO 1: Declárese al Cementerio Municipal San José en Estado de Emergencia, por los fundamentos esgrimidos en el exordio, a partir de la publicación del presente y por el término de 24 meses. ARTICULO 2: Créase una Comisión de Investigación y Apoyo por el término de 365
días, que estará compuesta por 1 un represente de cada Secretaría del Municipio y 1
una persona por el Departamento de Legales, para que efectúen las acciones necesarias tendientes a determinar, investigar y recopilar las pruebas y documentación necesaria que den cuenta del estado de situación administrativa del Cementerio San José de Perico y colabore con la Administración del mismo.ARTICULO 3: Dispóngase que las Secretarías y demás dependencias oficiales, deberán adoptar las medidas necesarias para superar de inmediato el estado de emergencia dispuesto en el artículo primero, y en tal sentido establecerán las resoluciones de excepción tendientes a tal fin. El accionar de las tareas municipales será coordinado por la Jefatura de Gabinete del Municipio.ARTICULO 4: Crease el Registro de Antecedentes Necrópolis San José, el que quedara bajo la Administración del Cementerio Municipal, y será confeccionado con la colaboración de la Comisión de Investigación y Apoyo, y formato papel y soporte digital.ARTICULO 5: Dispóngase la obligación de toda persona que tenga y/o se considere titular de algún derecho, interés legítimo, concesión, uso, usufructo, tenencia y/o cualquier otro derecho y/o facultad y/o prerrogativa sobre los lotes, nichos, parcelas y terrenos del Cementerio Municipal, para que se presente en el término de 180 Ciento Ochenta días por ante la Administración del Cementerio San José, a fin que se proceda a su registro y a la preservación de todos los intereses que se declaren y registren. En caso que no se presentasen a ejercitar los derechos y/o prerrogativas que sean necesario invocar, la Administración remitirá los antecedentes necesarios a la Comisión de Investigación y Apoyo que emitirá un dictamen fundando a fin de efectuar las acciones administrativas pertinentes para desafectar y/o notificar a los organismos públicos y a la justicia en caso de ser necesario, destacando que, la no presentación por parte de los interesados, facultará a la Administración de la Necrópolis San José a adoptar las medidas administrativas pertinentes para solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, desadjudicar los lotes, parcelas y/o terrenos que no se registren.ARTICULO 6: Dese amplia difusión a lo dispuesto en el artículo precedente, por los medios locales, redes sociales y por cartelería en la Necrópolis San José y en las oficinas municipales que se estime pertinente.
ARTICULO 7: Ejecútense, por Jefatura de Gabinete, las acciones y la emisión de disposiciones necesarias a fin de preservar y digitalizar la documentación del Cementerio, garantizando el mayor resguardo posible de los bienes muebles y documentos municipales.ARTICULO 8: Establézcase por la Sub - Secretaria de Planificación, un plan destinado al mejoramiento y/o ampliación edilicia necesaria a fin de garantir la prestación de los servicios en la necrópolis San José, asegurando, los estándares de higiene y seguridad del trabajo y las distintas variables urbanísticas correspondientes, ajustando el mismo a la disponibilidad de los recursos existente y bregando por un uso eficiente y racional de los mismos, teniendo como premisa principal una mínima adecuación de los respectivos lotes y parcelas.ARTICULO 9: Comuníquese lo dispuesto a todas las áreas intervinientes del Departamento Ejecutivo Municipal. Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante de

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/8/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date10/08/2020

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First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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