Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 13/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 16

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AYUNTAMIENTO DE GRANADA

Granada, miércoles, 13 de noviembre de 2019

NÚMERO 5.937

CONCEJALÍA DELEGADA DE HACIENDA, DEPORTE, INFORMÁTICA, DERECHOS SOCIALES, FAMILIA, INFANCIA, IGUALDAD Y ACCESIBILIDAD
SERVICIO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Premio Empresa Conciliadora Granada Concilia.
Expte. advo.: 387/2019
EDICTO
El Alcalde-Presidente de Granada, HACE SABER: Que con fecha 6/11/2019 se ha dictado decreto número 28887/2019, que literalmente dice:
Vista la Propuesta del Segundo Teniente de Alcalde, Delegado de Hacienda, Deporte, Informática, Derechos Sociales, Familia, Infancia, Igualdad y Accesibilidad, acompañada de Informe suscrito por la Agente para la Igualdad y la Jefa de Servicio de Igualdad de Oportunidades de fecha 24 de octubre de 2019, así como de Informe jurídico de fecha 29 de octubre de 2019 emitido por el Técnico de Administración General, se ha propuesto la aprobación de las Bases reguladoras y Convocatoria del Premio Granada Concilia, en su segunda edición, año 2019.
PRIMERO. Aprobar del desarrollo de actividades para la consecución de los Premios empresa conciliadora Granada Concilia, y convocar la segunda edición conforme a las Bases reguladoras que se desarrollan a continuación.
SEGUNDO. Aprobar las Bases reguladoras que regirán la citada convocatoria, conforme al siguiente contenido:
BASES REGULADORAS PREMIO GRANADA CONCILIA II EDICIÓN
1. OBJETO:
El objeto de las presentes bases es regular la concesión del premio Granada Concilia dirigido a empresas granadinas que tengan medidas encaminadas a favorecer la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
El premio será otorgado por la Comisión del Pacto Local por la Conciliación de la ciudad de Granada, que designará al Jurado en cada edición.
2. PARTICIPANTES:
- Microempresas máximo10 trabajadores/as - Pequeñas empresas entre 11 y 49
- Medianas empresas entre 50 y 250 trabajadores/as Dentro del perfil de empresas se encuentran incluidas tanto las que tienen un objeto mercantil como aquellas que tienen un objeto social cooperativas de trabajadores/as, empresas de inserción social, centros especiales de empleo así como autónomos/as que tengan personas contratadas.
3. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:
1. La empresa deberá estar constituida legalmente
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B.O.P. número 217

2. La empresa o alguno de sus centros de trabajo deberán estar ubicados en el municipio de Granada o su área metropolitana.
3. La empresa deberá estar al corriente de los pagos a Hacienda y a la Seguridad Social, así como cumplir con la normativa vigente.
4. La empresa deberá haber desarrollado al menos alguna de las siguientes buenas prácticas mínimo una:
- Disponer de un Plan de Igualdad para sus empleadas y empleados.
- Ampliación y mejora de permisos legales en materia de conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
- Existencia de igualdad salarial constatable entre mujeres y hombres en la empresa.
- Presencia de mujeres en los órganos de gobierno y dirección de la empresa.
- Nº de mujeres socias o integrantes de la entidad, en relación al total.
- Apoyo a las empleadas que sean o hayan sido víctimas de violencia de género con medidas por encima de las exigidas por la Ley, que les permitan acudir a terapia, movilidad en su puesto de trabajo, etc.
- Establecimiento de medidas de organización del tiempo de trabajo jornada y horarios, turnos, vacaciones que faciliten la conciliación de la vida personal, laboral y familiar por encima de las exigidas por la Ley.
- Que establezcan una negociación colectiva de turnos de trabajo.
- Oferta formativa que permita el acceso a las mujeres a los puestos de más nivel de responsabilidad.
- Actuaciones en materia de prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
- Que contraten a mujeres en profesiones masculinizadas.
- Que contraten a mujeres de minorías étnicas, inmigrantes y/o con discapacidad.
- Que establezcan protocolos de resolución de conflictos relacionados con la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
- Que permitan la autoorganización y distribución de las horas de trabajo efectivo entre la plantilla.
- Que establezcan un cómputo anual de horas de trabajo y faciliten su distribución a los/as trabajadores/as.
- Que establezcan la posibilidad de cambiar días no laborables por laborables.
- Que tengan bolsas de horas para asuntos personales.
- Que promuevan el teletrabajo y las reuniones no presenciales utilizando las nuevas tecnologías para ello.
- Uso de un lenguaje inclusivo en su política de comunicación.
- Actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales relacionados con la maternidad, el embarazo y la lactancia.
4. SOLICITUDES:
Las solicitudes estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento y consistirán en un formulario normalizado de solicitud Anexo 1, así como un modelo de memoria Anexo 2 en el que se deberán detallar las buenas prácticas adoptadas.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 13/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date13/11/2019

Page count17

Edition count5508

First edition01/06/2002

Last issue14/05/2024

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