Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 24/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 204

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Granada, jueves, 24 de octubre de 2019

B FORMACIÓN.
Valoración de méritos académicos, cursos, seminarios, congresos y jornadas.
TÍTULOS OFICIALES, CURSOS, PUNTOS
PUNTOS
SEMINARIOS, CONGRESOS Y <_ 6 años > 6 años JORNADAS
Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas de duración 0,10
0,075
Entre 15 y 30 horas de duración 0,20
0,150
Entre 31 a 60 horas de duración.
0,30
0,225
Entre 61 a 100 horas de duración 0,50
0,375
De 101 a 200 horas de duración 0,85
0,600
De 201 horas en adelante 1,00
0,750
Criterios de valoración de méritos académicos, cursos, seminarios, congresos y jornadas.
- Los méritos académicos, cursos, seminarios, congresos, jornadas y ponencias se valorarán siempre que su contenido guarde relación directa con las funciones propias del puesto al que se opta. Para este fin se tendrá como base de interpretación la familia profesional y área de conocimiento del puesto ofertado.
- En cualquier caso se valorarán los cursos impartidos por Administraciones Públicas y Entidades de Derecho Público. Los cursos impartidos por organizaciones sindicales o empresariales, colegios profesionales, fundaciones o empresas privadas se valorarán siempre que estén homologados y/o tengan autorización administrativa para impartir formación académica u ocupacional.
- Cuando el candidato presente más de un curso con contenidos similares sólo se valorará uno, el que sea más favorable para el interesado.
- Los cursos de formación, jornadas, seminarios y congresos que se hayan realizado con una antigedad superior a seis años serán valorados con una ponderación del 75% respecto de los indicados con carácter general.
En ningún caso la puntuación de este apartado podrá exceder de 1 punto.
Dichos méritos se acreditarán documentalmente mediante fotocopia cotejada con el título de asistencia o certificado expedido por el centro o institución que haya organizado el curso, con indicación de la duración del mismo y de las materias tratadas. Sólo se valorarán aquellos cursos que estén relacionados directamente con la plaza objeto de la convocatoria.
C. TITULACIONES ACADÉMICAS
Se valorarán las titulaciones académicas que sean de superior o igual nivel al exigido para el grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo:
- Licenciatura Universitaria o equivalente: 3 puntos - Titulaciones Oficiales de posgrado o equivalente:
2,75 puntos - Diplomatura Universitaria o equivalente: 2,5 puntos - Técnico Superior F.P. o equivalente: 2 puntos - Bachiller Superior o equivalente: 1,5 puntos En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención.

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6.2 Fase de oposición:
La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio. El programa que ha de regir la misma es el que figura anexo a la presente Convocatoria.
Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por veinticinco preguntas, que versarán sobre el programa de la oposición. Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos.
Segundo ejercicio.-Consistirá en la realización en ordenador de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, utilizando a tal efecto los programas de gestión utilizados en el Ayuntamiento. El tiempo máximo para la realización de esta fase será de cuarenta y cinco minutos.
Para la realización de esta prueba se dotará a los aspirantes con los medios técnicos, materiales y ofimáticos necesarios para la resolución de la misma.
Calificación del proceso selectivo.
Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.
Segundo ejercicio: se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.
El resultado de la fase de oposición será la media aritmética de los ejercicios que realice cada candidato/a.
7. Comienzo, desarrollo y calificación de los ejercicios.
7.1. Una vez constituido el Tribunal, los sucesivos anuncios de celebración de las pruebas se harán públicas a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento.
El Tribunal procederá a la valoración curricular y realizará el llamamiento para el comienzo de las pruebas y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
7.2. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios determinará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en los ejercicios y, en su consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
7.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.
7.4. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad. Si llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma, previa audiencia del propio interesado, dando cuenta, en su caso, a la jurisdicción ordinaria si se apreciase inexactitud fraudulenta en la declaración que formuló.
7.5. El Tribunal, caso de que concurra a las pruebas algún minusválido, podrá, previa solicitud del interesado, proceder a las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.
7.6. Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de las pruebas sobre 10, a la vista del informe emitido

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 24/10/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date24/10/2019

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Edition count5520

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