Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 7/5/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

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Granada, martes, 7 de mayo de 2024

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B.O.P. número 87

NÚMERO 2.127

JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

Levantamiento de actas previas a la ocupación, expte.: E-3192 - 13.903/AT
EDICTO
Anuncio de fecha 10 de abril de 2024 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por el que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de instalación eléctrica que se indica en el municipio de Villamena, Albuñuelas, Padul, Alhendín y Escúzar Granada.
Expediente: E-3192; 13903/AT.
1º.- Mediante Resolución de fecha 22 de enero de 2024 de esta Delegación Territorial, se declaró, en concreto, de utilidad pública el proyecto de instalación de energía eléctrica promovido por la entidad ENERGÍA EÓLICA BARRANCO DEL
AGUA, S.L., con CIF B19636877, denominado Parque Eólico Barranco del Agua I, y sus infraestructuras de evacuación, ubicado en los Términos Municipales de Villamena, Albuñuelas, Padul, Alhendín y Escúzar Granada, a efectos de la expropiación forzosa y ocupación temporal de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.
2º.- De acuerdo con lo establecido por el artículo 148.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y, efectuadas las notificaciones preceptivas, se publicó la Resolución en el Boletín Oficial del Estado BOE de fecha 7 de febrero de 2024; en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA de 7 de febrero de 2024; y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada BOP de 12 de febrero del mismo año.
3º.- De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación, a los efectos de lo dispuesto por el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. La entidad solicitante adquiere la condición de beneficiaria de la expropiación forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de dicha Ley.
4º.- De acuerdo con lo cual, por el presente se convoca a las personas titulares de bienes y derechos afectados, según se indica abajo, para que comparezcan en la sede del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halla la finca o en el lugar indicado, como punto de reunión para llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procede, de ocupación. Dicho acto tendrá lugar en las fechas y con el horario que se especifica en la relación anexa a este anuncio.
5º.- Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento del acta previa a la ocupación, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente, con igual horario. A dicho acto, las personas interesadas deberán acudir personalmente o representadas por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo acompañarse, a su costa, de perito y un notario, si lo estiman oportuno.
6º.- Este anuncio se notificará al Ayuntamiento donde se ubican las fincas afectadas, así como a las personas interesadas con domicilio conocido y se publicará en el BOE, en el BOJA, en el BOP, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en dos periódicos de la provincia. Dichas publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos de notificación a los interesados desconocidos o de ignorado domicilio y, en cualquier caso, cuyo intento de notificación resulte infructuoso, según lo previsto por el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7º.- Si existen terceras personas que se consideren de mejor derecho, podrán comparecer en el día, hora y lugar indicados para formular la reclamación que estimen oportuna, aportando la documentación en que fundamenten su intervención.
8º.- Se hace constar igualmente que, hasta el momento del levantamiento de actas de pago y ocupación, las personas interesadas podrán formular alegaciones, por escrito ante esta Delegación, a los únicos efectos de corregir posibles errores en la descripción de los inmuebles afectados, así como, examinar el expediente en el que figuran las características de las parcelas y el detalle de los bienes objeto de expropiación con sus derechos y accesorios.
9º.- La incomparecencia al presente acto no impedirá la redacción de las oportunas actas. Igualmente, de no recibir la persona interesada el justiprecio, este será consignado en la Caja General de Depósitos de esta Delegación Territorial.
Granada, 10 de abril de 2024.-El Delegado Territorial, fdo.: Gumersindo Fernández Casas.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 7/5/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date07/05/2024

Page count42

Edition count5520

First edition01/06/2002

Last issue31/05/2024

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